Resolución exenta número 38, de 2025.- Declara libre de Mosca del Mediterráneo Ceratitis capitata W. el área cuarentenada para el mercado de China
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.052 Sábado 18 de Enero de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2597140 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región Metropolitana DECLARA LIBRE DE MOSCA DEL MEDITERRÁNEO (CERATITIS CAPITATA W. ) EL ÁREA CUARENTENADA PARA EL MERCADO DE CHINA (Resolución) Núm. 38 exenta. - Santiago, 8 de enero de 2025.
Vistos: Lo dispuesto en la Ley N 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero, modificada por la ley N 19.283 y sus modificaciones posteriores; ley Nº 18.575, de Bases Generales de Administración del Estado; Lo dispuesto en la ley N 19.880 que establece procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de administración del estado; decreto con fuerza de ley N 29, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834 ; lo dispuesto en el decreto ley N 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; resolución N 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República; resolución N 3.513 de 1995, que declara a Chile como país libre de la Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied. ), modificada por la resolución N 1.095 de 2000, ambas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución exenta N 931 de fecha 5 de abril de 2024 que estableció las regulaciones cuarentenarias y el área cuarentenada en la comuna de San Bernardo, para el mercado de China, de 27.2 km de radio; las resoluciones exentas N 1.116 de fecha 18 de abril de 2024, N 1.703 de fecha 18 junio de 2024 y N 1.762 de fecha 26 de junio de 2024, que amplían el área cuarentenada, todas de la Dirección Regional Metropolitana del Servicio Agrícola y Ganadero, y la resolución exenta RA 240/1323/2023, del Servicio Agrícola y Ganadero, que designa Director Regional Metropolitano a Claudio Ternicier González; Considerando: 1.
Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en cumplimiento de las resoluciones exentas, N 931 de fecha 5 de abril de 2024, N 1.116 de fecha 18 de abril de 2024, N 1.703 de fecha 18 junio de 2024 y N 1.762 de fecha 26 de junio de 2024 todas de la Dirección Regional Metropolitana, han aplicado todas las medidas fitosanitarias correspondientes en el Área cuarentenada, de la comuna de San Bernardo por un periodo equivalente a tres ciclos biológicos teóricos de la plaga, sin detectar la ocurrencia de nuevas capturas o estados inmaduros. 2.
Que de acuerdo al modelo de días grados utilizados por el Servicio Agrícola y Ganadero para estimar los ciclos biológicos teóricos del insecto, el día 8 de enero de 2025 se han cumplido los tres ciclos biológicos después de la última captura detectada en el Área cuarentenada el día 20 de mayo de 2024, periodo requerido para declarar la erradicación de la plaga y suspender regulaciones cuarentenarias en el área cuarentenada de la comuna de San Bernardo. Resuelvo: 1.
Declárese libre de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), el Área cuarentenada de la comuna de San Bernardo de la Provincia de Maipo, Región Metropolitana, establecida mediante resoluciones exentas N 931, N 1.116, N 1.703 y N 1.762, todas de la Dirección Regional Metropolitana, y suspéndase la disposición de las medidas fitosanitarias establecidas en dicha resolución para la erradicación del brote de Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied) y las medidas cuarentenarias establecidas para el mercado de China. Sin Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2597140 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.052 Sábado 18 de Enero de 2025 Página 2 de 2 embargo las medidas fitosanitarias se seguirán aplicando para los predios que producción cerezas como especie hospedera deMosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied). 2.
Deróguese las resoluciones exentas N 931, N 1.116, N 1.703 y N 1.762 de la Dirección Regional del Servicio Agrícola y Ganadero, que estableció las regulaciones cuarentenarias y el Área cuarentenada en la comuna de San Bernardo y aplíquese lo dispuesto en la resolución N 3.513 de 1995 que declara a Chile como país libre de la plaga Mosca del Mediterráneo (Ceratitis capitata Wied), modificada por la resolución 1.095 de 2000, ambas de la Dirección Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero. Anótese, comuníquese y publíquese. - Claudio Armando Ternicier González, Director Regional Servicio Agrícola y Ganadero, Región Metropolitana de Santiago. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2597140 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl