Solicitud Espinoza Rubio Patricio
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.439 Sábado 2 de Mayo de 2026 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2802052 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Dirección General de Aguas / Solicitudes de Derechos de Aguas COMUNA DE ARICA Solicitud de regularización de derecho de aprovechamiento de aguas superficiales PATRICIO ESPINOZA RUBIO, RUT N 5.517.419 -9, chileno, agricultor, declara que es propietario del Predio denominado Parcela N 29, ubicada en el sector denominado La Fábrica, Las Animas del Valle de Chaca, de la comuna y provincia de Arica; terreno que es regado con las aguas del Canal Cuatro Oriente, el derecho original señala que las aguas se captan en forma gravitacional desde un punto ubicado a 1.280 mts. aguas arriba del Puente de Chaca, en la orilla derecha del río de Chaca Vitor, en la comuna y provincia de Arica, Región de Arica y Parinacota, y las coordenadas que corresponden al Punto de Captación, Datum WGS 84 Huso 19 S, 378.504 E - 7.919.983 N. Estos derechos originalmente fueron inscritos a fs. 25 N 18 del año 1993 en el CBR. de Arica, a nombre de la Sra.
María Teresa González Hernadez; el derecho de aprovechamiento de aguas que corresponde a los Comuneros es de carácter consuntivo, de ejercicio permanente y alternado; y consiste en 36 acciones que constituyen la dotación del Canal Cuatro Oriente y representan 6 horas de riego cada 8 días con un caudal de 25 litros por segundo.
El tiempo turnal de riego que le corresponde a la Parcela 29 según escrituras es de 2 horas cadas 8 días, desde siempre las aguas de acuerdo al turno respectivo se han utilizado en el riego de la Parcela N 29, aun cuando la inscripción de los Derechos de Aguas no se ha realizado a nombre del suscrito, que por razones de desconocimiento de la legislación no se efectuaron en su oportunidad.
En la actualidad, y en la idea de regularizar el derecho, es que vengo en solicitar a Uds. en virtud del Art. 2 Transitorio del Código de Aguas, ya que el ejercicio del derecho se ha realizado libre de clandestinidad o violencia y sin reconocer dominio ajeno, por cuanto tal como se indica en el Mandato Especial que se adjunta, otorgado por Sra.
María Teresa Alicia González Hernández, específicamente al suscrito Patricio Espinoza Rubio, para que efectúe la regularización de los Derechos de Aprovechamiento de Aguas Superficiales que le corresponden a la Parcela N 29, en el Canal 4 Oriente del río Chaca Vitor, por lo expuesto, es que vengo en solicitar regularización de aguas superficiales y corrientes, que corresponden a 12 acc., con un caudal de 25 l/s., cada 8 días, en el Canal 4 Oriente. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2802052 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl