SOCIEDAD COMERCIAL DEGRAF SpA 77.179.750-4*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.415 Miércoles 1 de Abril de 2026 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2791187 EXTRACTO EDUARDO JAVIER DIEZ MORELLO, Notario Público, titular 34ª Notaría Santiago, Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, certifica: Con fecha 12 de marzo de 2026, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta General Extraordinaria de Accionistas de SOCIEDAD COMERCIAL DEGRAF SpA celebrada con fecha 16 de febrero de 2026, en la cual se acordó: i) Modificar el objeto.
Se modifica el objeto quedando de la siguiente manera: Segundo: La sociedad tendrá por objeto la realización de las siguientes actividades, por cuenta propia o de terceros o en colaboración con terceros: comercialización de metales y plásticos; la elaboración y reacondicionamiento de piezas y partes; la compra, venta, importación, exportación de todo tipo de materias primas, equipamiento y productos elaborados; el transporte, reciclaje y tratamiento de residuos; el desarrollo, asesoría y gestión de todo tipo de proyectos de ingeniería y ambientales; la prestación de servicios de capacitación, seminarios, talleres, y conferencias; la compraventa de todo tipo de bienes muebles e inmuebles; efectuar inversiones en bienes muebles corporales o incorporales, acciones de sociedades anónimas, derechos en otras sociedades, bonos, efectos de comercio y demás valores mobiliarios, y en bienes inmuebles; administrarlos, transferirlos, explotarlos y percibir sus frutos; suscribir y ejecutar todo tipo de contratos y negocios afines o derivados de lo anterior, destinados a obtener renta, utilidades o frutos de cualquier naturaleza y que los accionistas estimen adecuados al fin social y convenientes para los intereses de la empresa; y en general, la prestación de todo tipo de servicios relacionados o no con los anteriores y que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social. Para llevar a cabo estas actividades, la Sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos vinculados a ese objeto, que sean estimados necesarios para el desarrollo de su objeto social. Segundo BIS: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente.
Sólo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo”; ii) Modificar la administración, Se modifica la administración quedando de la siguiente manera: Noveno: La sociedad será administrada por un directorio compuesto de cuatro miembros titulares, quienes podrán o no ser accionistas. El cargo de director no será incompatible con el de gerente. Los directores serán elegidos por la junta de accionistas, durarán tres años en sus funciones, se renovarán en su totalidad al final del período y podrán ser reelegidos indefinidamente. Los acuerdos del Directorio se adoptarán con el voto conforme de la mayoría de los directores y, en caso de empate, el presidente del Directorio tendrá voto dirimente.
En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. Los administradores deberán dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los socios, según corresponda, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas de la Sociedad”. Otras estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de marzo de 2026. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2791187 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl