Corte ordena a universidad darle el título a alumna que debe $31.463.700 del arancel
Corte ordena a universidad darle el título a alumna que debe $31.463.700 del arancel Tribunal dice que no se puede condicionar un trámite académico a exigencias de dinero Corte ordena a universidad darle el título a alumna que debe $31.463.700 del arancel ArieL DIÉGUEZ C C B uenas tardes, junto con saC C B uenas tardes, junto con saludarle me dirijo a ustedes para solicitar formalmente la tramitación de título profesional de la carrera de Nutrición y Dietética UMAG. El examen de título fue rendido y aprobado en el mes de marzo del presente año. Comprendo que actualmente tengo gran deuda pendiente, la que lamentablemente no puedo pagar, ya que no cuento con los medios. La obtención de dicho título me permitiría pagar y solucionar tal situación. Soy madre de dos hijas, que actualmente son escolares y debo mantener. Quedo atenta a su respuesta. Le agradezco de antemano su atención y colaboración". El 12 de junio del 2025, una alumna le envió un mail a la Dirección de Tesorería y Cobranzas de la Universidad de Magallanes. Había ingresado a esa carrera en el 2015 y el 2024 terminó de aprobar todos los cursos. Su promedio final fue 5,1. Sólo que debía el arancel. "Le adjunto los pasos a seguir para la obtención de título con deuda.
Para repactar debes traer en efectivo $3.146.370 ". El 23 de junio recibió como respuesta una simuJOSE CÁRDENAS Cuando ella pidió "Soy una mujer que me dedico al cuidado de mi hogar y de mis dos hijas, y se me hace imposible poder generar ingresos económicos, ya que cuando voy a las entrevistas de trabajo, se me solicita lación de reprogramación INICIar el tramite para el certificado de Titulo o el Titulo de su deuda, que era de $31.463.700. Debía pagar el 10% y el resto se dividiría en un máximo de ocho cuotas, entre julio del 2025 y febrero del 2026. Para obtener el certificado de título, además, tenía que anotar sus datos personales y el "abono ejecutado", es decir ese 10%, en un formulario que debía enviar a la vicerrectora académica.
En lugar de hacer ese trámite, la alumna interpuso un recurso de protección, en el que explica cuál es su realidad. obtener su cartón, le respondieron que debía pagar en efectivo el 10% y repactar el resto. Profesional, en el cual acredite que tengo el grado o licenciatura para poder postular a una vacante laboral.
La conducta de parte de la Universidad de Magallanes de condicionarme la entrega del título o el grado académico, mediante el pago de un abono y la posterior repactación de la deuda de arancel, para recién poder finalizar mi proceso de titulación, siendo que cumplí con todos los requisitos curriculares y reglamentarios para tener la calidad de licenciada, se torna en una conducta arbitraria e ilegal". arbitraria e ilegal". La respuesta La universidad negó ante la Corte de Apelaciones que haya hecho algo así y explicó que, como la alumna ni siquiera inició oficialmente el proceso de titulación, no podrían haberlo rechazarlo. "La denunciante sustenta su argumentación en un correo electrónico remitido a la tesorería de la Universidad de Magallanes, la cual en ningún momento le indica en forma expresa que se rechaza su solicitud de titulación por mantener deuda con la institución, ya que dicha unidad de la casa de estudio no tiene las facultades para decretar algo como aquello". La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió el recurso de protección y le exigió a la universidad permitir que la alumna complete su titulación sin exigirle a cambio ni el pago ni la repactación.
La Universidad de Magallanes le dijo a la Corte que nunca condicionó el otorgamiento del título al pago de la deuda. "El actuar de la recurrida, al condicionar el proceso de titulación de la actora a exigencias pecuniarias, como nítidamente se constata, ocurrió en la especie según se desprende del tenor de la respuesta que le entregó a la consulta que ésta le formuló al efecto y de la propia documentación que adjuntó a dicha respuesta, es ¡ legal y además atentatorio a la garantía constitucional de igualdad ante la ley". Alejandro Hijerra, abogado de la alumna, explica que la Corte dice en el fallo que la Ley de Educación Superior, desde noviembre del año pasado, dice que es una infracción grave condicionar la entrega de títulos a las deudas de arancel.
Asegura que, aunque la universidad no le dijo expresamente a ella que la condición para titularse era que pagara o reprogramara la deuda, la simulación y el formulario que le enviaron actúan en la práctica como exigencias. "Es ¡ igual un condicionamiento para entregar títulos. No es tan así como expone la universidad. Una vez que mi representada tuvo la sentencia, hizo los trámites ante la secretaría de la universidad. Le tramitaron su título profesional y certificado de título. En consecuencia, la universidad cumplió con lo ordenado por la Corte de Apelaciones de Punta Arenas". Ahora debe pagar su deuda..