"LEY UBER"
"LEY UBER" SEÑOR DIRECTOR: Lareciente entrada en vigor delaLey de Empresas de Aplicaciones de Transporte, conocida como Ley Uber, representaunpasofundamentalhacialaformalización de un servicio que, durante años, operó sin regulación clara ni exigencias mínimas. La normativa establecela creación de unregistro nacional deempresas y conductores. Lasempresasdeberánentregar antecedentessobresus conductores y vehículos, ycontar con seguros de al menos 500 UF para cubrir daños y responsabilidades civiles. Asuvez, losconductores deberán tenerlicencia profesional, certificado de antecedentes y fotografía, además de cumplirrequisitos técnicos respecto al vehículo que utilizan. Ladecisión de congelar el número de conductores por un período de 18 meses esacertada desde una perspectiva depolíticaurbana. Enciudades congestionadas y contaminadas, frenarelcrecimiento delparque automotorasociadoataxis y plataformas permite evitar un deterioro mayordela calidad de vida urbana. Es una medida habitual en las grandesciudades del mundo. Congelar el registro es una pausa necesaria para evaluar, con datos, si se justifica ampliarla oferta de vehículos encirculación. Durante este período, sería deseable queelEstado desarrolle un estudioriguroso que evalúe el impacto de estas plataformas en la congestión, la seguridad vial, las emisiones y lacompetenciaconeltransportepúblico. De paso, podría aprovechar de reevaluar algunas condiciones técnicas, como la cilindradamínima para vehículos a combustible. Laregulaciónimponenuevas exigencias y costos. Peroestossonrazonables y necesarios sise quiere avanzar hacia un sistema de transporte más seguro, profesional y equitativo. Formalizar el servicio significa proteger tanto a los pasajeroscomo aquienes trabajan en él, y almismotiempo, alinearelcrecimiento de estas aplicaciones con los objetivos de sostenibilidad urbana. Hugo Silva Académico de Ingeniería y de Economía UC UC.