Resolución exenta número 584, de 2026.- Ejecuta Acuerdo de Consejo N° 3.225, de 2026, que modifica Acuerdo de Consejo N° 2.868, de 2015, que modificó el Acuerdo de Consejo N° 2.550, de 2009, referido al Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Biobío o Comité Innova Biobío, y creó los Comité
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.461 Viernes 29 de Mayo de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2815891 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Corporación de Fomento de la Producción EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO N 3.225, DE 2026, QUE “MODIFICA ACUERDO DE CONSEJO N 2.868, DE 2015, QUE MODIFICÓ EL ACUERDO DE CONSEJO N 2.550, DE 2009, REFERIDO AL FONDO DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DE LA REGIÓN DEL BIOBÍOO COMITÉ INNOVA BIOBÍO, Y CREÓ LOS COMITÉS DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL, Y FIJÓ LAS NORMAS POR LAS CUALES DEBERÁN REGIRSE; MODIFICADO, A SU VEZ, POR LOS ACUERDOS DE CONSEJO N 2.883 Y N 2.894, AMBOS DE 2015, N 2.950, DE 2017, N 3.025, DE 2018, N 3.028, DE 2019 Y N 3.119, DE 2022”; Y MODIFICA RESOLUCIONES AFECTAS N 49, N 50 Y N 51, TODAS DE 2015 Y DE CORFO (Resolución) Núm. 584 exenta. - Santiago, 20 de mayo de 2026.
Visto: La ley N 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con fuerza de ley N 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija Normas que Regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; el Reglamento de la Corporación, aprobado por decreto supremo N 360, de 1945, del Ministerio de Economía y Comercio; el artículo 3 de la ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; lo señalado en el oficio N E79235/2025, de 14 de mayo de 2025, del Órgano Contralor, por el que informa que se abstiene de ejercer control previo de juridicidad de una resolución que modifica un reglamento de un Comité de Corfo, por cuanto, acorde a los artículos 10, punto 10.2 y 10.3 de la resolución N 36, de 2024, de ese origen, este tipo de actos se refiere a la organización y funcionamiento de unidades internas del Servicio, encontrándose exentos de dicho control; lo dispuesto en el decreto supremo N 55, de 2026, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que nombra en el cargo de Vicepresidente Ejecutivo de Corfo; y en la resolución N 36, de 2024, modificada y complementada por resolución N 8, de 2025, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1.
El Acuerdo de Consejo N 2.868, de 23 de marzo de 2015, que modificó el Acuerdo de Consejo N 2.550, de 2009, referido al “Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Biobío” o “Comité Innova Biobío”, y creó los Comités denominados “Comités de Desarrollo Productivo Regional” en cada una de las regiones del país, estando su ámbito de acción definido por el respectivo territorio regional de la división político-administrativa del país, ejecutado parcialmente por las resoluciones afectas N 49, N 50 y N 51, todas de 2015 y de Corfo, que, además, aprobaron los textos de los Reglamentos del “Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta”, del “Comité de Desarrollo Productivo Regional de Biobío” y del “Comité de Desarrollo Productivo Regional de Los Ríos”, respectivamente. 2.
Los Acuerdos de Consejo N 2.883y N 2.894, ambos de 2015; N 2.950, de 2017; N 3.025, de 2018; N 3.028, de 2019 y N 3.119, de 2022, que introdujeron modificaciones al Acuerdo de Consejo N 2.868, de 2015, ya citado, ejecutados por las resoluciones afectas N 142, N 140, N 143, todas de 2015; N 50, de 2017; N 174, de 2018; N 63, de 2019; y N 61, Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2815891 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.461 Viernes 29 de Mayo de 2026 Página 2 de 3 de 2022, respectivamente, que también modifican las resoluciones afectas N 49, N 50 y N 51, todas de 2015 y de Corfo, ya citadas, respectivamente. 3.
El Acuerdo de Consejo N 3.225, de 2026, que “Modifica Acuerdo de Consejo N 2.868, de 2015, que modificó el Acuerdo de Consejo N 2.550, de 2009, referido al Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Biobíoo Comité Innova Biobío, y Creó los Comités de Desarrollo Productivo Regional, y fijó las normas por las cuales deberán regirse; modificado, a su vez, por los Acuerdos de Consejo N 2.883 y N 2.894, ambos de 2015, N 2.950, de 2017, N 3.025, de 2018, N 3.028, de 2019 y N 3.119, de 2022”. 4. El artículo 3, de la ley N 19.880, que dispone que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una resolución de la autoridad ejecutiva competente.
Resuelvo: 1 Ejecútase el Acuerdo de Consejo N 3.225, de 2026, que “Modifica Acuerdo de Consejo N 2.868, de 2015, que modificó el Acuerdo de Consejo N 2.550, de 2009, referido al Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Biobíoo Comité Innova Biobío, y Creó los Comités de Desarrollo Productivo Regional, y fijó las normas por las cuales deberán regirse; modificado, a su vez, por los Acuerdos de Consejo N 2.883 y N 2.894, ambos de 2015, N 2.950, de 2017, N 3.025, de 2018, N 3.028, de 2019 y N 3.119, de 2022”. 2 Modifícase la resolución afecta N 49, de 2015, de Corfo, que “Ejecuta Parcialmente Acuerdo de Consejo N 2.868, de 2015, que Modifica Acuerdo de Consejo N 2.550, de 2009, referido al Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Biobíoo Comité Innova Biobíoy Crea Comités de Desarrollo Productivo Regional; y Aprueba Texto del Reglamento del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Antofagasta”, modificada por las resoluciones afectas N 142, de 2015; N 50, de 2017; N 174, de 2018; N 63, de 2019; y N 61, de 2022, todas de Corfo, en el sentido de reemplazar el artículo 12, del Párrafo 3 “Del Director Ejecutivo”, del Título II “De los Órganos y sus Atribuciones”, por el que sigue: “Artículo 12: El Comité tendrá un Director Ejecutivo, quien será designado por el Consejo Directivo del Comité, de una terna que le presente el Vicepresidente Ejecutivo de Corfo. También tendrá un Subdirector de Operación y Gestión, y, al menos, Subdirectores de Fomento Mipyme e Innovación y Emprendimiento, además de los Subdirectores Sectoriales, si dichas Subdirecciones se crearen. Los Subdirectores serán designados por el Consejo Directivo, de una terna que propondrá el Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, previo concurso público, y rendirán cuenta de sus gestiones al Director Ejecutivo. Corresponderá al Vicepresidente Ejecutivo de Corfodictar y celebrar los actos relacionados con la contratación, la modificación del contrato de trabajo y la desvinculación del Director Ejecutivo. La dictación y suscripción de los actos relacionados con la contratación de los Subdirectores, corresponderá al Director Ejecutivo del Comité.
Sin perjuicio de lo señalado en los incisos anteriores, el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación, mediante acto administrativo, podrá asignar la función de Subdirector de cualquiera de las Subdirecciones que existan en el Comité, a la persona que ejerza, ya sea en calidad de titular o suplente, el cargo de Jefe de Departamento, Grado 5, de la Planta de Directivos de Corfoen la región.
El Director Ejecutivo será subrogado por el Subdirector que designe al efecto.”. 3 Modifícase la resolución afecta N 50, de 2015, de Corfo, que “Ejecuta Parcialmente Acuerdo de Consejo N 2.868, de 2015, que Modifica Acuerdo de Consejo N 2.550, de 2009, referido al Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Biobíoo Comité Innova Biobíoy Crea Comités de Desarrollo Productivo Regional; y Aprueba Texto del Reglamento del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Biobío”, modificada por las resoluciones afectas N 140, de 2015; N 50, de 2017; N 174, de 2018; N 63, de 2019; y N 61, de 2022, todas de Corfo, en el sentido reemplazar el artículo 12, del Párrafo 3 “Del Director Ejecutivo”, del Título II “De los Órganos y sus Atribuciones”, por el que sigue: “Artículo 12: El Comité tendrá un Director Ejecutivo, quien será designado por el Consejo Directivo del Comité, de una terna que le presente el Vicepresidente Ejecutivo de Corfo. También tendrá un Subdirector de Operación y Gestión, y, al menos, Subdirectores de Fomento Mipyme e Innovación y Emprendimiento, además de los Subdirectores Sectoriales, si dichas Subdirecciones se crearen. Los Subdirectores serán designados por el Consejo Directivo, Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2815891 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.461 Viernes 29 de Mayo de 2026 Página 3 de 3 de una terna que propondrá el Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, previo concurso público, y rendirán cuenta de sus gestiones al Director Ejecutivo. Corresponderá al Vicepresidente Ejecutivo de Corfodictar y celebrar los actos relacionados con la contratación, la modificación del contrato de trabajo y la desvinculación del Director Ejecutivo. La dictación y suscripción de los actos relacionados con la contratación de los Subdirectores, corresponderá al Director Ejecutivo del Comité.
Sin perjuicio de lo señalado en los incisos anteriores, el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación, mediante acto administrativo, podrá asignar la función de Subdirector de cualquiera de las Subdirecciones que existan en el Comité, a la persona que ejerza, ya sea en calidad de titular o suplente, el cargo de Jefe de Departamento, Grado 5, de la Planta de Directivos de Corfoen la región.
El Director Ejecutivo será subrogado por el Subdirector que designe al efecto.”. 4 Modifícase la resolución afecta N 51, de 2015, de Corfo, que “Ejecuta Parcialmente Acuerdo de Consejo N 2.868, de 2015, que Modifica Acuerdo de Consejo N 2.550, de 2009, referido al Fondo de Innovación Tecnológica de la Región del Biobíoo Comité Innova Biobíoy Crea Comités de Desarrollo Productivo Regional; y Aprueba Texto del Reglamento del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Los Ríos”, modificada por las resoluciones afectas N 143, de 2015; N 50, de 2017; N 174, de 2018; N 63, de 2019; y N 61, de 2022, todas de Corfo, en el sentido de reemplazar el artículo 12, del Párrafo 3 “Del Director Ejecutivo”, del Título II “De los Órganos y sus Atribuciones”, por el que sigue: “Artículo 12: El Comité tendrá un Director Ejecutivo, quien será designado por el Consejo Directivo del Comité, de una terna que le presente el Vicepresidente Ejecutivo de Corfo. También tendrá un Subdirector de Operación y Gestión, y, al menos, Subdirectores de Fomento Mipyme e Innovación y Emprendimiento, además de los Subdirectores Sectoriales, si dichas Subdirecciones se crearen. Los Subdirectores serán designados por el Consejo Directivo, de una terna que propondrá el Vicepresidente Ejecutivo de Corfo, previo concurso público, y rendirán cuenta de sus gestiones al Director Ejecutivo. Corresponderá al Vicepresidente Ejecutivo de Corfo dictar y celebrar los actos relacionados con la contratación, la modificación del contrato de trabajo y la desvinculación del Director Ejecutivo. La dictación y suscripción de los actos relacionados con la contratación de los Subdirectores, corresponderá al Director Ejecutivo del Comité.
Sin perjuicio de lo señalado en los incisos anteriores, el Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación, mediante acto administrativo, podrá asignar la función de Subdirector de cualquiera de las Subdirecciones que existan en el Comité, a la persona que ejerza, ya sea en calidad de titular o suplente, el cargo de Jefe de Departamento, Grado 5, de la Planta de Directivos de Corfo en la región. El Director Ejecutivo será subrogado por el Subdirector que designe al efecto.”. Anótese, publíquese y archívese. - Resolución suscrita mediante firma electrónica avanzada por José Ignacio Mujica Castro, Vicepresidente Ejecutivo y Naya Flores Araya, Fiscal. Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2815891 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl