Autor: Carla Vásquez
El martes entra en vigencia la ley que regula vapeadores
El martes entra en vigencia la ley que regula vapeadores ste martes 20 de mayo E comenzará regir la Ley 21.642, que establece un nuevo marco regulatorio para la venta de todos los sistemas de administración de nicotina y también aquellos sin nicotina, como loscigarrillos electrónicos, así como los vapeadores y sus accesorios.
Uno de sus principales objetivos es prohibir la venta de estos productos a menores de I8añosy, también, incorporar atodos los productos deste tipo, independiente de sus formas y características específicas, una claraadvertenciasanitaria que permita informar a los consumidores sobre los riesgos y daños asociados a estos productos. Celso Muñiz, encargado de la Oficina de Control de Tabaco en Ministerio de Salud, explicó que previo a esta ley no había nada que regulara su venta, tanto quienes lo vendían como quieneslo compraban. Tampocosesabía su contenido y se podían usar en lugares cerrados de uso público, incluso escuelas.
“Eso era grave respecto de las regulaciones en salud pública, ya que hemos observado queel consumo de estos dispoque no han sitivos, en personas utilizado tabaco, puede aumentar tres veces la probabilifudad de que empiecen a mar”, señaló.
Muñizexplicó también que “naturalizar el uso de estos productos también es perjudiadministración de nicotina son potencialmente adictivos”. Adicionalmente, la publicidad directae indirecta de estos productos podrá ser limitada ves como EVALL Finalmente, lo que ocurre en la actualidad, la entrada en vigencia de esta modificación permite la fiscalización y sanción por parte de la Autoridad Sanitaria, mediante laimplementación de Sumario Sanitario lo que, según la autoridad, agilizará el proceso sancionatorio. c4 LOS CIGARRILLOS ELECTRÓNICOS NOSE PODRÁN USAR EN LUGARES CERRADOS DE USO PÚBLICO. cial, porque no son inocuos, tienen consecuencias para la salud y por eso es importante poder establecer criterios y regulaciones específicas”. NUEVAS REGLAS Deestaforma, a partir del martes, al igual que los productos de tabaco, no se podrá “va: pear” en lugares cerrados de uso públicos.
Además, todos los productos deberán incorporar el mensaje: Venta exclusiva para mayores de 18 años”. En tanto, los vapeadores con nicotina y susaccesorios dirán: “Los sistemas electrónicos de dios de comunicación, se restringe solo a radios entre las 22:00 y las 6:00 horas.
En tanto, el Minsal tiene prevista una campaña de comunicación deriesgos y daños asociadas al consumo de estos productos, orientada público adolescente, cuyo objetivo seráinhibirelinicio del consumo deestos productos y evitar enfermedades pulmonares gradiferencia de respecto alos lugares y publicidad física; y también medios de comunicación y horarios. En esta publicidad podráser incorporada una advertencia sanitaria definida porel Minsal, proceso que se realizó através de Decreto Supremo y que pronto será enviado a Contraloría General de la República para toma de razón.
En líneas generales, el desobre los creto limita la publicidad solo a su formato físico impreso solo alinterior de los puntos de venta de los locales y no pueden estar cerca de productos destinados a niños, así como tampoco podrán ser vendidos en una radio de 400 metros de establecimientos educacionales, ni de salud, ya sean públicos o privados. Mientras, en los me-. RESTRICCIONES. Uno de los principales objetivos de la norma es prohibir la venta a menores de 18 años e incluir una advertencia con los riesgos asociados a su uso. SHUTERSIo