Guía Profesional
Guía Profesional 01 06 02 03 04 05 COMPRAVENTA DE VEHÍCULOS ARRIENDO DE VEHÍCULOS ACCESORIOS DE VEHÍCULOS MODA Y BELLEZA COMPRAVENTAS VARIAS ARRIENDOS OFRECIDOS ARRIENDOS BUSCADOS MOTOS Y BICICLETAS PATENTES TIEMPO LIBRE 11 12 13 14 07 08 09 10 HOTELES Y PENSIONES 15 OCUPACIONES OFRECIDAS OCUPACIONES BUSCADAS MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN EXTRAVÍOS 16 17 18 19 20 ANIMALES PERDIDOS ELECTRÓNICA INST.
MUSICALES MOTORES Y MAQUINARIAS MADERAS Y LENA EDUCACIÓN 21 PROPIEDADES VENDEN PROPIEDADES COMPRAN 22 23 DECORACIÓN COMPUTACIÓN AGRÍCOLA AVES Y ANIMALES SERVICIOS 26 27 28 29 BIENESTAR Y SALUD 24 25 PLANTAS Y FLORES Informaciones: 422201210. Avisos: avisos@ladiscusion.cl. Radio: radiotv@ladiscusion.cl. 422296032. Facturación: facturacionid@ladiscusion.cl. Administración: administracion@ladiscusion. cl Ventas: 18 de Septiembre 721 Chillán.
Económicos: Valor con IVA por palabra Corriente: $100 Destacado: $162 Súper Destacado: $201 (min 10 máx. 30 palabras), Guía de Oficios Corretajes Legaes ABOGADO PAMELA JIMÉNEZ SEPÚLVEDA Abogada Magister en Derecho Penal Otras áreas: Familia, Civil Bulnes Nº 832 oficina 8, Chillán +56992437274 abogadapjimenez@gmail.com ODONTOLOGÍA DR. MIGUEL ÁNGEL CONTRERAS CARRASCO Cirujano Dentista Periodoncista Atiende: de lunes a viernes 18 de Septiembre 685 42-2224361 982073937 DR. HELMUT SCHWEITZER DELAUNOY Cirujano Dentista Universidad de Chile Implantes dentales Rehabilitación Constitución 882, Chillan 42-2324030 998876358 PUBLICA AQUÍ avisos@ladiscusion.cl 06 ARRIENDOS OFRECIDOS. EMPRESA Maderera requiere contratar electromecánico con experiencia en mecánico y soldaduras. Interesados enviar curriculum a: reclutamiento@moldtek.cl. (002-409-488) ARRIENDO local comercial, 60 m2,3 niveles, aire acondicionado, galería Concepción, 995462586, (966-415-896) UF 21 local comercial, rebajado, salón amplio, baños, estacionamiento. Propiedades. +56955106802. (900-486480) LICEO Industrial de Chillán necesita contratar encargado de informática con horas de clases reemplazo por 29 horas. Enviar documentación a: contactoliceoindustrialchillan@gmail.com. (998-443 -487] 12 OCUPACIONES OFRECIDAS. 21 PROPIEDADES VENDEN. EMPRESA del sector Maderero requiere contratar vendedor para comercio internacional con dominio en inglés avanzado.
Interesados enviar curriculum ac reclutamiento@moldtek.cl (002-488-888) VENTA oportunidad casa en Chillán, amplio terreno, casa individual, 3 estacionamientos, contactar al +56973654737. (962-454 -0)0) EXTRACTO Primer Juzgado Civil de Chillán, ubicado en calle Vega de Saldías nº 1044 de esta ciudad causa rol C-1977-2014 juicio Ejecutivo, caratulado BANCOESTADO con ROJAS" se ha ordenado remate el 9 de septiembre de 2025 a las 13:00 horas, por videoconferencia zoom, del inmueble compuesto casa y sitio, ubicada en la ciudad de ChiIlân, comuna de Chillán, Provincia de Nuble, Pasaje Norte número ochenta del condominio "Villa Puren Dos', que corresponde al Sitio o Lote número Dos. El dominio a nombre del ejecutado se encuentra inscrito a fojas 4115 vta. número 3209 del Registro de Propiedad del año 2003, del Conservador de Bienes Raices de Chillán. Minimo postura la suma de $38.027.852. más la suma de $367.750 ,por concepto de costas. Caución interesados 10% del minimo, esto es, $3.802.785. más la suma de $36.775. por concepto de costas.
Todo postor deberá tener activa su CLAVE ÚNICA del estado, contar con cédula de identidad vigente a la fecha de la audiencia de remate y rendir caución por un valor equivalente al 10% del minimo fijado para la subasta, la que será imputada al entero del precio Los interesados solo podran rendir la garantía para participar en la subasta mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal Nº 52100107422, RUT N 60.309.004-7 efectuado mediante cupón de pago del Banco del Estado obtenido desde el portal www.pjud.cl, mediante depósito judicial en la referida cuenta o mediante transferencia electrónica a la misma.
Los comprobantes de depósito o transferencia electrónica, deberán ser ingresados de manera integra y legible por medio del módulo establecido al efecto en la oficina judicial virtual del poder judicial, esto, junto con manifestar la voluntad de la subasta, hasta el tercer dias habil anterior a la subasta, indicando, de manera especifica número de rol de la causa, identificación completa del postor, dirección de correo electrónico válido y número de celular, siendo de carga del interesado la correcta provisión de datos. No se admitirán postura o manifestaciones de interés que no se hagan por medio del módulo señalado. Quienes deseen asistir a la subasta en calidad de público, deberán remitir correo electrónico en la oportunidad señalada en el párrafo anterior, incorporando idénticos antecedentes personales.
Los postores interesados en participar en el remate por el sistema de videoconferencia, deberán cumplir con los siguientes requisitos: 1) tener activa su clave única del Estado, para la eventual suscripción de la correspondiente acta de remate: 21 deberá DEOCONFERENCIA EN TRIBUNALES Para tener derecho a participar en la subasta del inmueble, los interesados deberán tener activa su CLAVE UNICA DEL ESTADO y presentar vale vista a la orden del Tribunal equivalente al 10% del minimo fijado, dinero que perderá el subastador como pena a beneficio del ejecutante, en caso de que no suscriba el acta de remate dentro de los 3 días siguientes hábiles o no consigne la totalidad del precio del remate en la cuenta corriente del tribunal dentro del plazo de 5 dias, en ambos casos desde la fecha del remate.
Los interesados podrán rendir la garantia para participar en la subasta mediante depósito en la cuenta corriente del Tribunal Nº 52100107414, RUT Nº 60.309.012-8, efectuado mediante cupón de pago del Banco del Estado, obtenido desde el Portal www.pjud.cl.
El comprobante de deposito deberá remitirse al correo electrónico jc2_chillan@pjud.cl con copia a lcardenasepjud. cl y jmunozte pjud. cl. junto a la copia digitalizada de a cédula de identidad del postor, el nombre completo, correo electrónico y telefono, todo ello junto con identificar el Rol de la causa y hasta las 14:00 horas del dia anterior a la fecha fijada para el remate, a fin de coordinar su participación via correo electrónico y recibir el link con la invitación a la subasta por dicho medio.
Se proceder al giro de los cheques respectivos para la devolución de las consignaciones efectuadas por quienes participaron de la subasta sin adjudicarse el bien inmueble, a la brevedad posible, comunicando ello a través de los respectivos correos electrónicos.
Para el caso de rendirse garantia mediante vale vista bancario, aquel deber entregarse en dependencias del Tribunal hasta las 12:00 horas del dia anterior al fijado para la subasta, acompañando además sus antecedentes personales y casilla de correo electrónico. Si el tomador no se adjudicare el inmueble, el vale vista será devuelto el dia habil posterior a la subasta.
Quienes deseen asistir a la subasta en calidad de público, deberán remitir correo electrónico en la oportunidad señalada en el párrafo anterior. incorporando idénticos antecedentes personales. 04/07 disponer de los elementos tecnológicos y de conexión necesaria para participar en dicha subasta; 3] Contar con cédula de identidad vigente a la fecha de la audiencia de remate.
A los participantes que no se hayan adjudicado el bien, se les devolverá la garantía previa orden del tribunal en el acta de remate o por medio de resolución posterior recaída en la solicitud respectiva, mediante giro de cheque o se hará una trasferencia electrónica si esta opción se encontrare habilitada, dentro de los 5 dias hábiles siguientes al del remate o de la resolución respectiva. No se considerarán cauciones o garantia válidas, aquellas que no se hagan a través de las formas señaladas ni aquellas realizadas por parcialidades. Una vez adjudicado el bien, se levantará acta de remate la que será suscrita por la Juez, el Secretario. el adjudicatario y el abogado de la parte ejecutante, mediante firma electrónica avanzada. En caso que el adjudicatario y el resto de los participantes no cuenten con ella, lo harán mediante su clave única en la Oficina Judicial Virtual, adjuntando certificado.
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 29, contenido en el numeral 18 de la ley Nº21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, se deja expresa constancia que en la realización de la subasta de autos el tribunal no admitirá a participar como postores a las personas que figuren con inscripción vigente en el citado Registro, en calidad de deudor de alimentos. Bases y demás antecedentes del remate secretaria del tribunal y www.pjud.cl, Corte de Apelaciones Chillan, 1º Juzgado Civil de Chillán.
Secretario [s] 04/0 AVISO REMATE JUDICIAL Segundo Juzgado Civil de Chillán, causa rol 1905-2021 juicio Ejecutivo, caratulado "BANCO ESTADO con AVENDAÑO" se ha ordenado remate el 3 de septiembre de 2025 a las 11:00 horas, del inmueble ubicado en Pasaje Coliumo ochenta y ocho, que corresponde al lote dieciocho de la Manzana Siete del conjunto habitacional denominado VERDE PARQUE de la comuna de Chillan. El dominio a nombre del ejecutado se encuentra inscrito a fojas numero 785 número 944 del Registro de Propiedad del año 2014, del Conservador de Bienes Raices de Chillan.
Minimo postura $39.189.638. caución interesados 10% minimo $3.918.963 ,El remate a realizarse por videoconferencia, en atención a lo dispuesto en el Acta 2632021 SOBRE AUTO ACORDADO PARA LOS REMATES JUDICIALES DE BIENES INMUEBLES MEDIANTE USO DE VIEXTRACTO Primer Juzgado Civil de Chillan, en causa Rol C-4287-2024, caratulada 'BANCO SANTANDER-CHILE con TRANSPORTES Y MAQUINARIAS JM SPA" se ordenó rematar el dia 28 de agosto de 2.025, a las 13:00 horas, por videoconferencia a través de la plataforma Zoom, el siguiente bien: El inmueble compuesto de sitio y. Guía Profesional propiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2 186 de 1978. Secretario. 05/07 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "REPOSICION RUTA 148 SECTOR: CRUCE RUTA 5 PUENTE QUEIME: Rol V 77-2025. referido al lote Nº 286, por resolución de fecha 10 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo Nº 2096-65, de la comuna de Quillon, que figura a nombre ESPINOZA CHAVEZ DANIEL ELEAZAR, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 proplado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2 186 de 1978.
Secretario. 05/07 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLAN, En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR" Rol V 71-2025, referido al lote Nº 206, por resolución de fecha 17 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avaluo Nº 158-18, de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre AREVALO YEVENES MIRIAM LILIANA, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLAN. En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra 'MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMU.
NAL DEL SECANO INTERIOR" Rol V 72-2025, referido al lote Nº 63-B, por resolución de fecha 17 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avaluo Nº 148-311, de la comuna de Ninhue, que figura a nombre GARRIDO MUNOZ JOSE FERNANDO Y OTRO, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLAN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR" Rol V 73-2025, referido al lote Nº 248. por resolución de fecha 17 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avaluo Nº 159-257, de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre PARRA PASTEN SONIA ANDREA, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario 05/07 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLAN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra 'REPOSICION RUTA 148 SECTOR: CRUCE RUTA 5 PUENTE QUEIME: Rol V 77-2025, referido al lote Nº 298, por resolución de fecha 17 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo Nº 1096-7, de la comuna de Quillon, que figura a nombre MENDOZA BARRA GUDELIA MAGDALENA, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar potomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra 'MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR; Rol V 73-2025, referido al lote Nº 242, por resolución de fecha 10 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo Nº 159-204, de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre VARGAS LLANOS MARIA ERCILIA, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLAN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra MEJORAMIENTO RUTA N-66-OSAN IGNACIO DE PALOMARES-RAFAEL; Rol V 74-2025, referido al lote Nº 66. por resolución de fecha 10 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo Nº 164-3, de la comuna de Ranquil, que figura a nombre FORESTAL CELCO SA, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLAN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra MEJORAMIENTO RUTA N-66-O SAN IGNACIO DE PALOMARES-RAFAEL; Rol V 75-2025, referido al lote Nº 62, por resolución de fecha 11 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo Nº 164-3, de la comuna de Ranquil, que figura a nombre FORESTAL CELCO SA, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El exproplado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "REPOSICION RUTA 148 SECTOR: CRUCE RUTA 5 PUENTE QUEIME; Rol V 76-2025. referido al lote Nº 299, por resolución de fecha 11 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avaluo Nº 1096-7, de la comuna de Quillón, que figura a nombre MENDOZA BARRA GUDELIA MAGDALENA, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien exvivienda ubicada en Chillan, calle Las Violetas Nº2956, que corresponde al lote 298 de la Etapa 18 del Conjunto Habitacional denominado Villa Galilea Doña Francisca Il cuyo plano se encuentra agregado al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Chillán, bajo el número 1324 del año 2001, con los siguientes deslindes especiales: NORTE, en 8,87 metros con calle Las Violetas; SUR, en 8,87 metros con lote número 289; ORIENTE, en 18 metros con lote número 299; y PONIENTE, en 18 metros con lote número 297.
Rol de avalúo Nº4158-37, comuna de Chillan Inscrito a fojas 6995, número 4924 del Registro de Propiedad del año 2008, del Conservador de Bienes Raices de Chillán Minimo para las posturas, será la cantidad de $29.106.599.
Todo postor para tomar parte de la subasta, deberá rendir caución por un valor equivalente al 10% del mínimo establecido para la subasta, exclusivamente mediante cupón de pago en Banco Estado, depósito judicial o una transferencia electrónica de fondos en la cuenta corriente del tribunal.
Los postores interesados en participar en la subasta deberán, hasta el tercer día hábil anterior a ella, manifestar su voluntad en tal sentido, para lo que deberán ingresar el comprobante legible de la rendición de la caución por el módulo establecido al efecto en la Oficina Judicial Virtual, individualizándose e indicando el rol de la causa en la cual participará, señalando un correo electrónico y un número de teléfono, siendo de carga del interesado la correcta provisión de datos. El Secretario del tribunal a más tardar el segundo dia habil anterior a la realización de la subasta, deberá constatar las garantías rendidas, certificar su suficiencia conforme a las bases de remate. El subastador dentro del tercer día hábil de efectuado este deberá consignar el saldo de precio y es carga de los interesados disponer de los elementos tecnológicos y de conexión necesarios para participar. Demás bases en la Secretaria del Tribunal, ubicado en calle Vegas de Saldias 1044,4to piso, Chillán. Todas las consultas sobre la subasta y su forma de realización deberán efectuarse oportunamente antes de las 12 horas del día anterior al fijado al efecto al correo: jcl_chillan@pjud cl y/o al teléfono 422 209800. Secretario (S). 01/06 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN. En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "Concesión ruta 5.
Tramo Talca Chillán", Rol V 68-2025, referido al lote Nº 501, por resolución de fecha 10 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avaluo Nº 62-291, de la comuna de Niquén, que figura a nombre COPIHUE S.P.A. la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN, En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "Concesión ruta 5.
Tramo Talca Chillán", Rol V 69-2025, referido al lote Nº 498, por resolución de fecha 10 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que segun el rol de avaluo Nº 62-271, de la comuna de Niquên, que figura a nombre SOC. AGRIC, GANAD. E INMOB. PEHUEN, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLAN. En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "Concesión ruta 5.
Tramo Talca Chillán', Rol V 68-2025, referido al lote Nº 500, por resolución de fecha 17 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo Nº 62-66, de la comuna de Niquen, que figura a nombre COPIHUE S.P.A. la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE CHILLAN. En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "Concesión ruta 5.
Tramo Talca Chillan', Rol V 69-2025, referido al lote Nº 496, por resolución de fecha 17 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avalúo Nº 62-291, de la comuna de Niquen, que figura a nombre COPIHUE S.P.A. la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco días para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento serlalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR; Rol V 71-2025, referido al lote Nº 205, por resolución de fecha 10 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avaluo Nº 158-4, de la comuna de Portezuelo, que figura a nombre AUGUSTO DEL CARMEN MUNOZ PEDRERO Y, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra 'MEJORAMIENTO RUTA INTERCOMUNAL DEL SECANO INTERIOR; Rol V 72-2025, referido al lote Nº 57-A, por resolución de fecha 10 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado. que segun el rol de avaluo Nº 148-311. de la comuna de Ninhue, que figura a nombre GARRIDO MUNOZ JOSE FERNANDO Y OTRO, la petición formulada por el Fisco de Chile para PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLÁN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "REPOSICION RUTA 148 SECTOR: CRUCE RUTA 5 PUENTE QUEIME', Rol V 78-2025. referido al lote Nº 272, por resolución de fecha 10 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avaluo Nº 2096-61, de la comuna de Quillon, que figura a nombre CIFUENTES GAJARDO DANTES EDUARDO, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLAN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "MEJORAMIENTO RUTA N-66-OSAN IGNACIO DE PALOMARES-RAFAEL" Rol V 79-2025, referido al lote Nº 71, por resolución de fecha 10 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avaluo Nº 164-145, de la comuna de Ranquil, que figura a nombre NEIRA FUENTEALBA JOEL, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien expropiado. El expropiado y otros titulares de derechos, dispondrán de cinco dias para manifestar voluntad de recoger frutos pendientes, bajo apercibimiento señalado en el art. 21 del Decreto Ley Nº 2.186 de 1978. Secretario. 05/07 PRIMER JUZGADO CIVIL DE CHILLAN.
En causa sobre pago de indemnización por expropiación, necesaria para la ejecución de la obra "MEJORAMIENTO RUTA N-66-OSAN IGNACIO DE PALOMARES-RAFAEL" Rol V 80-2025, referido al lote Nº 68. por resolución de fecha 10 de julio del 2025, se ha ordenado poner en conocimiento del expropiado, que según el rol de avaluo Nº 164-34, de la comuna de Ranquil, que figura a nombre NEIRA FUENTEALBA ORLANDO, la petición formulada por el Fisco de Chile para tomar posesión material del bien ex-.