CENTRO FERRETERO FARIAS HERMANOS SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.345 Sábado 10 de Enero de 2026 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2752992 EXTRACTO RENE A.
MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Melipilla, Avda Serrano 374, certifica por escritura pública fecha hoy ante mí, REPERTORIO N 2534-2025, don PATRICIO EMILIO FARIAS ARCE y don RODOLFO ERNESTO FARIAS ARCE, ambos domiciliados en Lo Encañado sin numero, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, mayores de edad, que vienen en constituir una Sociedad por Acciones. - NOMBRE:- “CENTRO FERRETERO FARIAS HERMANOS SpA.
”, sin perjuicio de ello, la sociedad podrá actuar y funcionar, inclusive, con el nombre de fantasía de “PRIMAF SpA”. - DOMICILIO. - Ciudad de San Pedro, comuna de San Pedro, Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. -DURACION:- Indefinida, a contar de esta fecha. - OBJETO DE LA SOCIEDAD: El objeto de la sociedad será: FERRETERIA: la importación, exportación, compras, ventas, distribución, comisión, comercialización y representación de cualquier clase de bienes, cosas, insumos, productos de ferretería, construcción, electricidad, grifería, muebles, productos o mercancías en general de consumo o de capital, en el mercado interno o externo especialmente artículos de ferretería, fertilizantes, semillas e insumos para la agricultura, alimentos para animales, áridos y materiales para la construcción, bloquetas y su fabricación; y, o cualquier otra actividad que no este señalada expresamente en esta enunciación, que de lo dicho no resulta de manera alguna ser taxativa, y que los socios acuerden libremente desarrollar, y; cualquier otro acto o negocio licito que derive de lo anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. - CAPITAL: $8.000.000, dividido en mil acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. - El accionista don PATRICIO EMILIO FARIAS ARCE, suscribe en este acto quinientas acciones, equivalente a ocho millones de pesos, las que entera y paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social, en tanto que el accionista don RODOLFO ERNESTO FARIAS ARCE, suscribe en este acto quinientas acciones, las que se encuentran a su vez también enteradas y pagadas al contado, en dinero efectivo e ingresadas en la caua social. - ADMINISTRACIÓN:- Corresponderá individualmente a uno o más administradores generales que actuarán en la forma y según lo determinen de tiempo en tiempo los accionistas, que los podrán elegir y designar o remover, en cualquier tiempo y a su solo arbitrio, por acuerdo adoptado en junta de accionistas, por una mayoría no inferior a la mitad más uno del total de las acciones emitidas con derecho a voto, o mediante declaración de todos ellos que representen dicha mayoría y conste en escritura pública, de lo que deberá tomarse nota o subinscribirse al margen de la inscripción social, sin perjuicio de la designación que consta en las disposiciones transitorias de estos estatutos.
El o los administradores generales actuarán en la forma ya indicada, representando a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición que la ley o el estatuto no establezcan como privativas de la junta de accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. - Se designa como unico Administrador General de la sociedad a don PATRICIO EMILIO FARIAS ARCE, C.I.
N 12.777.563-K, quien anteponiendo su nombre a la razón social podrá representar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo quinto de estatutos, por el período de un año calendario a partir de esta fecha, renovable previo acuerdo del Directorio protocolizado y anotado en el Registro de Comercio respectivo.
Se establece en este acto, que, por esta única vez, no será necesario anotar marginalmente en la inscripción social la designación de administrador de la sociedad que da cuenta esta cláusula, bastando su designación en este acto. - Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - Melipilla, 30/12/2025. - Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2752992 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl