CONSTRUCTORA CONCRETAR LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.183 Jueves 26 de Junio de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2664319 EXTRACTO JAIME TRUJILLO ESPINOZA, Notario Público de Talcahuano SUPLENTE del titular GASTON ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, con oficio en Avenida Jorge Alessandri N 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, comuna de Talcahuano, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 23 de junio de 2025, repertorio N 1.415 / 2025, ante mí, don GONZALO RODRIGO OSORIO JARA, chileno, empresario, casado, C.I. 12.553.155-5, domiciliado en calle Bellavista 1556, Concepción; y don MAURICIO HERNÁN RUIZ MORENO, chileno, empresario, casado, C.I. 15.944.107-5, domiciliado en Villa La Pradera, casa 6164, Chiguayante, CONSTITUYERON sociedad de responsabilidad limitada que se regirá por las disposiciones de la Ley 3.918; por las estipulaciones de este contrato; y, por las normas legales que versan sobre la materia y le fueren aplicables. - RAZÓN SOCIAL: “CONSTRUCTORA CONCRETAR LIMITADA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía “CONCRETAR LIMITADA”. - DOMICILIO: Concepción. - OBJETO: El objeto de la sociedad será la ejecución, por cuenta propia o de terceros, de toda clase de obras de construcción civil, industrial, comercial, habitacional y de infraestructura; la elaboración de proyectos de arquitectura, ingeniería y especialidades; la prestación de servicios de planificación, administración, inspección técnica, supervisión y gestión de obras; la ejecución de trabajos de remodelación, ampliación, conservación y mantención de edificaciones y bienes raíces; la compra, venta, importación, exportación, distribución, arriendo y subarriendo de materiales, maquinarias, equipos y herramientas relacionadas con la construcción; la celebración de contratos de obra a suma alzada, por administración o por precios unitarios; la prestación de servicios de consultoría y asesoría en materias de construcción, seguridad laboral, prevención de riesgos y eficiencia energética; y, en general, la realización de cualquier acto o contrato lícito que tenga relación directa o indirecta con los fines antes indicados, pudiendo además invertir en sociedades con objetos afines o complementarios.
Igualmente tendrá por objeto la compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; La inversión en el mercado de capitales u otros instrumentos, bienes inmuebles y muebles; La inversión o participación en cualquier tipo de sociedad, sea ésta de responsabilidad limitada, de persona, o de capital y cualquier otra actividad que relacionada o no con las anteriores, acuerden los socios. - CAPITAL: $20.000.000 aportados por los socios de la siguiente forma: a) don GONZALO RODRIGO OSORIO JARA, aporta la suma de $10.000.000, equivalente a un 50% del total del capital, que se entera y paga en este acto, en dinero efectivo, ingresando a la caja social; y b) don MAURICIO HERNÁN RUIZ MORENO, aporta la suma de $10.000.000, equivalente a un 50% del total del capital que se entera y paga en este acto, en dinero efectivo, ingresando a la caja social. - Socios limitan responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.
Utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes. - DURACIÓN: La sociedad rige a contar de la fecha de esta escritura y durará cinco años, prorrogables en forma automática, por iguales períodos, salvo que cualquiera de los socios le ponga término mediante declaración unilateral otorgada por escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro competente, dentro de los últimos 90 días al vencimiento del respectivo período. - ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: La administración y el uso de la razón social corresponderá indistintamente a cualquiera de los socios, don GONZALO RODRIGO OSORIO JARA y a don MAURICIO HERNÁN RUIZ MORENO, quienes la podrán ejercer conjunta o separadamente. - Se facultó para inscribir. - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Talcahuano, 23 de junio de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2664319 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl