Resolución exenta número RAEX202600179, de 2026.- Declara Normas Oficiales de la República las que indica, aprobadas por el Instituto Nacional de Normalización
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.366 Martes 3 de Febrero de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2762886 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño DECLARA NORMAS OFICIALES DE LA REPÚBLICA LAS QUE INDICA, APROBADAS POR EL INSTITUTO NACIONAL DE NORMALIZACIÓN (Resolución) Núm. RAEX202600179 exenta. - Santiago, 27 de enero de 2026.
Vistos: Estos antecedentes; lo informado mediante el oficio N 3010-0127-24, de 11 de octubre de 2024, del Instituto Nacional de Normalización; el decreto con fuerza de ley N 88, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que Adopta las medidas que indica en relación con el Ministerio de Economía y Comercio y sus atribuciones y actividades; lo previsto en el párrafo VI del artículo 1 de la ley N 16.436 ; y en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1. - Que, de acuerdo a lo previsto en el párrafo VI del artículo 1 de la ley N 16.436, corresponde a la actual Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño, la aceptación de las normas propuestas por el Instituto de Investigaciones Tecnológicas y Normalización, actual Instituto Nacional de Normalización (“INN”), como oficiales de la República de Chile. 2.- Que mediante el oficio N 3010-0127-24, de 11 de octubre de 2024, del Instituto Nacional de Normalización se informó que el Consejo del INN aprobó las Normas Chilenas que indica. 3.- Que, de conformidad a lo anterior, se procede dictar el correspondiente acto administrativo.
Resuelvo: Artículo primero. - Declárense Normas Oficiales de la República de Chile las siguientes Normas Chilenas con su respectivo código y título de identificación: NCh2796:2024 Acuerdos de Producción Limpia (APL) - Vocabulario NCh2797:2024 Acuerdos de Producción Limpia (APL) - Especificaciones NCh2825:2024 Acuerdos de Producción Limpia (APL) - Requisitos para los auditores y procedimiento de la auditoría de evaluación de cumplimiento Artículo segundo. - Con la presente resolución se anulan y reemplazan las siguientes normas: NCh2796.
Of2009 Acuerdos de Producción Limpia (APL) - Vocabulario, declarada Norma Oficial de la República por resolución exenta N 953, de 12 de junio de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y publicada en el Diario Oficial de fecha 18 de junio de 2009. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2762886 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Of2009 Acuerdos de Producción Limpia (APL) - Especificaciones, declarada Norma Oficial de la República por resolución exenta N 501, de 8 de abril de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y publicada en el Diario Oficial de fecha 14 de abril de 2009. NCh2825.
Of2009 Acuerdos de Producción Limpia (APL) - Requisitos para los auditores y procedimiento de la auditoría de evaluación de cumplimiento, declarada Norma Oficial de la República por resolución exenta N 501, de 8 de abril de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y publicada en el Diario Oficial de fecha 14 de abril de 2009. Artículo tercero. - Con la presente resolución se anula y reemplaza la siguiente norma: NCh2807.
Of2009 Acuerdos de Producción Limpia (APL) - Seguimiento y control, evaluación de la conformidad y certificación, declarada Norma Oficial de la República por resolución exenta N 501, de 8 de abril de 2009, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y publicada en el Diario Oficial de fecha 14 de abril de 2009. Artículo cuarto. - Las demás Normas Declaradas Oficiales mediante las resoluciones exentas 501 de 2009 y 953 de 2009, ambas del entonces Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, se mantienen como tales sin modificaciones. Artículo quinto. - La presente resolución se publicará en el Diario Oficial. Las normas identificadas en ella tendrán vigencia a partir de la fecha de su publicación. El texto íntegro de las normas será publicado en documentos oficiales del Instituto Nacional de Normalización.
Artículo sexto. - El Instituto Nacional de Normalización deberá enviar tres ejemplares de dichas normas, debidamente certificada su conformidad con el texto oficial, a la Contraloría General de la República y, además, proporcionar gratuitamente el mismo número de ejemplares al Ministerio que las declara Normas Chilenas Oficiales de la República y la Biblioteca Nacional. Anótese, notifíquese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Javiera Petersen Muga, Subsecretaria de Economía y Empresas de Menor Tamaño. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2762886 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl