Inversiones y Asesorías Integral Solutions SpA 77.066.914-6*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.177 Miércoles 18 de Junio de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2661168 EXTRACTO MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, abogado, Notario Público, Titular de la 38 Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea 3477, oficina 10, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 02 de junio del año 2025, bajo repertorio 26416-2025 ante mí, EVANS ALEJANDRO CONCHA SOTO, cédula nacional de identidad N15.543.719-7, domiciliado para estos efectos en Rosario Norte número cuatrocientos diez, departamento sesenta y uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; y don SEBASTIÁN ALEJANDRO SALAZAR BASTIDAS, cédula nacional de identidad N13.461.068-9, domiciliado para estos efectos en Santa María dos mil setecientos ochenta y seis, comuna de Providencia, Región Metropolitana, transformaron la sociedad INVERSIONES Y ASESORÍAS INTEGRAL SOLUTIONS SpA, constituida por escritura pública de fecha 02 de septiembre de 2019 otorgada en la Notaria de San Ramón de doña Marcela Andrea Medina Ricci, bajo el Repertorio número 968-2019.
Un extracto de la referida escritura fue inscrito a fojas 70722, número 34682 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, y fue publicado en el Diario Oficial bajo número 42.447, con fecha 05 de septiembre del año 2019, modificada una vez, en una sociedad anónima, manteniendo mismo rut, personalidad jurídica, activos y pasivos, derechos y obligaciones y bajo siguientes principales estipulaciones: Nombre: El nombre de la sociedad anónima será “Inversiones y Asesorías Integral Solutions S.A. ”, en adelante, la “Sociedad”, pudiendo utilizar para fines bancarios, comerciales o publicitarios el nombre de fantasía “INSO S.A. ”. Domicilio: El domicilio de la Sociedad será la ciudad y comuna de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto exclusivamente la prestación de los servicios regulados en el Capítulo III.
J. 2 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central, específicamente aquellos contemplados en la letra c) de su numeral ii, párrafo 2 sobre “Adquirencia transfronteriza a través de un Operador constituido y domiciliado en Chile”, del capítulo VII relativo a tarjetas emitidas en Chile para su uso en el extranjero, y sus actividades complementarias.
Para estos efectos, la Sociedad podrá llevar a cabo, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, por cuenta propia o ajena y por cualquier medio idóneo, las siguientes actividades: /a/ La prestación de servicios de procesamiento de pagos, tanto digitales como presenciales, y respecto de cualquier medio de pago, incluyendo transferencias bancarias y pago con tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos.
Tales actividades comprenden tanto aquellos servicios de procesamiento de pagos electrónicos que se prestan a los administradores u operadores de medios de pago electrónicos, de acuerdo a las normas señaladas en el Compendio de Normas Financieras del Banco Central, como aquellos servicios de procesamiento de pagos electrónicos que se prestan a los comercios, entidades de gobierno, empresas de servicio, personas naturales y otro tipo de distribuidores, bajo cuya actividad se procesan operaciones de pago; /b/ La autorización y registro de las transacciones que efectúen los titulares o usuarios de tarjetas de crédito, débito y de pago con provisión de fondos y de las cuentas asociadas a éstas; /c/ La prestación de servicios de procesamiento de transferencias de dinero, tanto nacionales como transfronterizas; /d/ La realización de gestiones de afiliación de entidades y comercios al sistema de pagos, sin que las mismas comprendan la provisión de servicios normados como parte de la operación de tarjetas; /e/ La realización de todo tipo de actividades de comercio electrónico, tales como el procesamiento, administración y operación de terminales de ventas móviles u otros dispositivos similares y la operación de plataformas electrónicas de pago de fondos; /f/ La contratación, administración y operación de billeteras electrónicas; /g/ La prestación de servicios de telecomunicaciones y la realización del diseño, producción, instalación, importación, exportación, comercialización por cuenta propia o ajena de sistemas, equipos y servicios de telecomunicaciones; /h/ La inversión en toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales e Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2661168 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.177 Miércoles 18 de Junio de 2025 Página 2 de 2 incorporales, tanto en Chile como en el extranjero, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; /i/ La importación, exportación y comercialización de toda clase de bienes o servicios; la representación de toda clase de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras; recibir y otorgar franquicias, y, /j/ Cualquier otro negocio relacionado con el giro social, que sea autorizado por la Comisión para el Mercado Financiero y que los socios acuerden.
Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad tendrá plena capacidad para realizar todo tipo de contrato u operación a fin de adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo todo tipo de actos que no sean prohibidos por las leyes o por los estatutos sociales. Duración: La duración de la Sociedad será indefinida.
Capital: El capital de la Sociedad será la suma de cuatro millones de pesos, dividido en cuatro mil acciones ordinarias, nominativas, de igual valor cada una y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado de la forma indicada en el artículo primero transitorio. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de junio de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2661168 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl