Decreto número 41, de 2024.- Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Puente Bulnes, comuna de Santiago, Región Metropolitana
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.010 Jueves 28 de Noviembre de 2024 Página 1 de 4 Normas Generales CVE 2574948 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría del Patrimonio Cultural DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL SITIO DE MEMORIA PUENTE BULNES, COMUNA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA Núm. 41. - Santiago, 16 de octubre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3º Nº 25 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes Nº 16.617 y Nº 16.719, deroga el decreto ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo Nº 11, de 2018, que modifica el decreto supremo Nº 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en acta de sesión ordinaria de fecha 27 de septiembre de 2023 del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria. Considerando: 1. Que, la solicitud de declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Sitio de Memoria Puente Bulnes fue presentada mediante carta de fecha 7 de septiembre de 2022, suscrita por la Sra. Rosario Carvajal Araya, Concejala de Santiago; por el Sr. Francisco López Vásquez, del Movimiento Obrero de Acción Católica (MOAC); por la Sra. Blanca Carrasco, del Consejo Vecinal de Desarrollo Barrio Balmaceda Centenario; por el Sr. José Osorio Cubillos, Presidente de la Asociación de Barrios y Zonas Patrimoniales, y por la Sra. Lorena Ávalos, del Centro de Padres y Apoderados Internado Nacional Barros Arana. 2. Que, el río Mapocho fue lugar de ejecución de personas desde el 19 de septiembre de 1973. Según los registros de la morgue, hubo fusilamientos colectivos los días 19,20, 23 y 24 de septiembre y el 14 de octubre, con otras ejecuciones aisladas entre esas fechas. Un caso emblemático es el del sacerdote Joan Alsina, Jefe de Personal del Hospital San Juan de Dios.
Fue detenido en los subterráneos del hospital por efectivos del Regimiento Yungay de San Felipe junto a 6 personas; luego llevado al Instituto Diego Barros Arana y posteriormente al río Mapocho, siendo ejecutado el 19 de septiembre en el Puente Bulnes, encontrándose su cuerpo el 27 de septiembre en el Instituto Médico Legal.
El Puente Bulnes también fue utilizado para la ejecución de personas en el caso "El Sauce"; para el asesinato de pobladores de la población Nueva Matucana de Renca; y es donde fueron ejecutados algunos detenidos del Palacio de la Moneda el 11 de septiembre de 1973.3. Que, el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (Informe Rettig, 1992), reconoce la ejecución de personas en el Puente Bulnes tras detenciones efectuadas por efectivos del Regimiento Yungay de San Felipe. Asimismo, constata la presencia de un cuerpo encontrado en la ribera del río Mapocho (Puente Bulnes) el 5 de octubre de 1973. El puente también es indicado como uno de los lugares donde se empleó el fusilamiento conjunto de varios detenidos. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2574948 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.010 Jueves 28 de Noviembre de 2024 Página 2 de 4 En virtud de lo anterior, el lugar ha sido objeto de conmemoraciones a lo largo de los años, entre ellas, la inauguración de una placa conmemorativa y la congregación de personas desde el año 1992.4.
Que, el memorial Puente Bulnes se compone por el muro de la memoria, aledaño al puente, que contiene fotografías de los detenidos desaparecidos impresas sobre baldosas cerámicas; la plaza Juan Alsina, que forma parte de las obras de mejoramiento vial realizadas por el Ministerio de Obras Públicas en 1995; los murales del Movimiento Obrero Acción Católica (MOAC) que recuerdan la detención y el fusilamiento de Joan Alsina, cuyo autor es Luis "Mico" Henríquez; la placa conmemorativa de los ejecutados políticos del Hospital San Juan de Dios, y la placa de fusilados de Puente Alto, que conmemora a las 14 personas de la comuna fusiladas el 14 de octubre de 1973.5. Que, en cuanto a su estado de conservación, el muro de la memoria se encuentra en un estado de regular a malo, con alteraciones y deterioros acumulativos de variada naturaleza, incidencia y magnitud. Las alteraciones están dadas por factores intrínsecos, como la naturaleza de sus materiales y los procesos de manufactura. A ello se suman las condiciones medioambientales, los contaminantes atmosféricos y los agentes antrópicos, como extracción de fotografías y remoción con material punzante. Uno de los mayores daños antrópicos es la aplicación de pintura negra, lanzada intencionalmente al mural. Además, se aprecian manchas y salpicaduras que pueden provocar daños mayores al momento de su retiro. Por otra parte, el mural MOAC se encuentra en estado de conservación regular dada la naturaleza de sus materiales, su ubicación a la intemperie, las condiciones medioambientales y la afectación de su composición y estabilidad. Presenta alteraciones como decoloración, craqueladuras, levantamiento de capas y faltantes. El 2013 fue objeto de una intervención de recuperación realizada por su autor, el Centro Universitario Ignaciano y el MOAC. 6.
Que, como valores que sustentan la solicitud de declaración como Monumento Histórico, el Consejo de Monumentos Nacionales reconoce específicamente los siguientes: El puente es un testimonio histórico material de las ejecuciones cometidas entre septiembre y octubre de 1973 por agentes del Estado.
El Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (Informe Rettig, 1992), identificó que en este lugar fueron asesinados 8 trabajadores del Hospital San Juan de Dios, entre ellos el cura obrero Juan Alsina, 8 personas que fueron detenidas desde la Población Nueva Matucana en Renca, y 14 personas detenidas en la Quinta de Recreo Los Sauces, de Puente Alto, entre los que se encontraban menores de edad y una mujer embarazada de 6 meses. Todos ellos fueron trasladados al Puente Bulnes, donde fueron ejecutados y arrojados sus cuerpos al río Mapocho.
Su emplazamiento estratégico en el sector norponiente de la comuna de Santiago propició que el puente y su contexto constituyan una unidad articuladora, debido a su capacidad de vincular distintos espacios de represión y tortura, como sitios clandestinos, tenencias y cuarteles, destacando entre ellos: La 4ª Comisaría de Santiago, el Instituto Nacional Barros Arana (INBA) y los crematorios de la Ex Perrera en las cercanías del Parque de los Reyes. El Memorial del Puente Bulnes constituye un espacio simbólico de memoria popular, con obras que rememoran a las víctimas de violaciones a los derechos humanos ocurridas en el puente. A lo largo de las décadas, se ha consolidado como un conjunto memorial donde se realizan misas, conmemoraciones, actos simbólicos y culturales. El bien es una expresión de la historia reciente del país, de la represión como política de Estado y de las memorias de las víctimas de violaciones a los derechos humanos. Su preservación en el tiempo es una contribución a la educación y promoción de los derechos humanos del conjunto de la sociedad. 7. Que, los atributos que presenta el bien y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, son los siguientes: Plaza Juan Alsina. Murales MOAC. Placa conmemorativa ejecutados Puente Alto. Placa conmemorativa Ejecutados Políticos del Hospital San Juan de Dios. Placa Juan Alsina Puente Bulnes. 8. Que, para esta declaratoria se realizaron las siguientes consultas de opinión: Ilustre Municipalidad de Santiago, que, mediante su Alcaldesa, Sra. Irací Hassler Jacob, manifiesta su opinión favorable en Ord. Nº 767, del 16 de junio de 2023. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2574948 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.010 Jueves 28 de Noviembre de 2024 Página 3 de 4 Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, que mediante carta de la Sra. María Fernanda García Iribarren, Jefa de Colecciones e Investigación, de fecha 19 de julio de 2023, manifiesta su opinión favorable. Subsecretaría de Derechos Humanos, que, mediante su entonces Subsecretario, Sr. Xavier Altamirano Mollina, manifiesta su opinión favorable en Ord. Nº 563, del 29 de agosto de 2023. Empresa de Ferrocarriles del Estado, institución de la que no se obtuvo respuesta. Ministerio de Obras Públicas, que mediante Ord.
Nº 3793, de 29 de abril de 2024, señala que el bien no es de tuición de la Dirección de Vialidad ni tiene declaratoria como camino público, por lo que no es de su responsabilidad. 9. Que, el memorial se encuentra ubicado entre las calles Presidente Balmaceda y General Bulnes, de la comuna de Santiago. Al tratarse de un bien nacional de uso público, su administración corresponde al municipio respectivo, del que se cuenta con opinión favorable para su declaratoria. 10.
Que, en sesión ordinaria de fecha 27 de septiembre de 2023, el Consejo de Monumentos Nacionales, de forma unánime, acordó aprobar la solicitud de declaración y pedir a la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio la dictación del decreto que declare Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Puente Bulnes, comuna de Santiago, Región Metropolitana, incorporando a dicho decreto el plano de límites oficial Nº 32-2023.
Decreto: Artículo primero: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Puente Bulnes, comuna de Santiago, Región Metropolitana, individualizado y graficado según plano de límites oficial Nº 32-2023, el cual se adjunta, estableciendo un área protegida de 7.637 m², en los siguientes términos: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2574948 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.010 Jueves 28 de Noviembre de 2024 Página 4 de 4 Artículo segundo: Archívese oficialmente el plano Nº 32-2023 de límites del Sitio de Memoria Puente Bulnes, comuna de Santiago, Región Metropolitana, con el fin de dejar constancia indubitada de su contenido y ajustarse al principio de transparencia y publicidad que debe imperar en los procedimientos administrativos de los órganos de la Administración del Estado.
Artículo tercero: Incorpórase el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3º Nº 30 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo cuarto: Incorpórese por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria Puente Bulnes, comuna de Santiago, Región Metropolitana, en el Registro de Monumentos Nacionales a que se refiere el Nº 4 del artículo 30 de la ley Nº 21.045. Anótese, tómese razón y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Carolina Pérez Dattari, Subsecretaria del Patrimonio Cultural. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2574948 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl