Ley Nº6.696
Ley Nº6.696 Domingo Santa Cruz Wilson, compositor y vecino de Isla Negra, tuvo el anhelo por una legislación que protegiera, promoviera y proyectara la institucionalidad musical chilena. Tras el receso de la Sociedad Bach de Chile, el 7 de julio de 1932, sus esfuerzos se incrementaron.
Ese mismo año, Domingo asumió oficialmente como decano de la Facultad de Bellas Artes de la Universidad de Chile, lideraba la Sociedad de Amigos del Arte, sumado a su incesante actividad intelectual y creativa, combinado con la paternidad. Era ante todo un hombre de Estado. Capaz de conversar y llegar a acuerdos con personas diferentes, un demócrata. Se relacionó con los presidentes Arturo Alessandri Palma y Pedro Aguirre Cerda, autoridades de su mandato, con la misma cordialidad. Tuvo el apoyo incondicional de Juvenal Hernández Jaque, abogado y rector de la Universidad de Chile. Las reuniones iban y venían entre el Palacio de La Moneda, el parlamento y la Casa de BeIlo. Domingo en "Mi vida en la música" (2008), p. 598 confidencia: "El texto de dicho cuerpo legal, indispensable para poner en marcha la Ley, nos sería consultado antes de su firma. Como toda tempestad fue violenta y pronto declinó". El insigne compositor personalmente redactó y asesoró el desarrollo de la enmienda. Logró alinear a los diversos actores políticos, sociales y académicos. La Ley Nº6.696 se promulgó con las firmas del presidente Pedro Aguirre Cerda y su ministro de Educación, Juan Antonio Iribarren Cabezas, el 2 de octubre de 1940.
La norma se encargó de la fundación del Instituto de Extensión Musical (IEM), cuyo objetivo fue la formación y estabilidad de la Orquesta Sinfónica Nacional de Chile, el Coro de la Universidad de Chile, el Ballet Nacional Chileno (BANCH), etc.
Su sede estuvo en Santiago, dirigido por el siguiente consejo: el director del Conservatorio Nacional de Música, el administrador del Teatro Municipal de Santiago, el director artístico y el administrador del IEM; un delegado de la Universidad de Concepción y otro de la Universidad Católica: un miembro de la Sociedad de Compositores Chilenos y uno de la Asociación Nacional de Compositores. Lo más revelador era el impuesto del 2.5%, de las entradas de conciertos y espectáculos. Eran recaudados por la Tesorería General de la República y puestos a disposición del consejo para los gastos del IEM. La Ley Nº6.696, quedó obsoleta primero con el Decreto ley Nº827 (1974), luego por el Decreto ley Nº3.454 (1980).. Por Yvain Eltit, presidente Sociedad de Folclor Chileno.