EXTRACTOS: ENJOY S.A. - BANCO DE CHILE
EXTRACTOS: ENJOY S.A. BANCO DE CHILE AVISO CITACIÓN A JUNTA EXTRAORDINARIA DE TENEDORES DE BONOS ENJOY S.A.
Bonos Serie S Inscripción en el Registro de Valores N* 1060 de fecha 14 de enero de 2021 Banco de Chile, en su carácter de representante de los tenedores de bonos de la Serie S (el "Representante" y los "Bonos Serie S", respectivamente, ) emitidos por Enjoy SAA, (el "Emisor"), según el contrato de emisión de bonos desmaterializados, dd monto fijo otorgado por escritura pública de fecha 4 de noviembre de 2020, en la Notaría de Santiago de don Álvaro González Salinas bajo el Repertorio N* 40796-2020 (en adelante el "Contrato de Emisión"), en virtud del Artículo 122 N*1 de la Ley N* 18.045 de mercado de valores, por justificarlo el interés de los tenedores de los Bonos Serie S, cita a los tenedores de Bonos Serie $ a junta extraordinaria de tenedores de bonos (la "Junta", ), a efectuarse el día lunes 22 de julio de 2024, a las 11:00 horas, por medios tecnológicos que permitan la participación y votación a distancia según se indicará más adelante, sin perjuicio de que para efectos legales el Representante fa el domicilio de la reunión en Ahumada 251, comuna y ciudad de Santiago, con el objeto de informar y someter a consideración yaa votación de los tenedores de Bonos Serie S las siguientes materias: 1.
Tomar conocimiento de la propuesta de Acuerdo Reorganización Judicial del Emisor presentada con fecha 26 de junio de 2024 ante el 8" Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol C-1590-2024, y sus modificaciones, si correspondiere (en adelante, la "Propuesta de ARJ"), y votar por su aprobación o rechazo. Asimismo, tomar conocimiento, en el caso que sea emitido antes de la Junta, del Informe del Veedor sobre la Propuesta de ARJ. 2.
De conformidad con la Propuesta de ARJ y de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 64 dela Ley N* 20.720, aprobar o rechazar aquellas condiciones más favorables a otros acreedores de la misma clase o categoría bajo la Propuesta de ARJ, 3.
Facultar ampliamente al Representante y/o a los abogados designados al efecto, para comparecer y que se pronuncien y voten a través del registro de votos o en la Junta de Acreedores, en su continuación en caso del Artículo 82 de la Ley N* 20.720 acerca de la Propuesta de ARJ o en alguna nueva Junta dle Acreedores que se cite al efecto o en razón de lo dispuesto en los Artículos 88 y 96 de la Ley N* 20.720, acerca de una nueva propuesta de Acuerdo de Reorganización Judicial del Emisor u otra nueva que se presente o cualquier otra materia que se someta a votación en las mismas, y conferirles las facultades previstas en el Artículo 57 N* 6 de la Ley N? 20.720 para aprobar o rechazar la Propuesta de ARJ y pronunciarse, de ser conveniente para el interés de los bonistas, respecto de eventuales proposiciones de modificación a la Propuesta de ARJ que ocurran después de la Junta, de conformidad con los Artículos 79 y siguientes de la Ley N* 20.720, así como participar en cualquier procedimiento gue pudiere tener lugar con ocasión de la impugnación, incumplimiento o nulidad del acuerdo de reorganización judicial o cualquier recurso relacionado con la Propuesta de ARJ en defensa de la decisión adoptada por los tenedores de Bonos Serie S. 4.
Facultar ampliamente al Representante para que, en caso de ser aprobada la Propuesta de ARJ, pueda, en su calidad de Representante de los tenedores de Bonos Serie S:(1) ejecutar todos los actos y suscribir todos los documentos que sean necesarios para implementar el acuerdo de reorganización judicial del Emisor que sea aprobado; y (lí) facultarlo ampliamente para participar como miembro de la Comisión de Acreedores con las atribuciones y deberes establecidos en el Artículo 69 de la Ley N*20.720 y los que establezca la Propuesta de AR, 5.
Someter a consideración de la Junta cualquier asunto que se relacione directa o indirectamente con el procedimiento concursal de reorganización que se tramita ante el 8* Juzgado Civil de Santiago, bajo el rol (C-1590-2024, y adoptar todos los demás acuerdos que se requieran con el objeto de hacer valer los derechos que correspondan a los tenedores de Bonos Serie S en el procedimiento concursal de reorganización antes referido y/o que fueren necesarios para cumplir y llevar a efecto las decisiones adoptadas por la Junta, y participar en Comisiones de Acreedores mientras se designan sus miembros definitivos. 6.
En pa adoptar todos los acuerdos que se requieran para cumplir y llevar a efecto las decisiones adoptadas en la Junta, Tendrán derecho a participar en esta Junta: (1) los tenedores de Bonos Serie S que, al quinto día hábil anterior a la fecha de celebración de la Junta, figuren con 1 pestón, en los Bonos Serie S, según sea informado al Emisor por el Depósito Central de Valores S.A.
Depósito de Valores, de conformidad con el Artículo 12 de la Ley N 18.876, que a su vez acompañen el certificado a que se refiere el artículo 32 del Reglamento de la Ley N* 18.878 : y (il) los tenedores de Bonos Serie S que hayan solicitado la emisión material de uno o más títulos y que se inscriban con a lo menos cinco días hábiles de anticipación a la fecha de celebración de la Junta en el registro especial que el Emisor abrirá para tal efecto y que se encuentre disponible en las oficinas del Representante en Ahumada N*251, Santiago.
Podrán inscribirse en dicho registro especial los tenedores de Bonos Serie S que exhiban los títulos correspondientes o los certificados de custodia de dichos títulos emitidos por una institución autorizada, siempre que estos expresen la emisión, la serte, el número de Bonos Serie S que comprenden y su valor nominal. Los tenedores de Bonos Serie S podrán hacerse representar en la Junta por mandatarios, mediante carta poder.
La calificación de poderes se realizará durante Jos días previos a la Junta, para lo cual se requiere a los tenedores de Bonos Serie S hacer llegar sus poderes hasta las 18:00 horas del día anterior a la Junta, al correo electrónico calificapoderesObancochlle. cl. Dichos poderes y la calificación de los mismos se regirán por lo dispuesto en el Artículo 127 de la Ley de Mercado de Valores.
De conformidad a lo dispuesto en la Norma de Carácter General N* 435 y al Oficio Circular N* 1141, ambos de 18 de marzo de 2020, de la Comisión para el Mercado Financiero, el Representante habilitará mecanismos para que los tenedores de Bonos Serie S y demás personas que deban asistir a la Junta, puedan asistir, participar y votar de manera remota en la misma, Para dichos efectos, se encuentra disponible en el sitio web https://juntatenedoresenjoy.evoting.cl la documentación que contiene las instrucciones, términos y condiciones a los que se sujetará la asistencia, participación y votación remota de los tenedores de Bonos Serie S en la Junta.
En caso de que los tenedores de Bonos Serie S, o cualquier otra persona o entidad habilitada para asistir a fa Junta, requieran información o soporte adicional para su Participación en la misma, pueden contactarse al correo electrónico consultaGevoting. cl. Banco de Chile Representante de los Tenedores de Bonos Santiago, julio de 2024. Santiago, julio de 2024. Santiago, julio de 2024..