SOCIEDAD REYG REPARACION EFICIENTE Y GARANTIZADA SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.022 Jueves 12 de Diciembre de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2583328 EXTRACTO ALEJANDRO TOMÁS VIADA OVALLE, Abogado, Notario Público Titular de la Sexta Notaría de esta ciudad, con domicilio en este oficio calle Huanhualí número doscientos noventa y dos de la ciudad y comuna de La Serena, CERTIFICO QUE Por escritura pública de fecha 10-12-2024, Repertorio N3.080-2024, ante mí, don SEBASTIAN ANDRES TAPIA BOHLE, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y dos guion cero, con domicilio en calle Aguas Verdes número trescientos ochenta y ocho, Antofagasta, constituyo sociedad por acciones: Nombre de la Empresa: “SOCIEDAD REYG REPARACION EFICIENTE Y GARANTIZADA SPA” pudiendo usar por contracción, incluso ante bancos e instituciones financieras y servicios públicos el nombre de fantasía “SOCIEDAD REYG SpA”. Domicilio: El domicilio de la sociedad, será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias y oficinas que puedan establecerse en otros lugares del país o del extranjero respectivamente.
Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La reparación de todo tipo de artículos eléctricos; b) La venta de repuestos de equipos y artículos eléctricos; c) La venta de artículos, piezas y accesorios de computación; d) La reparación de equipos de computación, notebooks, tablets y todo tipo de artículos computacionales; e) La venta de repuestos y accesorios de vehículos automotrices y motocicletas; f) El mantenimiento y reparación de vehículos automotores; g) La importación de repuestos automotrices, maquinarias y todo tipo de vehículos; h) Venta de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores; i) Venta, mantenimiento y reparación de motocicletas y sus partes, piezas y accesorios; j) La recuperación y reciclamiento de desperdicios y desechos metálicos; La recuperación y reciclamiento de vidrio; k) La construcción de otras obras de ingeniería civil; l) La instalaciones eléctricas, de gasfitería y otras instalaciones para obras de construcción; m) El traslados de vehículos; n) La venta de vehículos automotores, pintura y desabolladora de vehículos; o) La reparación electrónica de vehículos y motocicletas; p) La venta de maquinarias; q) La venta de lubricantes y repuestos automotriz; r) La compra, venta, suministro e instalación de dispositivos para el control y mejora en la gestión vial; tanto vehicular, peatonal y para uso de ciclistas; s) La compra, venta, Suministro e instalación de todo tipo de defensas camineras (metálicas, madera, hormigón, mixtas y plásticas) y amortiguadores de impacto; t) El Servicio de transportes terrestre de pasajeros, público o privado y de todo tipo de carga, sea individual, en contenedores o a granel; u) El arriendo, compra y venta de todo tipo de vehículos motorizados y de maquinarias en general; v) La compra, venta, importación, exportación, distribución, fabricación, representación y comercialización por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes muebles, repuestos, insumos y componentes para todo tipo de vehículos motorizados y de maquinarias en general. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura, y tendrá una duración indefinida.
Sin embargo, la junta de accionistas con derecho a voz y voto, reunidos en una junta extraordinaria podrá acordar el término inmediato de la sociedad, con acuerdo de la mayoría, término que tendrá efectos inmediatos entre todos los accionistas con y sin derecho a voz y voto, sin necesidad de reducción a escritura pública e inscripción del acta respectiva.
Capital: El capital inicial de la sociedad, es la suma de cinco millones de pesos, dividido en cien acciones de una única serie, sin valor nominal, con todos los derechos, obligaciones, limitaciones y preferencia que la ley establece. El capital inicial de la sociedad asciende a la suma de cinco millones de pesos, dividido en cien acciones de una única serie y sin valor nominal.
El capital es suscrito y pagado de la siguiente forma: don SEBASTIAN ANDRES TAPIA BOHLE, suscribe el total de las acciones de la sociedad que se constituye, esto es, cien acciones; acciones ascendentes a la suma de cinco millones de pesos, las que se pagaran en el plazo de un año contados desde la total y absoluta constitución de la presente sociedad, monto que podrá ser pagado en dinero en efectivo o mediante el aporte en propiedad de bienes muebles o inmuebles cuya valorización se practicará al momento de realizar el aporte. Con lo anterior se completará así, el aporte suscrito por la Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2583328 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.022 Jueves 12 de Diciembre de 2024 Página 2 de 2 accionista compareciente, en la oportunidad correspondiente Transferencia de las Acciones: La sociedad no reconoce fracciones de acciones y si dos o más personas naturales o jurídicas tuvieran participación en una misma acción, deberán designar un representante común para todos los efectos.
Administración: La Sociedad será administrada por un administrador quien será a su vez el representante legal de la sociedad, el cual durará en su cargo un año y podrá ser reelegido indefinidamente se designa en este acto como administrador definitivo a don SEBASTIAN ANDRES TAPIA BOHLE, chileno, soltero, empresario, cédula nacional de identidad número dieciséis millones seiscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y dos guion cero. El administrador o representante legal, podrá ejercer la administración por sí mismo o a través de uno o más mandatarios o delegados, quienes deberán ser designados por escritura pública. En igual forma se procederá para la sustitución o reemplazo de estos mandatarios o delegados y para la modificación de facultades o revocación de su nombramiento. Distribución de Dividendos: La distribución o no de las utilidades de el o los ejercicios será acordada por la junta de accionistas.
Sin embargo, la determinación de el o los porcentajes a distribuir de las utilidades, corresponderá única y exclusivamente al administrador, sin limitación alguna, salvo el de velar por la igualdad en la distribución, de acuerdo a los porcentajes accionarios y derechos de cada de acción en que se divide el capital social. El administrador queda facultado además, para distribuir dividendos provisionales a los accionistas con cargo a las utilidades del respectivo ejercicio, siempre que no existan pérdidas acumuladas y todo ello bajo la responsabilidad personal.
Juntas de Accionistas: Los accionistas se reunirán en Juntas Ordinarias y Extraordinarias, convocadas por el Administrador, sin perjuicio de poder auto convocarse si a la junta asistiere el cien por ciento de los accionistas con derecho a voz y voto. Balance: La sociedad deberá confeccionar un balance general de sus operaciones al treinta uno de diciembre de cada año.
Disolución y Liquidación: La sociedad se disolverá por las causales legales, por acuerdo de la Junta General Extraordinaria de Accionistas con derecho a voz y voto o por sentencia judicial ejecutoriada, en cuyo caso, su liquidación se practicará por una Comisión Liquidadora, compuesta por dos miembros nombrados por la Junta General Extraordinaria de Accionistas con derecho a voz y voto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - La Serena a diez de Diciembre del año 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2583328 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl