Autor: Rodrigo Díaz Yubero Abogado, periodista Magíster en Ciencias Políticas
COLUMNAS DE OPINIÓN: Fiscalizaciones y ordenanzas
COLUMNAS DE OPINIÓN: Fiscalizaciones y ordenanzas Rodrigo Díaz Yubero Abogado, periodista Magíster en Ciencias Políticas 6 6 Junto a un grupo de comerciantes presentamos un reclamo de ilegalidad contra la ordenanza, pues abre la puerta a la ambigúedad, yendo en contra del objetivo de la ley 21.426 que era limitar, acotar y circunscribir los lugares para el ejercicio del comercio callejero". Fiscalizaciones y abiendo muchas cosas de las cuales opinar, cedo sin embargo H ante la necesidad de aclarar algunas vinculadas a nuestra ciudad, en específico, las derivadas de la recientemente aprobada ordenanza de comercio en bienes nacionales de uso público y lasfiscalizaciones que tras largos. ocho años, al fin se empiezan a observar. 'Vamos por partes.
Que la ordenanza esilegal, no tengo dudas, al punto quejunto aun grupo decomerciantes presentamos unreclamo deilegalidad puesto que ésta abre la puerta a la ambigiedad, yendo en contra del objetivo de laley21.426 queeralimitar, acotar y circunscribir los lugares para el ejercicio del comercio callejero.
Porel contrario, en estecaso la ordenanza, tal como ha sido aprobada, desnaturaliza el sentido de la ley que le dio origen con clara desviación defin, al habersidosometidaa la aprobación del concejo municipal, pero sin que los lugares para el ejercicio del comercio ambulante hayan quedado definidos de antemano y con claridad, de modo quesiel propósito del legislador de incorporar el artículo 5* en la ley 21.426, fue queen la determinación de los mismos participara el concejo municipal, evitando el margen de arbitrariedad que supone el decreto alcaldicio, ello nose cumplió todavez que tal determinación ha quedado entregada en el futuro al departamento de Desarrollo Económico Local mediante decreto Alcaldicio. ¿Cómoes posible que se haya aprobado una ordenanza que en vez de acotar y ordenar la situación caótica y atiborrada que todos conocemos, arriesguesu disgregación? En ese sentido, sería útil que tanto el concejocomola alcaldesa recordaran que nose puede adorar a dos señores, ni ttampoco ser y no seral mismo tiempo. O se protege el comercio establecido -comoeerala intención de la ley 21.426 -, o se normaliza elcomercioambulante provocando la informatización creciente y el cierre del cadavez más exiguo comercio establecido de nuestra ciudad. Dicho lo anterior, hagámonos cargo de las informaciones y explicaciones que el propio municipio ha dado respecto de lasfiscalizaciones al comercio ambulante que se encuentra realizando.
En efecto, leo una puordenanzas blicaciónen la página del municipio donde seobserva el entorno del cardonal despejado y una leyenda que dice" Asílluce mercado el cardonal en segundo día de implementación de ordenanzas municipales que regulan el comercio informal. " lo cual es equívoco y mueve a confusión pues dala idea de que, si finalmente se pudo despejar Uruguay, fue gracias alas ordenanzas recién aprobadas «como si éstas tuvieran poderes 'mágicos-, lo que por supuesto esfalso.
De hecho, el municipio siempre ha contado con las facultades para despejarlascalles y para coordinarse con otras autoridades, al punto que incluso existe un fallo de la Corte de Apelaciones de hace más de cinco años que ordenó su despeje.
Esto que ahora se anuncia es simplemente una muestra de que cuando hay voluntad se pueden hacer las cosas, lo que a su vez viene a poner de manifiesto el abandono de funciones y la complacencia con la ilegalidad por parte de la administración anterior. Entiéndase quenose necesitaba ninguna ordenanza para lograr esto, sino simplemente que el ente municipal ejerciera sus atribuciones. Por esoes tan notable la desidia e inacción dela gestión Sharp, puesto quelo más trivial aparece hoy díacomoextraordinario. Es decir, cumplirlas obligaciones legales se ha convertido en algo excepcional. Fiscalizar el co'mercio callejero es lo mínimo que uno esperaría de una gestión edilicia. Y sinembargo casi nos produce incredulidad, comosi tuviéramos que restregarnos los ojos o pellizcarnos para convencernos de que no estamos soñando. Volvamos al inicio.
El cuestionamiento de la ordenanza de comercio ambulante que hemos hecho busca poner en discusión cuál es el tipo de ciudad que deseamos conservar, y además cuáles el límite tolerable paraejercer el comercio en las calles de la ciudad en la medida que el cuidado del espacio público -que se expresa materialmente en plazas y veredas despejadas y ordenadas-, permiteejercitar una condición de igualdady es por esa razón queselo ordena, es decir, la antítesis de loqueocurrió durante los últimos ochos años y que en micaso espero sinceramente que por el bien della ciudad no siga pasando. Vayamos por un rumbo distinto. Cumplamos! l ley. Hagamos bien las cosas y, sobre todo, que la población entienda que, o renunciamos a nuestros propios deseos, o la ciudad seacaba.. o. o. o. o.