Decreto exento número 21, de 2026.- Establece nuevo orden de subrogancia en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de la Araucanía
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.404 Jueves 19 de Marzo de 2026 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2781435 MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Salud Pública ESTABLÉCESE NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA EN EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE SALUD DE LA REGIÓN DE LA ARAUCANÍA Núm. 21 exento. - Santiago, 6 de marzo de 2026.
Vistos: Decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Decreto supremo Nº 136 de 2004, del Ministerio de Salud, que aprueba Reglamento Orgánico de esta Secretaría de Estado. Decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo.
Decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y Nº 18.469. Resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. Artículo 1 Nº 22 del decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Decreto exento Nº 62 del 12 de noviembre de 2024, oficio CP Nº 1640/2026, de 21 de enero de 2026, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de la Araucanía. Considerando: 1.
Que, el artículo 79 del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, señala que la subrogación de un cargo procederá cuando no esté desempeñado efectivamente por el titular o suplente. 2.
Que el artículo 80 del citado decreto con fuerza de Ley indica que, en tal caso, asumirá el funcionario de la misma unidad que siga en el orden jerárquico o que reúna los requisitos para el desempeño del cargo. 3.
Que, sin perjuicio de lo anterior el artículo 81 del citado decreto con fuerza de ley, señala que la autoridad facultada para efectuar el nombramiento podrá determinar otro orden de subrogación respecto de los cargos de exclusiva confianza o cuando no existan en la unidad funcionarios que reúnan los requisitos para desempeñar las labores correspondientes. Decreto: 1.
Establécese, a contar del 14 de enero de 2026, el siguiente orden de subrogancia para el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de la Araucanía, en caso de ausencia o impedimento de quien ejerce: Primer orden de Subrogancia D. Loreto Irene Uribe Boisier, cédula de identidad Nº 8.187.391 -7, Directivo, grado 5 E.U.S. Segundo orden de Subrogancia D. Gonzalo Nicolás Infante Grandón, cédula de identidad Nº 15.655.606-8, Profesional, grado 5 E.U.S. 2.
Declárase, que las personas sobrogantes del cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de la Araucanía, podrán asumir sus funciones, en caso de ser necesario y por Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781435 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Transcribo para su conocimiento decreto exento N21,6 de marzo de 2026. - Por orden de la Subsecretaría de Salud Pública. - Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa de la División Jurídica Ministerio de Salud. Directora (S): Pamela Urra Sepúlveda Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2781435 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl