EXTRACTOS: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Región del Libertador Gral. Bernardo O'Higgins Notifica Resolución Exenta N*202406001198/2024 da Inicio de Proceso de Participación Ciudadana Declaración de Impacto Ambiental “Parque Las Alamedas
EXTRACTOS: SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Región del Libertador Gral. Bernardo O'Higgins Notifica Resolución Exenta N*202406001198/2024 da Inicio de Proceso de Participación Ciudadana Declaración de Impacto Ambiental “Parque Las Alamedas Región del Libertador Gral. Bernardo O'Higgins Notifica Resolución Exenta N*202406001198/2024 da Inicio de Proceso de Participación Ciudadana Declaración de Impacto Ambiental "Parque Las Alamedas 1, II y 111" De conformidad con lo dispuesto en al artículo 94 del D.S.
N40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se notifica que mediante la Resolución Exenta N"202406001198, de fecha 15 de octubre de 2024, de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la Ley N*19.300, en el marco del procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Parque Las Alamedas 1,11 y 11! " (en adelante, "Proyecto"), presentada por Luis Felipe Noziglia Parga, en representación de Inmobiliaria Koyam SpA (en adelante, el "Proponente"), formalizada en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, "SElA") con fecha 8 de agosto de 2024. Proyecto se ubicará en la comuna de Rancagua, perteneciente a la provincia de Cachapoal, Región del Libertador General ernardo O'Higgins.
El proyecto ha ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, por tratarse de una tipología establecida por el legislador en el artículo 3 literal h. 1.3 ), del Decreto Supremo número 40 del 2012 del Ministerio de Medio Ambiente, correspondiente al Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el cual señala que los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental deben someterse a dicho sistema, tratándose, en este caso, royectos industriales o inmobiliarios que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas que se emplacen en una superficie igual o superior a siete hectáreas (7 ha) o consulten la construcción de trescientas (300) o más viviendas; debido a que el Proyecto busca ejecutar la construcción y operación de 633 departamentos, 3 locales comerciales, 648 estacionamientos vehiculares y 30 estacionamientos para bicicletas, en la comuna de Rancagua, provincia de Cachapoal, Región de O'Higgins. Cualquier persona natural o jurídica podrá realizar observaciones al proyecto según lo dispuesto en al artículo 95 del D.S.
N*40/2012, el cual, señala que:"(....) las personas que intervengan tendrán los derechos y obligaciones establecidos en los artículos 90 y 91" (Derecho a formular observaciones), y tendrá un plazo legal para efectuarlas ante el Servicio de valuación Ambiental de 20 días hábiles (señalado en el artículo 94 inciso tercero del D.S. N"40/2012), contados a partir del día siguiente de esta publicación del presente extracto.
El texto íntegro de la resolución que resuelve iniciar un proceso de participación ciudadana puede ser conocido en la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, ubicada en calle Campos N*241, piso 7, ciudad de Rancagua, o en el siguiente link: https://infofirma.sea.gob.cl/DocumentosSEA/MostrarDocumento?docld=2024/10/15/b3ab-4b78-40f 7-98e7-1d6d55d76250 Lidia Salazar Pérez Directora Regional (s) Servicio de Evaluación Ambiental Región del Libertador Gral. Bernardo 0'Higgins Región del Libertador Gral. Bernardo 0'Higgins Región del Libertador Gral. Bernardo 0'Higgins Región del Libertador Gral. Bernardo 0'Higgins.