Decreto exento número 316, de 2024.- Identifica obra específica a que se refiere el artículo 8º de la ley Nº 20.444, que crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.954 Sábado 21 de Septiembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2545364 MINISTERIO DE HACIENDA IDENTIFICA OBRA ESPECÍFICA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 8º DE LA LEY Nº 20.444, QUE CREA EL FONDO NACIONAL DE LA RECONSTRUCCIÓN Y ESTABLECE MECANISMOS DE INCENTIVO TRIBUTARIO A LAS DONACIONES EFECTUADAS EN CASO DE CATÁSTROFE Núm. 316 exento. - Santiago, 19 de agosto de 2024.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley Nº 20.444, que crea el fondo nacional de la reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe; en el decreto Nº 662, de 18 de junio de 2010, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento sobre la administración y destino de las donaciones y otras contribuciones efectuadas de conformidad a la ley Nº 20.444, que crea el fondo nacional de la reconstrucción y establece mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe; en el decreto exento Nº 41, de 5 de febrero de 2024, del Ministerio de Hacienda, que nombra Comité Asesor establecido en el artículo 5 del decreto supremo Nº 662, de 2010, del Ministerio de Hacienda respecto a catástrofe declarada por decreto supremo Nº 84 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en el acta de la quinta sesión extraordinaria, de 12 de agosto de 2024, del Comité Asesor establecido en el artículo 5 del decreto supremo Nº 662, de 2010, del Ministerio de Hacienda; y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Considerando: 1. Que, mediante la ley Nº 20.444, se crea el Fondo Nacional de la Reconstrucción y se establecen mecanismos de incentivo tributario a las donaciones efectuadas en caso de catástrofe.
En el artículo 1º de esta ley se establece que el Fondo Nacional de la Reconstrucción está destinado a financiar la construcción, reconstrucción, reposición, remodelación, restauración o rehabilitación de infraestructura, instalaciones, patrimonio histórico arquitectónico de zonas patrimoniales y zonas típicas, obras y equipamiento, ubicados en las comunas, provincias o regiones afectadas por terremotos, maremotos, erupciones volcánicas, inundaciones, aluviones u otras catástrofes que puedan ocurrir en el territorio nacional. 2.
Que, conforme al artículo 8 de la ley Nº 20.444, y en concordancia con los artículos 15,16 y 17 del decreto supremo Nº 662, de 2010, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento sobre la administración y destino de las donaciones y otras contribuciones efectuadas en conformidad a la ley Nº 20.444 ; se aplicará lo previsto en dicha ley, respecto de las donaciones que se destinen a obras especificas en la medida en que dichas obras sean previamente identificadas por el Ministerio de Hacienda en el o los decretos a que se refiere el artículo 2º de la ley Nº 20.444.3.
Que, habiendo dado cumplimiento a lo establecido en la ley Nº 20.444 y su reglamento, los distintos intervinientes en el proceso de calificación de la postulación de obra especifica han recomendado la inclusión de la obra que se detallará, la cual puede financiarse con donaciones susceptibles de acogerse a los beneficios tributarios establecidos en la ley Nº 20.444. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2545364 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Saluda Atte. a usted, Marcia Ríos Martínez, Subsecretaria de Hacienda (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2545364 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl