Decreto número 99, de 2024.- Designa Director Ejecutivo suplente del Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso, de conformidad al artículo 24 bis de la ley N° 21.040
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.044 Jueves 9 de Enero de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2592258 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación DESIGNA DIRECTOR EJECUTIVO SUPLENTE DEL SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE VALPARAÍSO, DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 24 BIS DE LA LEY N 21.040 Núm. 99. - Santiago, 23 de julio de 2024.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N 10 y 35 de la Constitución Política de la República; en los artículos 4,14 y 16 del DFL N 29, de 2004, de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación; en la Ley N 21.640, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2024; en los artículos 16,21, 22 y 24 bis de la ley N 21.040, que crea el sistema de educación pública; en el DFL N 66, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija Planta de Personal del Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso que comprende las comunas de Valparaíso y Juan Fernández, y otras materias que indica; en el decreto supremo N 74, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación con las fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica; en el decreto supremo N 1.256, de 2019, del Ministerio de Hacienda, por el cual se fija el porcentaje de asignación de Alta Dirección Pública para el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso, de primer nivel jerárquico; en el oficio ordinario N 1.735, de 18 de junio de 2024, de la Dirección de Educación Pública, que solicita nombramiento de Director Ejecutivo suplente para el Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso; en el oficio ordinario N 188, de 1 de julio de 2024, del Ministro de Educación, que solicita al Servicio Civil informe favorable para efectos del nombramiento del Director Ejecutivo suplente, de acuerdo al artículo 24 bis de la ley N 21.040 ; en el oficio ordinario N PIN-OO-00483-2024, de 10 de julio de 2024, del Director Nacional del Servicio Civil, que emite el informe que establece el inciso tercero del artículo 24 bis de la ley N 21.040 ; en el oficio ordinario N 203, de 10 de julio de 2024, del Ministro de Educación que remite informe favorable al Presidente de la República; en el oficio GAB. PRES.
N 967, de 15 de julio de 2024 que designa a don Pablo Mecklenburg Bravo como Director Ejecutivo Suplente del Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso y en las resoluciones N6 y 7, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República.
Considerando: Que, la ley N 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública, estableció la creación de setenta Servicios Locales de Educación Pública, los que se encargarán de proveer, a través de los establecimientos educacionales de su dependencia, el servicio educacional en los niveles y modalidades que corresponda, debiendo orientar su acción de conformidad a los principios que la informan.
Que, en virtud de lo anterior, y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 16 de la citada ley, los mentados Servicios Locales de Educación Pública (en adelante, SLEP), son órganos públicos, funcional y territorialmente descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se relacionan con el Presidente de la República a través de este Ministerio de Educación.
Que, mediante el decreto supremo N 74, de 2018, del Ministerio de Educación, que fija denominación, ámbito de competencia territorial, domicilio y calendario de instalación con las Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2592258 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.044 Jueves 9 de Enero de 2025 Página 2 de 3 fechas en que iniciarán funciones los Servicios Locales de Educación Pública que indica; se estableció que el Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso iniciaría sus funciones el 2 de enero de 2020.
Que, el artículo 21 de la ley N 21.040 prescribe que la dirección y administración de cada SLEP estará a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a, quien es el/la jefe/a superior del servicio y será nombrado por el Presidente de la República, mediante el proceso de selección de altos directivos públicos.
Por ello, el artículo l, literal A), numeral 1 del DFL N 66, de 2018, del Ministerio de Educación, que Fija Planta de Personal del Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso que comprende las comunas de Valparaíso y Juan Fernández, y otras materias que indica; estableció el cargo de Director Ejecutivo del SLEP mencionado, en grado 4 EUS, de la planta de directivos de primer nivel jerárquico, título VI de la ley N 19.882.
En ese sentido, mediante el decreto supremo N 57, de 2020, del Ministerio de Educación, se designó a Manuel Ángel Pérez Pastén como Director Ejecutivo del SLEP de Valparaíso, a contar del 16 de marzo de 2020 y por el plazo de 6 años.
Ahora bien, el artículo 24 bis de la ley N 21.040, introducido mediante la ley N 21.653, establece la atribución del Presidente de la República de nombrar a un Director/a Ejecutivo/a suplente para el SLEP que corresponda, en el caso que dicho cargo se encuentre vacante o que, por cualquier circunstancia, no esté siendo ejercido por su titular por al menos veinte días corridos.
Aquel nombramiento sin sujeción a las normas del Sistema de Alta Dirección Pública, debe ser excepcionalmente solicitado por el Director de Educación Pública al Presidente de la República, y solo procederá cuando se verifiquen algunas de las siguientes causales: a) Que exista riesgo de afectar gravemente la continuidad del servicio educativo.
Lo anterior deberá ser calificado, mediante informe previo, por la Superintendencia de Educación, que deberá ponderar elementos tales como número de establecimientos educacionales, matrícula, continuidad en la prestación del servicio, entre otros. b) Que se hayan emitido por la Contraloría General de la República uno o más informes de auditoría respecto del Servicio Local de Educación, en los tres años previos a la solicitud de designación de un suplente en el cargo, que contengan observaciones que requieran ser subsanadas en breve plazo.
Asimismo, concurrirá esta causal cuando existan informes emitidos por la Dirección de Educación Pública o por el Ministerio de Educación que impliquen la remisión de los antecedentes al Ministerio Público, al Consejo de Defensa del Estado o a la Contraloría General de la República. c) Que menos de la mitad de los cargos afectos al Sistema de Alta Dirección Pública del Servicio Local estén ejercidos por sus titulares. Luego, el artículo señala que la persona que ejerza la suplencia deberá cumplir con los requisitos legales y el perfil para el ejercicio del cargo según el informe de la Dirección Nacional del Servicio Civil. Finalmente, dispone que el/la Director/a Ejecutivo/a suplente durará, como máximo, un año en el cargo. Su permanencia podrá extenderse por más tiempo sólo en el caso que exista un proceso de remoción en curso o se encuentre en trámite el proceso de selección regular. En estas circunstancias, su período se extenderá hasta que reasuma sus funciones el Director titular o asuma un nuevo/a Director/a Ejecutivo/a, según corresponda.
En resumen, el citado precepto permite solicitar al Presidente de la República que nombre un Director Ejecutivo suplente sin sujetarse a las normas del Sistema de Alta Dirección Pública, cuando se encuentre vacante el cargo o no se haya ejercido por su titular por al menos 20 días corridos y, además, concurra alguna de las circunstancias descritas en los literales señalados.
Al respecto, cabe señalar que mediante oficio ordinario N 1.735, de 2024, la Dirección de Educación Pública solicitó el nombramiento del Director Ejecutivo suplente para el SLEP de Valparaíso, ya que concurrirían las circunstancias previstas en el artículo 24 bis mencionado, proponiendo para el cargo a don Pablo Mecklenburg Bravo, acompañando sus antecedentes académicos y profesionales.
En particular, cabe señalar que el cargo no está siendo ejercido por su titular, don Manuel Ángel Pérez Pastén, en razón de la resolución de Fiscalía N 2, de 12 de mayo de 2022, que adopta medida de suspensión preventiva, la cual se mantiene hasta la fecha, según da cuenta certificado de fecha 23 de julio de 2024, extendido por el actuario del proceso de remoción.
A su vez, la Dirección de Educación Pública señala que concurre en la especie la causal dispuesta en el artículo 24 bis, inciso segundo, literal b), segunda parte, dado que mediante oficio reservado N 1.730, de 17 de junio de 2024, se verifica que se emitieron informes por la Dirección de Educación Pública o el Ministerio de Educación, los cuales fueron remitidos al Ministerio Público. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2592258 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.044 Jueves 9 de Enero de 2025 Página 3 de 3 Por consiguiente, el cargo de Director Ejecutivo del SLEP de Valparaíso no está siendo ejercido por su titular, por al menos veinte días corridos, y, además, existen informes emitidos por la Dirección de Educación Pública que ya fueron enviados al Ministerio Público, acreditando así la necesidad de nombrar un Director/a Ejecutivo/a suplente para el servicio en comento.
Que, por su parte, mediante el oficio ordinario N PIN-OO-00483-2024, de fecha 10 de julio de 2024, el Director Nacional del Servicio Civil informó que la persona propuesta para el cargo cumple satisfactoriamente el perfil requerido, verificándose el trámite exigido en el inciso tercero del artículo 24 bis de la ley N 21.040. Posteriormente, los antecedentes aquí descritos fueron remitidos al Presidente de la República mediante el oficio Ord.
N 203, de 10 de julio de 2024, solicitando el nombramiento del Director Ejecutivo suplente propuesto, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 24 bis, inciso primero, de la ley N 21.040 ; el cual fue respondido favorablemente por el Presidente de la República a través del oficio GAB. PRES. N 967, de 15 de julio de 2024.
En otro orden de ideas, cabe tener presente que mediante el decreto supremo N 1.256, de 2019, del Ministerio de Hacienda, se fijó el porcentaje de asignación de alta dirección pública para el cargo de director/a ejecutivo/a del Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso, que comprende las comunas de Valparaíso y Juan Fernández, de primer nivel jerárquico, el cual corresponde al 45%, tal como refiere el citado acto administrativo.
Al respecto, cabe hacer presente que, debido a que la persona designada como suplente es ajena a la Administración del Estado, tiene derecho a percibir la remuneración del titular mientras ejerza la plaza de que se trata, incluida la asignación de alta dirección pública, en el porcentaje que fija el decreto citado en el párrafo anterior, que, en la especie, asciende a un cuarenta y cinco (45%) por ciento para el/la Director/a Ejecutivo/a del SLEP de Valparaíso, lo cual se encuentra en armonía con los criterios jurisprudenciales contenidos, entre otros, en los dictámenes N 22.119, de 2012; 13.797, de 2017; y E92398, de 2021, todos de la Contraloría General de la República. En vista de lo expuesto en los párrafos precedentes, es posible concluir que para el SLEP de Valparaíso concurren los supuestos y los requisitos legales para proceder a la designación del Director Ejecutivo suplente propuesto. Decreto: 1.
Desígnase a don Pablo Mecklenburg Bravo, cédula nacional de identidad N 8.968.447 -1, en el cargo de Director Ejecutivo suplente del Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso, que comprende las comunas de Valparaíso y Juan Fernández, por el periodo de un (1) año a contar del 23 de julio de 2024 y hasta el 23 de julio de 2025.2.
Téngase presente que, acorde al artículo 24 bis, inciso cuarto, de la ley N 21.040, el periodo por el cual se designa al Director Ejecutivo suplente podrá extenderse por más tiempo del estipulado sólo en el caso que exista un proceso de remoción en curso o se encuentre en trámite el proceso de selección regular. En estas circunstancias, su período se extenderá hasta que reasuma sus funciones el Director titular o asuma un nuevo Director Ejecutivo, según corresponda. 3. Establézcase que, por razones impostergables de buen servicio, la persona designada en el numeral 1 asume sus funciones en la fecha señalada, sin esperar la total tramitación del presente decreto. 4.
Téngase presente que la remuneración de la persona designada será la que corresponde al grado 4 de la Escala Única de Sueldos, de conformidad a lo dispuesto en el DFL N 66, de 2018, ya individualizado. 5.
Fíjase en un 45% el porcentaje de asignación de alta dirección pública para la persona designada en el presente decreto, conforme a lo dispuesto en el decreto supremo N 1.256, 2019, del Ministerio de Hacienda. 6.
Impútase el gasto que irroga la presente designación a la partida 09, capítulo 27, programa 01, subtítulo 21, sobre gastos en personal, del Servicio Local de Educación Pública de Valparaíso del presupuesto del Ministerio de Educación. Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese. - GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República. - Nicolás Cataldo Astorga, Ministro de Educación. Lo que transcribo para su conocimiento. - Alejandra Arratia Martínez, Subsecretaria de Educación. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2592258 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl