La banca y las fintech en disputa
La banca y las fintech en disputa La CMF deberá ser especialmente cuidadosa en la interpretación de la ley.
Una disputa se ha generado en las últimas semanas entre la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF) y un grupo de empresas fintech que, al alero de la nueva ley homónima, buscan incorporar modernizaciones tecnológicas en el sistema financiero.
El desarrollo de tecnologías, en efecto, ha generado la aparición masiva de firmas que brindan servicios para facilitar los pagos de las personas; aunque en rigor las fintech ofrecen una serie de productos, es a través de plataformas simples de pago como se han masificado principalmente.
Ahora, la ley recientemente aprobada obliga a los bancos, previo consentimiento de las personas, a interconectarse con estas empresas, de mane-ra que ellas puedan ofrecer sus servicios de pago a los clientes bancarios y facilitar así los mecanismos para transar.
La banca, sin embargo, ha manifestado ciertas aprensiones, tanto porque los costos de la interconexión recaen sobre los bancos los que estiman gastos de implementación superiores a los 200 millones de dólares como porque problemas futuros de seguridad en el traspaso de la información terminarían siendo responsabilidad de ellos, aun cuando se hubieran originado en debilidades de las plataformas de fintech, que cuentan con una regulación más laxa.
Con todo, estas aprensiones, aunque válidas, resultan secundarias respecto del tema de fondo en esta discusión:¿ Cuál es el verdadero negocio de las fintech? Estas, por una parte, podrían cobrar una tarifa por cada transacción, la que podría ser menor a la que hoy cobran los bancos. También podrían usar la información de transacciones de personas, lo que, debidamente manejado y con autorización de estas últimas, les permitiría hacer otros negocios. Pero, alternativamente, muchas fintech buscan captar recursos en cuentas vista o prepago donde las personas depositan fondos con los que luego realizan pagos. En este último caso, el negocio está en la rentabilidad que las fintech puedan obtener de estos fondos, y no necesariamente en la transacción misma. Así, el negocio no sería transaccional, sino uno asociado a la captación de dinero. Es aquí donde se ha pro-ducido el mayor conflicto. La legislación solo autoriza a los bancos a captar depósitos, y a cambio de ello les impone regulaciones de liquidez, capital e información que deben cumplir para evitar la pérdida de valor de tales fondos. La banca, con razón, advierte contra una posible distorsión regulatoria que permita la captación de fondos a instituciones que no están debidamente reguladas.
La Comisión del Mercado Financiero (CMF) deberá ser cuidadosa en la interpretación de la ley, de manera de compatibilizar el necesario desarrollo de mercado evitando la aparición de captación en instituciones no bancarias sin la regulación adecuada..