Extracto de Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Nivelación y Cierre Relleno Sanitario Villarrica
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.052 Sábado 18 de Enero de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2597731 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Servicio de Evaluación Ambiental / Región de la Araucanía EXTRACTO PROYECTO "NIVELACIÓN Y CIERRE RELLENO SANITARIO VILLARRICA" Carta N 2025090031 Temuco, 13 de enero de 2025 Señor Juan Carlos Fuica Gaete Constructora Villarrica Limitada Av. Martín Lutero 02806 Villarrica Presente. De nuestra consideración: Envío a usted extracto del proyecto “Nivelación y Cierre Relleno Sanitario Villarrica”, visado por el Servicio Evaluación Ambiental, IX Región de la Araucanía.
Al respecto le solicito a usted, según lo establecido en el artículo 28 de la ley 19.300 y en el artículo 88 del DS 40/12, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, disponer la publicación del siguiente extracto: “La empresa Constructora Villarrica Limitada informa a la ciudadanía que, con fecha 10 de enero de 2025, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de la Araucanía admitió a trámite el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Nivelación y Cierre Relleno Sanitario Villarrica, emplazado en la comuna de Villarrica, provincia de Cautín, Región de la Araucanía, en el kilómetro 2,4 de la Ruta S-731, que une Villarrica con Pitrufquén por un camino interior, en el terreno donde actualmente opera el relleno sanitario de Villarrica. El monto de inversión del Proyecto es de US$650.000. El objetivo del proyecto es evaluar ambientalmente las partes, obras y acciones de la nivelación y plan de cierre del relleno sanitario Villarrica, permitiendo su cierre definitivo para el 31 de diciembre del año 2026.
Este proyecto tiene una capacidad diseñada en función de las características del sitio de emplazamiento y prevé la operación del relleno sanitario utilizando la celda 17 (aprobada a través de la RCA N 19/1999), que cuenta con un volumen disponible de 15.753 m³, además de la utilización de las superficies aprobadas en las RCA N 19/1999 y N 58/2006 para realizar la etapa de nivelación, alcanzando así una superficie total de 87.716 m². Posteriormente, se aplicará un plan de cierre, en el cual se realizarán las acciones de conformación del sello superficial, se mantendrá un sistema de manejo de lixiviados y biogás, un sistema de control y monitoreo y se proyectará un uso o destino futuro del relleno sanitario.
El proyecto requiere el ingreso obligatorio a evaluación ambiental asociado al literal o) del artículo 10 de la ley N 19.300 : “o) Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de aguas o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos”, asociado al subliteral o. 5 del artículo 3 del DS N 40, de 2012, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA), esto es “Plantas de tratamiento y/o disposición de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, estaciones de transferencia y centros de acopio y clasificación que atiendan a una población igual o mayor a cinco mil (5.000) habitantes”, debido a que corresponde a un relleno sanitario con una Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2597731 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.052 Sábado 18 de Enero de 2025 Página 2 de 2 tasa máxima de diseño de 20.000 ton/mes, lo cual implica que atiende a una población superior al número mínimo exigido de 5.000 habitantes.
La línea de base del EIA definió y caracterizó el área de influencia del proyecto, describiendo, en particular, los siguientes elementos del medio ambiente: clima y meteorología, calidad del aire, olores, ruido y vibraciones, geología, geomorfología, riesgos geológicos y geomorfológicos, suelo, hidrología, hidrogeología, agua superficial y subterránea, flora, vegetación y hongos, fauna, paisaje, valor turístico, patrimonio cultural, áreas protegidas y sitios prioritarios para la conservación, uso del territorio, medio humano, y los proyectos o actividades con RCA, que pudiesen tener relación espacial con la ubicación de las partes, obras o acciones del proyecto. La evaluación del impacto ambiental también consideró la estimación, modelación y análisis de emisiones atmosféricas, estudio de impacto de olor, estimación de ruido y vibraciones.
A partir de la predicción y evaluación de impactos ambientales, se determinó que el proyecto generará impactos significativos en la fase de construcción por la Pérdida de la capacidad de uso de suelo, y en la fase de operación por la generación de un Distanciamiento con respecto al territorio, la espiritualidad y la relación con la naturaleza, este último asociado a la ubicación del proyecto en un área que forma parte de un sitio histórico, como lo es el Parlamento de Putúe. En base a lo anterior, el EIA presenta un plan de medidas de mitigación y compensación para hacerse cargo de tales efectos.
Para el impacto significativo asociado a Pérdida de capacidad de uso del suelo, el titular propone, como medida de mitigación, Cobertura vegetal y empastado en el área de intervención de las obras dentro del predio, equivalente a 10,48 ha; y para el impacto significativo sobre el Distanciamiento con respecto al territorio, la espiritualidad y la relación con la naturaleza, el titular propone una medida de compensación asociada al diseño y construcción de un memorial histórico referente al Sitio Histórico Parlamento de Putúe, además de la fiscalización del relleno sanitario por parte de un representante de la mesa territorial ambiental y la desratización y fumigación del predio de la familia afectada. Asimismo, y en base a la propuesta, se presenta un Plan de Seguimiento de las variables ambientales relevantes. Para conocimiento de la ciudadanía, toda la información y el contenido íntegro del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) se encuentra disponible en la página web del Servicio de Evaluación Ambiental www.sea.gob.cl.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la ley N 19.300, cualquier persona, natural o jurídica, podrá formular sus observaciones al Estudio de Impacto Ambiental, a través del Portal de Participación Ciudadana y Consulta Indígena del Servicio de Evaluación Ambiental disponible en el siguiente link: www.sea.gob.cl/participacion-ciudadana-y-consulta-indigena, a través de la Oficina de Partes del Servicio de Evaluación Ambiental, en el siguiente enlace: https://www.sea.gob.cl/oficina-de-partes-virtual, o en dependencias del SEA ubicadas en calle España N 460, piso 11, Temuco.
Por otra parte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento del SEIA, las observaciones deberán ser formuladas por escrito o a través de medios electrónicos dispuestos en la página web del SEA, para lo cual la ciudadanía dispone de un plazo de 60 días hábiles (lunes a viernes), contados desde el día hábil siguiente a la última publicación del presente extracto, en el Diario Oficial y en un diario de circulación regional o nacional.
Las observaciones ciudadanas deberán contener sus fundamentos referidos a la evaluación ambiental del proyecto, señalando, además, el nombre del proyecto, el nombre completo de la organización ciudadana y de su representante legal o de la persona natural que las hubiere formulado, incluyendo los respectivos números de RUT y domicilios o correos electrónicos, según corresponda. En el caso de organizaciones ciudadanas, estas deberán acreditar su personalidad jurídica y representación vigente, la que no podrá exceder a 6 meses.
Se deja constancia que este extracto ha sido visado por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de la Araucanía, sobre la base de los antecedentes proporcionados por el Titular del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Nivelación y Cierre Relleno Sanitario Villarrica”. Solicito a usted remitir al Servicio Evaluación Ambiental, IX Región de la Araucanía, un ejemplar de las publicaciones para ser incorporadas al expediente del proyecto. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, Berta Haydée Hott Alvarado, Directora Regional (S), Servicio de Evaluación Ambiental Región de la Araucanía. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2597731 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl