Resolución exenta número 4.211, de 2024.- Reconoce a la República Argentina como país libre de Influenza aviar de alta patogenicidad
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.891 Jueves 4 de Julio de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2513233 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Dirección Nacional RECONOCE COMO PAÍS LIBRE DE INFLUENZA AVIAR DE ALTA PATOGENICIDAD (IAAP) A LA REPÚBLICA DE ARGENTINA (Resolución) Núm. 4.211 exenta. - Santiago, 26 de junio de 2024.
Vistos: La Ley N 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley N 18.164, que introduce modificaciones a la Legislación Aduanera; el decreto con fuerza de ley RRA N 16 de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre Sanidad y Protección Animal; el decreto N 389/2014, que establece enfermedades de declaración obligatoria para la aplicación de medidas sanitarias; el decreto N 17 de 2023, que nombra al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto N 16 de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (OMC) y los Acuerdos Anexos, entre ellos el de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; las recomendaciones del código sanitario para los animales terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA); la resolución exenta N 1.150/2000, del Servicio Agrícola y Ganadero, que modifica exigencias sanitarias para importación de animales y productos de origen animal; el informe de la visita en terreno, con fecha abril 2024, del Departamento de Sanidad Animal y el Departamento Red SAG de Laboratorios del Servicio; y la resolución N 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece los actos administrativos exentos del trámite de toma de razón. Considerando: 1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG o Servicio) es el organismo público garante de la sanidad animal. 2.
Que, es función del SAG, adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al país de agentes infectocontagiosos causantes de enfermedades que afecten a los animales, determinando las acciones de prevención que se requieran con este objeto. 3. Que, es necesario un reconocimiento explícito de la condición sanitaria de los países y regiones que desean exportar a Chile, basándose en la condición de "país o zona libre" de determinadas enfermedades. 4. Que, existen recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) para el reconocimiento de países y zonas libres de enfermedades. 5. Que, el 7 de agosto de 2023, Argentina, a través de su Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), se autodeclaró nuevamente libre de influenza aviar altamente patógena (IAAP) ante la OMSA. 6. Que, el Senasa ha entregado todos los antecedentes solicitados por el SAG para acreditar la situación sanitaria de libre de IAAP. 7.
Que, dichos antecedentes han sido verificados en terreno por el Servicio, de acuerdo al capítulo 10.4 del Código Sanitario de los Animales Terrestres de la OMSA, resultando en una evaluación favorable de la condición sanitaria de IAAP para Argentina. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2513233 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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