CHAÑAR G 15 1/60 / Minera Freeport-Mcmoran South America Limitada
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 44.429 Lunes 20 de Abril de 2026 Página 1 de 2 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2797300 FOJAS 475 VTA Nº 225 MANIFESTACION MINERA SUSTANCIAS CONCESIBLES CHAÑAR G 15 1/60 COORDENADAS U.T.M. NORTE: 7.066.500 ,00 MTS. ESTE: 403.500 ,00 MTS. COMUNA DE DIEGO DE ALMAGRO, PROVINCIA DE CHAÑARAL, REGION DE ATACAMA MINERA FREEPORT-MCMORAN SOUTH AMERICA LIMITADA REP. 237 Diego de Almagro, a siete de abril de dos mil veintiséis.
Inscribo la siguiente Manifestación Minera: Materia : Manifestación Minera (Concesión de Explotación) Código de Materia : M01 Procedimiento : Voluntario DEMANDANTE : Minera Freeport-McMoRan South America Limitada RUT Demandante : 78.273.180-7 Apoderado : Gonzalo Larroulet Irarrázaval C.N.I. Apoderado : 15.644.249-6 EN LO PRINCIPAL: Manifestación Minera. EN EL PRIMER OTROSÍ: Se tenga presente. EN EL SEGUNDO OTROSÍ: Acompaña Documentos. EN EL TERCER OTROSÍ: Acredita Personería. EN EL CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y Poder. S.J.L.
Gonzalo Larroulet Irarrázaval, chileno, casado, abogado, RUT 15.644.249-6, en representación de Minera Freeport-McMoRan South America Limitada, empresa chilena, giro minería, RUT 78.273.180-7, ambos domiciliados para estos efectos en Rosario Norte N 100, Piso 17, Las Condes, Santiago, a US., respetuosamente digo: Que haciendo uso del derecho que me confiere la concesión minera de exploración vigente denominada “CHAÑAR G15”, cuya sentencia constitutiva corre inscrita a Fojas 2526 vta, N1685, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Diego de Almagro al año 2022, de dominio de mi representada, vengo en manifestar para Minera Minera Freeport-McMoRan South America Limitada un yacimiento de sustancias concesibles, ubicado en la Comuna de Diego de Almagro, Provincia de Chañaral, Región de Atacama. El Punto de Interés tiene las siguientes coordenadas U.T.M. Norte: 7.066.500 ,00 metros, Este: 403.500 ,00 metros. Las pertenencias solicitadas son 60, las que se denominarán “CHAÑAR G15 1/60” sucesiva y correlativamente.
La cara superior de cada una de ellas tendrá una superficie de 5 hectáreas, cubriendo un total de 300 hectáreas, en un rectángulo cuyos lados orientados en dirección Norte-Sur medirán 1.000 metros cada uno y los otros dos orientados en dirección Este-Oeste medirán 3.000 metros cada uno. Se hace notar que las coordenadas, distancias y direcciones mencionadas pertenecen a la proyección U.T.M. correspondiente al Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Zona 19.
POR TANTO, conforme lo expuesto y lo dispuesto en el Artículo 44 del Código de Minería, RUEGO A US, se sirva tener por presentada esta manifestación y ordenar su inscripción y publicación conforme lo dispuesto en el Artículo 48 del Código de Minería, y en definitiva constituir para mi representada la concesión minera de explotación solicitada.
PRIMER OTROSI: Ruego a US., se sirva tener presente de acuerdo al Artículo 41 del Código de Minería, que para todos los efectos legales debe tenerse como fecha de presentación de esta manifestación el día de presentación del pedimento que dio origen a la concesión de exploración citada en lo principal, vale decir el 22 de noviembre de 2021.
SEGUNDO OTROSI: Acreditando lo expuesto en lo principal, y conforme a lo dispuesto en el Art. 18 del Reglamento del Código de Minería, Ruego a US., tener por acompañado en este acto, copia de inscripción de la sentencia constitutiva de la concesión de exploración “CHAÑAR G15” que rola a Fojas 2526 vta, N 1685, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Diego de Almagro correspondiente al año 2022.
TERCER OTROSI: Ruego a US., tener presente que mi personería para actuar en representación de Minera Freeport-McMoRan South America Limitada, consta por escritura pública de fecha 23 de Julio de 2018, otorgada ante el Notario Público de Santiago, don Luis Ignacio Manquehual Mery, cuya copia vigente y con firma electrónica se adjunta en este acto.
CUARTO OTROSI: Sírvase S.S. tener presente que, en mi calidad de abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, asumiré personalmente el Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2797300 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.429 Lunes 20 de Abril de 2026 Página 2 de 2 patrocinio de esta causa, con poder suficiente conforme a mi personería y además señalo la casilla de correo electrónico que servirá como medio de comunicación y/o notificación: glarroul@fmi.com. Por tanto, sírvase tenerlo presente.
FOJA: 2. - dos. - NOMENCLATURA : 1. [4729]Certificado ingreso solicitud JUZGADO : Juzgado de Letras de Diego de Almagro CAUSA ROL : V-568-2026 CARATULADO : MINERA FREEPORT - MCMORAN/ CERTIFICO: Que la manifestación minera que antecede fue presentada en la bandeja virtual, con fecha de 01 de abril de 2026, a las 10:05 horas y se registró en el libro virtual de pedimentos y manifestaciones mineras bajo el N565. Diego de Almagro, 01 de abril de 2026. Sebastián Nicolás Astudillo Astorga Secretario PJUD uno de abril de dos mil veintiséis 15:16 UTC-3 Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: KPEQCXMJCXP.
FOJA: 3. - tres. - NOMENCLATURA : 1. [4690]Ordena Inscribir y Publicar JUZGADO : Juzgado de Letras de Diego de Almagro CAUSA ROL : V-568-2026 CARATULADO : MINERA FREEPORT - MCMORAN/ Diego de Almagro, uno de abril de dos mil veintiséis. A la solicitud, de folio 1. se resuelve : A lo principal; Téngase por presentada la manifestación minera que antecede. Inscríbase y publíquese en el Boletín Oficial de Minería. Al primer otrosì: Téngase por presentada la manifestación con fecha, 22 de noviembre de 2021, en virtud de lo establecido en el Artículo 41 del Código de Minería. Al segundo otrosí Téngase por acompañado documentos. Al tercer otrosí: Téngase presente. Al cuarto otrosí: Téngase presente el patrocinio y por conferido el poder.
Que, respecto a lo dispuesto en los artículos 35,50 y 52 del Código de Minería y para dar cumplimiento a lo preceptuado en estas normas en cuanto a las copias autorizadas requeridas para estos efectos, obténgase, por el peticionario, copia de la solicitud y su proveído, así como del certificado de ingreso, directamente de la Oficina Judicial Virtual (OJV), para el cumplimiento de lo ordenado atendido lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N20.886.
Dese estricto cumplimiento por el abogado de la solicitante dentro de tercer día a lo preceptuado en el artículo 49 del Código de Procedimiento Civil, en orden a designar un domicilio dentro del radio urbano de funcionamiento del Tribunal. Además, deberá designar un medio de notificación electrónico que se califique como expedito y eficaz, bajo apercibimiento de serles notificadas por estado diario todas las resoluciones que se dicten en lo sucesivo en el proceso. Proveyó el Juez que suscribe mediante firma electrónica avanzada. Diego de Almagro, uno de abril de dos mil veintiséis, se notificó por el estado diario, la resolución que precede. RAH. Roberto Javier Gahona Rojas Juez PJUD Uno de abril de dos mil veintiséis 13:34 UTC-3.
Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: VYQDCXWHXXP Conforme con la copia del original que se archiva en esta oficina bajo los números ochocientos sesenta y siete al ochocientos setenta y uno. Requirió doña JAVIERA CELIS. CONFORME CON SU INSCRIPCION QUE CORRE A FOJAS 475 VTA N 225 DEL REGISTRO DE DESCUBRIMIENTOS DE ESTE CONSERVADOR DE MINAS CORRESPONDIENTE AL AÑO 2026 DIEGO DE ALMAGRO 07 ABRIL 2026. JUAN JOSE CARVAJAL PALACIOS NOTARIO CONSERVADOR DE BIENES RAICES COMERCIO MINA Y ARCHIVERO JUDICIAL DIEGO DE ALMAGRO - CHILE. Notario y Conservador Juan José Carvajal Palacios Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e integra de CHAÑAR G 15 1/60 otorgado el 7 de abril de 2026 reproducido en las siguientes paginas. Diego de Almagro, 7 de abril del 2026.
Notario y Conservador Juan José Carvajal Palacios Bernardo O'Higgins #408, ciudad y comuna de Diego de Almagro Us: EM Fecha: 07/04/2026 11:04 Documento Firmado Electrónicamente Por: JUAN JOSE CARVAJAL PALACIOS Razón: Ley 19.799 Ubicación: Diego de Almagro. 4262304-1775571983232 Este documento incorpora una firma electrónica avanzada, según lo indicado en la Ley Nº19.799 y en el Autoacordado de la Excma. Corte Suprema. Su validez puede ser consultada en el sitio Web www.cbrchile.cl con el código de verificación indicado sobre estas líneas. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2797300 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl