VALLEY SERVICE LIMITADA 77.798.558-2*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.359 Lunes 26 de Enero de 2026 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2760749 EXTRACTO HERNÁN FUENTES ACEVEDO, Notario Público de la Tercera Notaría de Curicó, con oficio en calle Carmen Nº 498 de esta ciudad, certifico que por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2025, Repertorio 4358-2025, Felipe Ignacio Herrera Hojas, R.U.N. 18.636.149-0, Camino Los Cristales, km. 2,5, Curicó, Soledad Márquez Goycoolea, R.U.N. 18.253.393-9, Pasaje La Anunciación 185, Curicó, y Blanca Balmaceda Eguiguren, R.U.N. 18.934.227-6, Camino Los Cristales 260, casa 2, Curicó, aumentaron el capital y transformaron la sociedad COMERCIAL VALLEY SERVICE LIMITADA, Rut: 77.798.558-2, inscrita fojas 546VTA Nº 258 Registro Comercio Curicó año 2023, modificaciones: I. - Aumento de Capital: “QUINTO: El capital social es la suma de $50.000.000, que los socios aportaron en dinero y al contado, el cual se encuentra íntegramente pagado, siendo los porcentajes de los socios en el capital social, los siguientes: i) Soledad Márquez Goycoolea con un cuarenta y cuatro coma cuatro cuatro por ciento de los derechos en el capital social, que equivalen a la suma de $22.220.000; ii) Blanca Balmaceda Eguiguren, con un cuarenta y tres coma nueve cuatro por ciento de los derechos en el capital social, que equivalen a la suma de $21.970.000; y iii) Felipe Ignacio Herrera Hojas, con un once coma seis dos por ciento de los derechos en el capital social, que equivalen a la suma de $5.810.000. ”. II. Transformación: “ARTÍCULO PRIMERO: Nombre. Comercializadora Valley Service SpA. ; ARTÍCULO SEGUNDO. Domicilio. Curicó. ARTÍCULO TERCERO. Duración. Indefinida. ARTÍCULO CUARTO: Objeto.
La Sociedad tendrá por objeto la compra, venta, distribución, por cuenta propia de todo tipo de productos, de frutas, verduras, venta de alimentos de todo tipo, compra y venta de maquinaria, actividades de servicios agrícolas y ganaderos, actividades de investigación y desarrollo experimental, actividades de servicios sociales, actividades de asesoramiento empresarial en general, alquiler de otros tipos de maquinaria y equipos, alquiler de equipos de transporte, comercio al por menor no especializado en almacenes, comercio al por menor no realizado en almacenes, cría de animales, cultivo de productos agrícolas en combinación con cría de animales, cultivos en general; la producción, elaboración, almacenamiento, bodegaje, procesamiento, transformación, comercialización, exportación e importación de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, agropecuarios, agroindustriales, vitivinícolas y sus derivados, como asimismo la prestación de servicios en dichos rubros; la adquisición, administración y explotación, bajo cualquier forma, por cuenta propia o ajena, de plantas de frigorífico, empaque, y. depósitos, como asimismo la prestación de servicios de frío, embalaje y packing; el cultivo de productos de mercado; horticultura, elaboración de bebidas, elaboración de otros productos alimenticios, elaboración de productos lácteos, explotación de criaderos de peces y productos del mar; servicios relacionados, fabricación de maquinaria agrícola, fabricación de maquinaria de uso especial, fabricación de maquinaria de uso general, otras actividades de servicios relacionados, otros tipos de producción, procesamiento y conservación de alimentos, silvicultura, extracción de madera y actividades se servicio conexas, venta al por mayor a cambio de una retribución o por contrata, venta al por mayor de enseres domésticos, venta al por mayor de maquinarias, venta al por mayor de maquinarias, equipos y materiales conexos, venta al por mayor de otros productos, venta al por mayor de productos intermedios, desechos no agropecuarios, corretaje al por mayor de productos agrícolas, y en general toda otra actividad lícita que los accionistas acuerden. ARTÍCULO QUINTO. Capital. $50.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias, sin valor nominal, nominativas y de una misma serie. El capital se suscribe y paga en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio. ARTÍCULO DÉCIMO. Administración. La Sociedad será administrada por los apoderados designados en el Artículo Segundo Transitorio de los presentes estatutos, actuando dos de ellos, de forma conjunta. ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO. Uno) Soledad Márquez Goycoolea, $22.220.000, dividido en 4.444 acciones; Dos) Blanca Balmaceda Eguiguren, $21.970.000, dividido en 4.394 acciones; Tres) Felipe Ignacio Herrera Hojas, $5.810.000, dividido 1.162 acciones. ARTÍCULO SEGUNDO TRANSITORIO. Apoderados. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2760749 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.359 Lunes 26 de Enero de 2026 Página 2 de 2 Soledad Márquez Goycoolea, Blanca Balmaceda Eguiguren, Felipe Ignacio Herrera Hojas. Demás estipulaciones que no son materia de extracto constan en la escritura extractada. Curicó, 31 de diciembre de 2025. - Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2760749 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl