Editorial: Parque Cabo Froward: ¿ debe preocupar en Magallanes la revocación de la consulta indígena?
Editorial: Parque Cabo Froward: ¿ debe preocupar en Magallanes la revocación de la consulta indígena? L a abrupta revocación de la consulta indigena por la creación del Parque Nacional Cabo Froward permite La creación del parque tiene que sopesar adecuadamente la voz de todos quienes tienen alguna injerencia. No puede ser fruto de una declaración unilateral sin acuerdos claros. Tampoco tiene que devenir en un enfrentamiento entre conservación y comunidad.
Estas tensiones no son menores, si se considera que la región ya dedica cerca del 60% de su territorio a áreas protegidas, lo que limita nuevas iniciativas productivas y pone en tensión la demanda por espacios de crecimiento económico. Para Magallanes, el desafio es diseñar un modelo de conservación que respete la autonomía cultural kawésqar y. a la vez, incorpore un enfoque de uso territorial responsable, dialogado y localmente legitimado.
Una nueva consulta indigena, reconocida en plazos realistas y con ajustes metodológicos y representación adecuada, no sólo es requisito legal; tiene que ser una oportunidad para dar legitimidad y certeza al proyecto, reduciendo riesgos de nuevos paralelos legales y conflictos de derechos. Magallanes merece claridad, participación real y certidumbre sobre su futuro. No por capricho, sino porque es una región extrema que enfrenta desafíos únicos que, para enfrentarlos con éxitos, requieren de instrumentos territoriales legibles, justos y legítimos. Medio Ambiente el 14 de julio debido a errores metodológicos y por la demora en la donación efectiva de los predios por parte de Rewilding.
Pero, la inquietud cundió en ciertos sectores, los que observaron que revocar de plano ese proceso sin ofrecer una hoja de ruta concreta abre una grieta peligrosa respecto del debilitamiento de la confianza del pueblo kawésqar en que sus derechos serán respetados.
Al mismo tiempo, la creación de este parque genera escozor en sectores productivos -en especial salmoneros y emprendedores locales-, quienes ven amenazada su posibilidad de desarrollo volver a reflexionar sobre el cumplimiento de la norma nacional e internacional de consultar a los pueblos originarios cuando se está frente a una iniciativa de envergadura; pero, a la vez, también aflora un hecho cierto: el temor de empresas y habitantes regionales por imposiciones que restrinjan usos productivos legítimos. La consulta obligatoria, establecida en el Convenio 169 de la Oit y validada por la Ley 21.600, había sido suspendida formalmente por el Ministerio del.