Agrícola La Familia SpA 77.402.137-K*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.209 Lunes 28 de Julio de 2025 Página 1 de 3 Empresas y Cooperativas CVE 2677863 EXTRACTO JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43 Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N 835, piso 18, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 30 de mayo de 2025, repertorio N 15.756 -2025, ante mí, Rolando Omar Franco Ledesma, Silvia Verónica Böke Friederichs, Carla Franco Böke, Catalina Franco Böke, Felipe Franco Böke y Matías Franco Böke, todos domiciliados para estos efectos en Avenida San Martín N 745, oficina 502, comuna y ciudad de Temuco, todos ellos en su calidad de únicos accionistas y socios, respectivamente, de Agrícola La Familia SpA, inscrita a fojas 446 F número 262 del Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año 2021, y de Agrícola Caracoles Dos Limitada, inscrita a fojas 101 F N 55 en el Registro de Comercio del Primer Conservador de Bienes Raíces de Temuco correspondiente al año 2024, adoptaron diversos acuerdos, de los que se extracta lo siguiente: (A) Disminuir el capital de Agrícola La Familia SpA, desde la cantidad de $6.000.000, dividido en 6.000 acciones nominativas, de única serie, de igual valor cada una y sin valor nominal, a la cantidad de $3.000.000, dividido en 3.000 acciones de la mismas características. Esto es, el capital de Agrícola La Familia SpA se disminuyó en la cantidad de $3.000.000, representativo de 3.000 acciones no pagadas en plazo indicado en artículo primero transitorio.
A consecuencia de lo anterior, los comparecientes, en su calidad de únicos accionistas de Agrícola La Familia SpA, acordaron modificar los artículos Quinto y Primero Transitorio de sus estatutos, reemplazándolos por los siguientes textos: “ARTÍCULO QUINTO. El capital de la sociedad es la cantidad de $3.000.000, dividido en 3.000 acciones ordinarias, de una sola serie, nominativas y sin valor nominal. El capital de la sociedad se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo primero transitorio. El capital y el valor de las acciones se entenderán modificados de pleno derecho, cada vez que la Junta de Accionistas apruebe el balance del respectivo ejercicio. Se deja expresa constancia que los posteriores aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo máximo de 5 años, contados desde la fecha del aumento respecto. Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado”; y, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.
El capital de la sociedad, ascendente a la cantidad de $3.000.000, dividido en 3.000 acciones ordinarias, de una sola serie, nominativas y sin valor nominal, se suscribe y paga en este acto por los accionistas, de la siguiente manera: a) Rolando Omar Franco Ledesma, suscribe 500 acciones por la cantidad de $500.000, pagadas al contado y con anterioridad a este acto; b) Silvia Verónica Böke Friederichs, suscribe 500 acciones por la cantidad de $500.000, pagadas al contado y con anterioridad a este acto; c) Carla Franco Böke, suscribe 500 acciones por la cantidad de $500.000, pagadas al contado y con anterioridad a este acto; d) Catalina Franco Böke, suscribe 500 acciones por la cantidad de $500.000, pagadas al contado y con anterioridad a este acto; e) Felipe Franco Böke, suscribe 500 acciones por la cantidad de $500.000, pagadas al contado y con anterioridad a este acto; y, f) Matías Franco Böke, suscribe 500 acciones por la cantidad de $500.000, pagadas al contado y con anterioridad a este acto. ”; (B) Disminuir el capital de Agrícola Caracoles Dos Limitada, desde la cantidad de $102.575.979 a la cantidad de $46.449.164. Esto es, el capital de Agrícola Caracoles Dos Limitada se disminuyó en la cantidad de $56.126.815, correspondiente a la parte del capital no enterada y pagada a la fecha de la escritura extractada. A consecuencia de ello, los comparecientes, en su calidad de únicos socios de Agrícola Caracoles Dos Limitada acordaron modificar el artículo Quinto de los estatutos de la sociedad, reemplazándolo por el siguiente texto: “ARTÍCULO QUINTO.
El capital de la sociedad es la $46.449.164, el cual se suscribe y paga por sus socios de la siguiente forma: a) Rolando Omar Franco Ledesma aporta la cantidad de $43.087.416, equivalente a una participación de un 92,76% de los derechos sociales, íntegramente pagada con anterioridad a este acto; b) Silvia Verónica Böke Friederichs aporta la cantidad de $1.374.954, equivalente a una participación de un 2,96% de los derechos sociales, íntegramente pagada con Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2677863 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.209 Lunes 28 de Julio de 2025 Página 2 de 3 anterioridad a este acto; c) Carla Franco Böke aporta la cantidad de $393.847, equivalente a una participación de un 0,85% de los derechos sociales, íntegramente pagada con anterioridad a este acto; d) Catalina Franco Böke aporta la cantidad de $599.550, equivalente a una participación de un 1,29% de los derechos sociales, íntegramente pagada con anterioridad a este acto; e) Felipe Franco Böke aporta la cantidad de $393.847, equivalente a una participación de un 0,85% de los derechos sociales, íntegramente pagada con anterioridad a este acto; y, f) Matías Franco Böke aporta la cantidad de $599.550, equivalente a una participación de un 1,29% de los derechos sociales, íntegramente pagada con anterioridad a este acto”; (C) Fusionar en la sociedad Agrícola La Familia SpA a la sociedad Agrícola Caracoles Dos Limitada, mediante el aporte de la totalidad de los activos y pasivos, a valores tributarios de esta última a la primera, en base al balance de dichas sociedades al 30 de mayo de 2025.
A consecuencia de la fusión antes indicada: /1/ Se disolvió Agrícola Caracoles Dos Limitada, sin que sea necesario proceder a su liquidación; /2/ Se aumentó el capital social de Agrícola La Familia SpA como resultado de la fusión que consta en escritura extractada, de la cantidad de $3.000.000, dividido en 3.000 acciones ordinarias, de una sola serie, nominativas y sin valor nominal, a la cantidad de $49.449.164, dividido en 4.647.916 acciones de las mismas características.
El aumento de capital, por la cantidad de $46.449.164 acciones se materializó en la emisión de 4.644.916 acciones, suscritas y pagadas por los accionistas de la Sociedad Absorbida, recibidas en canje como consecuencia de la fusión; y, /3/ Como consecuencia del aumento de capital referido en el número /2/ precedente, modificaron el artículo quinto y primero transitorio de los estatutos de Agrícola La Familia SpA, reemplazándolos por los siguientes textos: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $49.449.164, dividido en 4.647.916 acciones ordinarias, de una sola serie, nominativas y sin valor nominal. El capital de la sociedad se suscribe y paga en la forma establecida en el artículo Primero Transitorio. El capital y el valor de las acciones se entenderán modificadas de pleno derecho, cada vez que la Junta de accionistas apruebe el balance del respectivo ejercicio. Se deja expresa constancia que los posteriores aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo máximo de 5 años, contados desde la fecha del aumento respectivo.
Si no se pagare oportunamente al vencimiento del plazo correspondiente, el capital social quedará reducido al monto efectivamente suscrito y pagado”; y, “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad es la cantidad de $49.449.164, dividido en 4.647.916 acciones ordinarias, de una sola serie, nominativas y sin valor nominal, el que se suscribe, paga y pagará por sus accionistas de la siguiente manera: (a) Rolando Omar Franco Ledesma suscribe 4.309.124 acciones, por la cantidad de $43.587.416, íntegramente pagada con anterioridad a la fecha de la presente escritura; (b) Silvia Verónica Böke Friederichs suscribe 137.990 acciones, por la cantidad de $1.874.954, íntegramente pagada con anterioridad a la fecha de la presente escritura; (c) Carla Franco Böke suscribe 39.982 acciones, por la cantidad de $893.847, íntegramente pagada con anterioridad a la fecha de la presente escritura;(d) Catalina Franco Böke suscribe 60.419 acciones, por la cantidad de $1.099.550, íntegramente pagada con anterioridad a la fecha de la presente escritura; (e) Felipe Franco Böke suscribe 39.982 acciones, por la cantidad de $893.847, íntegramente pagada con anterioridad a la fecha de la presente escritura; y, (g) Matías Franco Böke suscribe 60.419 acciones, por la cantidad de $1.099.550, íntegramente pagada con anterioridad a la fecha de la presente escritura.
Los accionistas dejan expresa constancia que las acciones indicadas precedentemente fueron determinadas considerando los valores patrimoniales registrados con anterioridad a la fusión entre la sociedad Agrícola La Familia SpA y la sociedad Agrícola Caracoles Dos Limitada, acordada con fecha 30 de mayo de 2025”; y, (D) Transformar Agrícola La Familia SpA en una sociedad de responsabilidad limitada, de la cual los únicos socios son los comparecientes de la escritura pública extractada, y de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: /1/ Razón Social: Agrícola La Familia Limitada, pudiendo usar el nombre de fantasía “ALF Ltda.
”; /2/ Objeto: el desarrollo de actividades agrícolas en términos amplios, en especial, la siembra, cultivo y manejo de productos agrícolas, ya sean propios o ajenos, particularmente de fruta, la producción, elaboración, transformación, explotación, comercialización, procesamiento, distribución, importación y exportación de insumos agrícolas, la asesoría en términos amplios, la prestación de servicios, la administración de predios agrícolas, la representación, agencias, consignación, promoción de productos agrícolas, propios o ajenos, el desarrollo de actividades relacionadas con el uso de maquinaria agrícola o de movimiento de tierra en términos amplios y, en general, toda otra actividad que los socios acuerden realizar; todo ello por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o participando en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier tipo u objeto, asumiendo la administración de tales entidades.
En la prosecución del objeto social, sus fines directos o indirectos, o en cuanto sea del interés societario, la sociedad que se constituye podrá formar, constituir, participar, comprar o vender derechos de participación en otras sociedades limitadas o anónimas; y, en general, cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2677863 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.209 Lunes 28 de Julio de 2025 Página 3 de 3 con las anteriores y que se acuerde y determine por los socios; /3/ Duración: 5 años, a contar de la fecha de la escritura pública extractada, prorrogándose automática y sucesivamente en períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que uno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla de la forma indicada en la escritura extractada; /4/ Capital: El capital social es la cantidad de $49.449.164, que los socios aportan y enteran, en la forma y en la proporción que se indica a continuación: (a) Rolando Omar Franco Ledesma aporta la cantidad de $43.587.416, equivalente a una participación del 92,71% de los derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a la escritura pública extractada; (b) Silvia Verónica Böke aporta la cantidad de $1.874.954, equivalente a una participación del 2,97% de los derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a la escritura pública extractada; (c) Carla Franco Böke aporta la cantidad de $893.847, equivalente a una participación del 0,86% de los derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a la escritura pública extractada; (d) Catalina Franco Böke aporta la cantidad de $1.099.550, equivalente a una participación del 1,30% de los derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a la escritura pública extractada; (e) Felipe Franco Böke aporta la cantidad de $893.847, equivalente a una participación del 0,86% de los derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a la escritura pública extractada; y, (f) Matías Franco Böke aporta la cantidad de $1.099.550, equivalente a una participación del 1,30% de los derechos sociales, íntegramente pagados con anterioridad a la escritura pública extractada. /5/ Administración y uso de la razón social: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a don Rolando Omar Franco Ledesma, quien actuando individualmente, podrá ejercerla personalmente o a través de personas especialmente designadas para ello, en la forma y con las facultades indicadas en la escritura extractada. La responsabilidad de los socios quedó limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 25 de julio de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2677863 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl