AGRÍCOLA IRARRÁZAVAL ZEGERS LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.344 Viernes 9 de Enero de 2026 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2752294 EXTRACTO GUILLERMO ANDRÉS ROSSEMBLATT PRADENAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de Yungay, con oficio en Arturo Prat 289, Yungay, certifica: Por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2025, Repertorio N 1594-25, otorgada ante mí, don FERNANDO GALO IRARRÁZAVAL BUSTOS, chileno, casado, ingeniero comercial, cédula de identidad N 4.377.555 -3, domiciliado en Fundo Dañicalqui S/N, Yungay; don JOSÉ MANUEL IRARRÁZAVAL ZEGERS, chileno, casado, ingeniero agrónomo, cédula de identidad N 9.894.986 -0, domiciliado en av. Los Urbanistas N 380, torre 2, departamento 401, Temuco; don FERNANDO ANDRÉS IRARRÁZAVAL ZEGERS, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero agrónomo, cédula de identidad N 9.894.982 -8, domiciliado en av.
Los Peumos N 10.200, Casa 41, Lo Barnechea, Santiago; y doña LUZ MARÍA ISIDORA IRARRÁZAVAL ZEGERS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, diseñadora, cédula de identidad N 9.894.900 -3, domiciliada en calle Espoz N6324, Vitacura, Santiago, y de paso en esta, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, la cual se regirá por las disposiciones de la ley N3.918 y sus modificaciones, las normas del Código Civil y de Comercio que le sean aplicables, y, en especial, por los estatutos contenidos en la escritura extractada. Razón social: AGRÍCOLA IRARRÁZAVAL ZEGERS LIMITADA, pudiendo funcionar y actuar inclusive ante bancos, entidades financieras o cualesquier organismo público o privado con la sigla comercial o nombre de fantasía de AGRÍCOLA IRARRÁZAVAL ZEGERS LTDA. Domicilio: Yungay, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero.
Objeto: Los objetos de la sociedad serán: a) La explotación agrícola y ganadera, por cuenta propia o ajena, de toda clase de bienes raíces rurales o agrícolas, ya sea en calidad de propietaria, usufructuaria o a cualquier otro título, como, asimismo, la producción, compra, venta, importación, exportación de ganado y, en general, la comercialización de toda clase de productos agrícolas y ganaderos; y la prestación de servicios derivados de la misma actividad; b) La compra, venta, adquisición y, en general la enajenación, ya sea por cuenta propia o de terceros, de toda clase de bienes raíces, agrícolas y no agrícolas, como asimismo, la planificación y desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios dentro del país y/o en el extranjero, tales como la subdivisión de todo tipo de inmuebles, la realización de loteos y urbanizaciones, la venta de parcelas, lotes y unidades que resulten de las referidas subdivisiones y urbanizaciones, con o sin derechos de aprovechamiento de aguas y la comercialización de toda clase de bienes inmuebles; c) La inversión en toda clase de fondos mutuos, depósitos a plazo, efectos de comercio, y, en general en todo tipo de instrumentos financieros, como asimismo, la explotación rentística de acciones de sociedades anónimas, la realización de inversión pasiva en bienes muebles, corporales o incorporales, y en toda clase de bienes raíces, sean éstos agrícolas y/o no agrícolas pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; d) Arrendamiento y subarrendamiento de bienes raíces agrícolas y/o no agrícolas, sean estos urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; el arrendamiento con opción de compra de toda clase de inmuebles, conocidos comúnmente como operaciones de leasing; e) La importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales y de productos del agro en general; y f) La compra, venta y comercialización de maquinaria, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates, licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones y consignaciones. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas.
Duración: 5 años contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 3 meses Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2752294 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Capital: $30.000.000. - que los socios aportaron y pagaron en la siguiente forma: Uno. - Don FERNANDO GALO IRARRÁZAVAL BUSTOS, aportó la suma de $29.100.000. -, equivalentes al 97% del capital social, que pagó, al contado y en dinero efectivo, los que ingresaron en este acto en arcas de la sociedad; Dos. - Don JOSÉ MANUEL IRARRÁZAVAL ZEGERS aportó la suma de $300.000. -, equivalentes al 1% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo, los cuales ingresaron en este acto en arcas de la sociedad; Tres. - Don FERNANDO ANDRÉS IRARRÁZAVAL ZEGERS aportó la suma de $300.000. -, equivalentes al 1% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo, los cuales ingresaron en este acto en arcas de la sociedad; Cuatro. - Doña LUZ MARÍA ISIDORA IRARRÁZAVAL ZEGERS aportó la suma de $300.000. -, equivalentes al 1% del capital social, que pagó al contado y en dinero efectivo, los cuales ingresaron en este acto en arcas de la sociedad. En razón de estos aportes, el capital se encuentra totalmente suscrito y pagado. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don FERNANDO GALO IRARRÁZAVAL BUSTOS, quien anteponiendo su firma a la razón social representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, inclusive para la ejecución de actos y celebración de contratos para los cuales las leyes requieran poderes o facultades especiales, sin que sea necesario, para ello, otorgarle poder alguno ni acreditarlo ante terceros.
En caso de que don FERNANDO GALO IRARRÁZAVAL BUSTOS se vea imposibilitado de ejercer su cargo, la administración de la sociedad pasará a ser ejercida en forma inmediata sin necesidad de ninguna modificación de los estatutos sociales por los otros tres socios, quienes actuarán siempre en forma conjunta y con las mismas facultades del Administrador faltante y que están establecidas en estos estatutos y en la ley. Se entiende don FERNANDO GALO IRARRÁZAVAL BUSTOS imposibilitado de ejercer su cargo conforme se indica en el artículo décimo. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Yungay 6 de enero de 2026. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2752294 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl