Resolución exenta número 986, de 2026.- Aprueba nómina de cargos considerados sujetos pasivos de la Agencia de Calidad de la Educación, conforme a la ley N° 20.730
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.458 Martes 26 de Mayo de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2812743 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación / Agencia de Calidad de la Educación APRUEBA NÓMINA DE CARGOS CONSIDERADOS SUJETOS PASIVOS DE LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN, CONFORME A LA LEY N 20.730 (Resolución) Núm. 986 exenta. - Santiago, 15 de mayo de 2026.
Visto: Lo dispuesto en el DFLN 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N 20.529, sobre el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia, Básica y Media y su fiscalización; en la ley N20.730, que regula el Lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, y su Reglamento aprobado por el decreto supremo N 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto supremo N 182, de 2025, del Ministerio de Educación; en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del Trámite de Toma de Razón, y Considerando: 1.
Que, la Agencia de Calidad de la Educación, en adelante “la Agencia”, es un servicio público funcionalmente descentralizado, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es evaluar y orientar el sistema educativo para que éste propenda al mejoramiento de la calidad y equidad de las oportunidades educativas, considerando las particularidades de los distintos niveles y modalidades educativas. 2. Que, al Secretario Ejecutivo de la Agencia, conforme al artículo 41 letra k) de la ley N 20.529, le corresponde la facultad de gestionar administrativamente el Servicio. 3.
Que, en la ley N 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, en adelante, indistintamente, “Ley del Lobby”, y su Reglamento, aprobado por el decreto N 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, en adelante, indistintamente, “el Reglamento de la Ley del Lobby”, se norman la publicidad en la actividad del lobby y demás gestiones que representen intereses particulares, con el objeto de fortalecer la transparencia y probidad en las relaciones con los órganos del Estado. 4.
Que, según lo dispone el artículo 3 de la ley N 20.730 establece que son sujetos pasivos de dicha ley -entre otroslos jefes de servicios, sus jefes de gabinete, así como las personas que, en razón de su función o cargo, tienen atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tienen dichas atribuciones, debiendo el jefe superior del servicio individualizar a quienes se encuentren en esta calidad, mediante una resolución que deberá dictarse anualmente y publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos indicados en el artículo 9º de la ley. 5.
Que, por su parte, el artículo 5 del Reglamento de la Ley del Lobby, señala que, Mediante acuerdo o resolución fundada de la autoridad competente que se dictará el primer día hábil del mes de mayo, se individualizarán en una nómina como sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares las autoridades y funcionarios que en razón de su función o Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2812743 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.458 Martes 26 de Mayo de 2026 Página 2 de 3 cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones. Agregando que podrán incluirse funcionarios directivos tales como Jefes de División, Oficina o Unidad. 6.
Que, mediante el oficio E444887/2024, de 29 de enero de 2024, la Contraloría General de la República impartió instrucciones sobre aspectos de la ley N 20.730, señalando que se deberán identificar e incluir como sujetos pasivos de lobby a las Jefaturas de División, Departamento, Oficina o Unidad, junto con aquellos funcionarios, agentes y servidores públicos que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes en términos de que su participación sea necesaria para la adopción de decisiones, o que influyan en quienes tienen dichas atribuciones. 7.
Que, con el fin de dar cumplimiento a las normas citadas en los considerandos precedentes, con miras a fortalecer la transparencia en el ejercicio de la función pública, es menester realizar la actualización anual de la nómina que individualiza los cargos que serán considerados como sujetos pasivos de la Agencia de Calidad de la Educación, conforme a la ley N 20.730 y su Reglamento.
Resuelvo: Primero: Apruébase la siguiente nómina que establece como sujetos pasivos de la ley Nº 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representan intereses particulares ante las autoridades y funcionarios, a las personas que ejercen los siguientes cargos y funciones en la Agencia de Calidad de la Educación, en calidad de titulares, subrogantes o suplentes: I. Secretario/a Ejecutivo/a II. Jefes/as de las Divisiones, Departamentos o Unidades, y del/de la funcionario/aque a continuación se indican: A. Secretaría Ejecutiva: 1. Jefatura de Gabinete. 2. Jefatura del Departamento de Auditoría. 3. Jefatura del Departamento Jurídico. 4. Jefatura del Departamento de Planificación y Gestión Estratégica. 5. Jefatura del Departamento de Educación Parvularia. 6. Jefatura de la Unidad de Gestión y Ciencia de Datos. 7. Jefatura de Gabinete. B. División de Evaluación de Logros de Aprendizaje: 1. Jefatura de la División de Evaluación de Logros de Aprendizaje. 2. Jefatura del Departamento de Evaluaciones de Aprendizaje. 3. Jefatura del Departamento de Operaciones de Campo. 4. Jefatura del Departamento de Procesamiento y Análisis. 5. Jefatura de la Unidad de Control de Gestión. C. División de Evaluación y Orientación de Desempeño: 1. Jefatura de la División de Evaluación y Orientación de Desempeño. 2. Jefatura del Departamento de Evaluación de Procesos de Gestión Educativa. 3. Jefatura del Departamento de Orientación al Sistema Educativo. 4. Jefatura del Departamento de Coordinación de Macrozonas. 5. Jefatura del Departamento de Planificación y Operaciones. 6. Jefatura de la Unidad de Control de Gestión. D. División de Estudio y Gestión de Conocimiento: 1. Jefatura de la División de Estudio y Gestión de Conocimiento. 2. Jefatura del Departamento de Estudios Nacionales e Internacionales. 3. Jefatura del Departamento de Diseño de Instrumentos y Análisis de Datos. 4. Jefatura de la Unidad de Control de Gestión. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2812743 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.458 Martes 26 de Mayo de 2026 Página 3 de 3 E. División de Información a la Comunidad: 1. Jefatura de la División de Información a la Comunidad. 2. Jefatura del Departamento de Gestión de Reportes. 3. Jefatura del Departamento de Comunicación y Gestión de Comunidades. 4. Jefatura del Departamento de Gestión de Orientaciones. 5. Jefatura de la Unidad de Participación Ciudadana. 6. Jefatura de la Unidad de Control de Gestión. F. División de Administración y Finanzas: 1. Jefatura de la División de Administración y Finanzas. 2. Jefatura del Departamento de Finanzas. 3. Jefatura del Departamento de Gestión y Desarrollo de las Personas. 4. Jefatura del Departamento de Compras y Servicios Generales. 5. Jefatura del Departamento de Tecnologías de la Información y Comunicación. 6. Jefatura de la Unidad de Planificación y Control de Gestión. 7. Encargado/a de Capacitación, perteneciente al Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas. III. Encargados/as de las Macrozonas Regionales: 1. Encargado/a de la Macrozona Norte. 2. Encargado/a de la Macrozona Centro-Norte. 3. Encargado/a de la Macrozona Centro-Sur. 4. Encargado/a de la Macrozona Sur. 5. Encargado/a de la Macrozona Austral. IV. Los/as cinco integrantes del Consejo de la Agencia de Calidad de la Educación.
Segundo: Publíquese la presente resolución exenta en el Diario Oficial de la República, en conformidad al artículo 48, letra b), de la ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, y publíquese también en el sitio electrónico de Transparencia Activa de la Agencia de Calidad de la Educación, conforme al artículo 4º inciso segundo de la Ley del Lobby. Anótese, comuníquese y publíquese. - Gino Francisco Cortez Bolados, Secretario Ejecutivo, Agencia de Calidad de la Educación. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2812743 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl