CENTRO MÉDICO OTOMED SpA 78.342.380-4*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.445 Sábado 9 de Mayo de 2026 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2808094 EXTRACTO CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa número mil cuatrocientos cincuenta, local uno de esta ciudad, CERTIFICO: Que con fecha 17 de abril de 2026 se celebró JUNTA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS del CENTRO MÉDICO OTOMED SpA, cuya acta fue reducida a escritura pública con fecha 17 de abril de 2026, Repertorio N 2101, en este mismo oficio notaria, por medio de la cual se modificó la sociedad CENTRO MÉDICO OTOMED SpA, Rol Único Tributario número 78.342.080-4, que rola inscrita a Fojas 3789, Número 3124, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1993, en el siguiente tenor: Se modificó la escritura de constitución reemplazando los artículos Primero, Tercero y Duodécimo, por los siguientes: “ARTÍCULO PRIMERO: NOMBRE. Se constituye una sociedad por acciones con el nombre o razón social “OTOMED SpA” (La sociedad)”. “ARTÍCULO TERCERO: OBJETO.
La Sociedad tendrá por objeto: a) la prestación de servicios en las diversas especialidades de la medicina, en especial las relacionadas con la otorrinonaringología; b) la prestación de servicios profesionales en el área de la odontología en sus diversas ramas; c) la realización de inversiones en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones y derechos en sociedades, y toda clase de valores mobiliarios de oferta pública o no; d) la compra, venta, importación y exportación de bienes muebles; e) la administración de estas inversiones y la percepción de sus frutos; f) La prestación de servicios profesionales en las diversas ramas o especialidades de la odontología, tanto en clínicas, hospitalescomo en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o a beneficiarios del Fondo Nacional de la Salud o Institutos de Salud Provisionales, Servicios de Bienestar de organismos del sector público o privado; g) El perfeccionamiento científico y académico de sus socios; h) La compra, venta, creación construcción instalación, administración o arriendos de clínicas, sanatorios, consultorios, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casas de reposo y, en general, cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, fisiológica, física, psíquica, y estética de enfermos y personas; i) La compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, representación, distribución y comercialización, al mayor o al detalle, sean de procedencia nacional o extranjera, de todo tipo de bienes muebles, especialmente equipos técnicos profesionales, instrumental odontológico, insumos, accesorios y repuestos para ellos; j) Las prestación de toda clase de asesorías, consultorías y servicios relacionados con todo lo anterior, pudiendo formar parte de toda clase de sociedades y asociaciones cuyo objeto se relacione en alguna forma con el presente giro o coadyuve a su realización. Todo por cuenta propia o ajena; f) las demás actividades directamente relacionadas con las anteriores que los socios acuerden”. “ARTÍCULO DUODÉCIMO: DE LA ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL.
La sociedad será administrada por el accionista don JAVIER ANDRÉS DARLIC EMPARANZA, quien la ejercerá con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes y, especialmente, con las indicadas en el artículo décimo tercero siguiente.
El accionista administrador ejercerá la administración directamente y/o a través de mandatarios o gerentes designados por escritura pública, o en caso de otorgarse en el extranjero por instrumento privado debidamente legalizado y protocolizado, en ambos casos debiendo tomarse nota al margen de la inscripción social. En igual forma, se procederá para la sustitución o reemplazo de estos mandatarios o gerentes y para la modificación de facultades o revocación de sus nombramientos.”.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 17 de abril de 2026. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2808094 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl