Feriados obligatorios e irrenunciables del comercio
Feriados obligatorios e irrenunciables del comercio COLUMNA Camila Cortés Ruiz seremi del Trabajo y Previsión Social Feriados obligatorios e irrenunciables del comercio Estefin de año deseamos que todos nuestros trabajadores puedan disfrutar de las celebraciones junto a sus familias, especialmente en esta víspera de Navidad.
En esta fecha especial los trabajadores del comercio deben atender una mayor demanda de público, por eso hacemos un fuerte llamado a los empleadores a respetar la normativa laboral que establece como feriado obligatorio e irrenunciable este 25 de diciembre y 1 de enero. También es importante que las compras se realicen con antelación, pues el comercio debe estar cerrado hoy, a las 20:00 horas. Esto significa que en ese horario no deben permanecer al interior de los recintos comerciales ni trabajadores, ni clientes.
La norma exceptúa a quienes se desempeñan en restoranes, establecimientos de entretenimiento, locales comerciales en los aeródromos civiles públicos y aeropuertos, casinos de juegos, expendio de combustibles, farmacias de urgencia y las que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria. También deben trabajar los dependientes de las llamadas "tiendas de conveniencia" adosadas a los servicentros si venden alimentos preparados. La Dirección del Trabajo como es habitual ya comprometió la fiscalización del cumplimiento de esta normativa. de esta normativa..