Autor: Claudia López Moncada Departamento de Informática UTFSM, más decenas de académicos y profesionales de la UTFSM y otras universidades
Columnas de Opinión: Equidad de género en la educación superior
Columnas de Opinión: Equidad de género en la educación superior E n una reciente columna en El Mercurio de Valparaíso, Rodrigo Diaz Yubero critica la incorporación de un módulo obligatorio sobre equidad de género en la Universidad que es vulnerada? Porque cada curso de la UTFSM, la mayoría obligatorios, tiene un programa y una bibliografía básica; sin embargo, ello en nada afecta la libertad de cada docente para ofrecer su perspectiva, sus criticas y literatura complementaria; lo mismo con la libertad de conciencia (y pensamiento, agregamos), pues la universidad es un lugar en que caben todas las perspectivas, las que además son discutidas y confrontadas.
La incomodidad que algunos manifiestan frente a la obligatoriedad del curso parece esconder una resistencia más profunda: la negativa a aceptar la perspectiva de género como parte de una formación integral y la equidad de género como una tarea de justicia social y epistémica. No se trata de adoctrinar, sino de educar en el respeto a la diversidad y en la construcción de una convivencia justa e inclusiva. La equidad de género no es una ideología, sino un compromiso con la democracia, los derechos humanos y la recuperación de talentos. Como comunidad universitaria, debemos reconocer esa responsabilidad y avanzar con decisión. La UTFSM ya ha asumido ese desafio, entendiendo que la educación no sólo transmite conocimientos técnicos, sino también valores que contribuyen a una sociedad más equitativa y justa.
Por eso, referenciando a Galileo -a quien se nombra en la columnaesperamos que cursos como este contribuyan a que en nuestra comunidad universitaria se mantenga vivo el cultivo de un espíritu critico que busque corregir las desigualdades estructurales de nuestra sociedad. Técnica Federico Santa María (UTFSM), apelando a supuestas vulneraciones de la autonomía universitaria, la libertad de cátedra y la libertad de conciencia. Su exposición contiene argumentos parciales, haciendo una lectura en la que se desconoce el hecho de que la equidad de género es parte de los derechos humanos y nuestro marco legal vigente.
Realiza una referencia a la Ley 21.369, discutida y aprobada en el Congreso Nacional, sede de nuestra representatividad, que contiene orientaciones para las instituciones de educación superior que incluyen "los principios de equidad de género consagrados en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes". En la ley se indica que dichos principlos deben incorporarse en los planes curriculares y en los procesos de inducción institucional. Pero eso no significa que el Estado va a imponer a la universidad como dar cumplimiento a la norma, pues cada universidad autónomamente determinará la manera de hacer carne esas directrices. Ahora bien, si el columnista entiende la autonomia universitaria como ausencia de intervención del Estado, pues se corre el riesgo de hacer caer el sistema universitario, partiendo por su financiamiento. También se refiere a la libertad de cátedra, pero nos preguntamos ¿ qué entiende por libertad de cátedra y cómo considera C Columna.