Agrícola El Canelo Limitada
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.004 Jueves 21 de Noviembre de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2573117 EXTRACTO GLORIA ORTIZ CARMONA, Notario Público de la Tercera Notaría de Santiago, con asiento en la comuna de Vitacura, con oficio en Avenida Vitacura 6471, comuna de Vitacura, Certifico: que por escritura pública otorgada el 08 de noviembre de 2024 ante la Notario Suplente, doña Paulina Cecilia Miranda Hiriart, don Rodolfo Alejandro García Olave; don José Manuel García Olave; don Juan Ignacio García Olave; don Rodolfo Alejandro García Standen; don Eduardo José García Valenzuela; don Eduardo Mauricio García Standen; y doña Camila María García Valenzuela; todos con domicilio, para estos efectos en Teresa Walker Concha número 1150 departamento N 510, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada: Razón Social: “Agrícola El Canelo Limitada”. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o en el extranjero, y de los domicilios especiales que se pudieren establecer para la celebración de determinados actos y contratos.
Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) la preparación, realización y ejecución de actividades y proyectos o negocios agrícolas, ganaderos y forestales, incluyendo la explotación, en todas sus formas, de predios de aptitud agrícola, ganadera y forestal, sean propios o ajenos; b) la venta, compra, exportación, importación, producción, distribución y comercialización, en cualquier forma, de bienes muebles de todas clases; c) la prestación de servicios de consultoría, asesoría y asistencia técnica y profesional en actividades agrícolas, ganaderas y forestales; d) la representación de bienes, productos, procedimientos, empresas, negocios, proyectos, marcas, invenciones y secretos empresariales, nacionales o extranjeros, y en general, de derechos sobre invenciones o creaciones con aplicación agroindustrial, ganadera, forestal y de otras clases; e) formar y tomar parte, como accionista, socio o asociado de cualquier forma, en otras sociedades o entidades existentes actualmente o que se formen en el futuro, cualquiera que sea el objeto de ellas; y, f) en general, efectuar cualquier otra clase de actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.
Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título, dar y tomar en arrendamiento, concesión u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales y, en general ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su objeto y a la inversión de todos los fondos disponibles de la Sociedad.
Administración: El uso de la razón social, la administración y la representación de la Sociedad, corresponderá don Rodolfo Alejandro García Standen y a don Eduardo Mauricio García Standen, actuando de forma conjunta, con las más amplias facultades de administración y disposición, señaladas en la escritura extractada.
En ausencia de don Rodolfo Alejandro García Standen, cuestión que no será necesario acreditar ante terceros, podrán actuar uno cualquiera de los señores Rodolfo Alejandro García Olave, José Manuel García Olave o Juan Ignacio García Olave; y, en ausencia de don Eduardo Mauricio García Standen, cuestión que no será necesario acreditar ante terceros, podrán actuar uno cualquiera de los señores doña Camila María García Valenzuela o don Eduardo José García Valenzuela.
Capital: El capital de la Sociedad asciende a $1.000.000 que los socios aportaron, en la siguiente forma y proporción: Uno) Don Rodolfo Alejandro García Olave, aportó la suma de $150.000, que enteró en dinero efectivo en el acto de constitución, equivalente al 15% de los derechos sociales; Dos) Don José Manuel García Olave, aportó la suma de $150.000, que enteró en dinero efectivo en el acto de constitución, equivalente al 15% de los derechos sociales; Tres) Don Juan Ignacio García Olave, aportó la suma de $150.000, que enteró en dinero efectivo en el acto de constitución, equivalente al 15% de los derechos sociales; Cuatro) Don Rodolfo Alejandro García Standen, aportó la suma de $50.000, que enteró en dinero efectivo en el acto de constitución, equivalente al 5% de los derechos sociales; Cinco) Don Eduardo José García Valenzuela, aportó la suma de $225.000, que enteró en dinero efectivo en el acto de constitución, equivalente al 22,5% de los derechos sociales; Seis) Doña Camila María García Valenzuela, aportó la suma de $225.000, que enteró en dinero efectivo en el acto de constitución, equivalente al 22,5% de los derechos sociales; y Siete) Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2573117 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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