Autor: EMILIANO CARRIZO
TDLC multa a la Universidad Católica por no responder “oportunamente” requerimiento de información de la FNE
TDLC multa a la Universidad Católica por no responder “oportunamente” requerimiento de información de la FNE "oportunamente" requerimiento de información de la FNE La FNE le solicitó a la PUC "una muestra acotada" de sus programas educativos, pero la institución fue la única que se negó en su momento, dentro de una muestra de 48 instituciones de educación consultadas.
EMILIANO CARRIZO --El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogió la solicitud de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) e impuso una multaa la Pontificia Universidad Católica de Chile (PUC). Según explicó la FNE, la sanción fue por no existir una justificación para no haber respondido oportunamente un requerimiento de información, que fue realizado en el marco de su estudio de mercado sobre la educación superior.
La FNE contextualiza su solicitud en elescenario de que la información pedida a la PUC fue enviada a un total de 48 instituciones de educación superior, "de distinta envergadura y naturaleza, siendo la PUCla única quese negó a entregar la información solicitada". Sobre lo solicitado, la FNE explicó que tenía relación "entre otros aspectos, con las características de los programas que las instituciones ofrecen a potenciales estudiantes, sus esfuerzos para distinguirlos de los programas ofrecidos por otras instituciones y elentendimiento que las propias casas de estudios tienen acerca de losaspectos de esos programas que son más valorados por estudiantes y potenciales estudiantes". "La FNE consultó por una muestra acotada de programas respecto de cada institución oficiada, habiéndoles concedido un mes de plazo para responder", dijoen sucomunicado.
Respecto de la importancia de conocer la respuesta de la PUC, la FNE lo estimó necesario para una "adecuada realización del estudio de mercado". Además, estimó quelo solicitado "no implica una carga excesiva para la PUC ni para el resto de las instituciones oficiadas, ni les irroga perjuicio alguno". Ante este contexto, con fecha 23 de diciembre de 2024, la FNE había solicitado al TDLC citar a audiencia a la PUC por el incumplimiento injustificado de su obligación de dar respuesta cabal y oportuna gación de dar respuesta cabal y oportuna al Oficio Ordinario N'1921 de la FNE, y aplicarle una multa a beneficio fiscal.
De esta forma, el hecho terminó en que, el TDLC le impuso a la PUC una multa de 0,4 unidades tributarias anuales (UTA) por día de retraso, esto es, un total de 6,8 UTA (equivalentes a esta fecha a $5.502.206 ). "La solicitud formulada por la FNE y acogida por el TDLC resulta esencial para preservar la efectividad de los estudios sobre la evolución competitiva de los mercados", comentó el fiscal nacional económico, Jorge Grunberg.
La FNE también comentó que, "la PUC, tras una negativa inicial, cumplió con entregar la información solo una vez que la FNE solicitó al tribunal que se le aplicara una multa, sin que existiera de parte de esa casa de estudios una solicitud de prórroga ni se formulara una oposición en la forma dispuesta por la ley, ni se hayan dado razones fundadas para el retardo de la respuesta".Q.