Cinco años de cárcel efectiva para condenado por homicidio frustrado
Cinco años de cárcel efectiva para condenado por homicidio frustrado La sentencia abonó el tiempo que Yáñez Reyes tiene en prisión Cinco años de cárcel efectiva para condenado por homicidio frustrado El tribunal aplicó la pena de presidio mayor en su grado mínimo tras acreditar el dolo de matar en la agresión ocurrida en 2025. El sentenciado deberá cumplir la pena de manera íntegra en el recinto penitenciario.
Policial policicl@elpinguino.com [EF PÁGINA WEB n una resolución que pone fin a un proceso judicial marcado por la crudeza de los hechos, hechos, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas comunicó este viernes la sentencia sentencia definitiva en contra de John Elías Yáñez Reyes.
La magistrada Natalia Gejman dio lectura al fallo que impone una pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, confirmando confirmando que el condenado deberá cumplir la sanción de manera manera efectiva.
Penas accesorias La sentencia establece que la privación de libertad será acompañada por penas accesorias de inhabilita. ción absoluta perpetua para j cargos públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación inhabilitación para profesiones titulares durante el tiempo de la condena. Asimismo, se ordenó a Gendarmería la toma de muestras muestras biológicas del sentenciado para su incorporación incorporación en el registro nacional nacional de ADN. Respecto del tiempo de reclusión, se determinó que se le abonarán los días que ha permanecido privado de libertad ininterrumpidamente ininterrumpidamente desde el 4 de febrero de 2025. Una agresión brutal con intención de matar Los hechos se remontan a la madrugada del 2 de febrero febrero de 2025, cuando Yáñez Reyes irrumpió en el domicilio domicilio de Jorge Eduardo Andrade Guerrero. El tribunal adquirió la convicción convicción de que el imputado protagonizó una secuencia de violencia extrema, propinando propinando múltiples golpes de puño y pies de forma salvaje. Durante el proceso, se acreditó un dolo de matar evidente, evidente, dado que los impactos fueron dirigidos dirigidos con saña hacia la cabeza cabeza y órganos vitales de la víctima. víctima.
Esta tesis de la Fiscalía fue aceptada por los magistrados, magistrados, quienes descartaron la pretensión de la defensa de calificar el delito simplemente como lesiones, estableciendo fehacientemente que se trató trató de un homicidio simple en grado de frustrado.
Impacto y secuelas en la víctima La gravedad del ataque obligó a realizar maniobras de reanimación en el Hospital Clínico para salvar la vida de la te los antecedentes al Juzgado de Garantía para la ejecución formal del fallo, cerrando un caso que conmocionó a la comunidad comunidad por la peligrosidad de la acción criminal. Los magistrados desestimaron la tesis de la defensa de lesiones menos graves validando lo acusación de la Fiscalía sabre la letalidad de los golpes dirigidos o órgonos vitales de lo víctima. Además de la pena privativa de libertad, el condenado fue sancionado con inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos. víctima. Apcsardc los esfuerzos médicos, la víctima padece hasta hoy secuelas fisicas y sicológicas sicológicas permanentes derivadas de la brutalidad del sentenciado. Con esta sentencia, el tribunal remi1.