Resolución exenta número 538, de 2024.- Prohíbe circulación de vehículos motorizados en vías y tramos que indica de la comuna de Vallenar, Región de Atacama
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.995 Lunes 11 de Noviembre de 2024 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2567554 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región de Atacama PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍAS Y TRAMOS QUE INDICA DE LA COMUNA DE VALLENAR, REGIÓN DE ATACAMA (Resolución) Núm. 538 exenta. - Copiapó, 16 de octubre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 18.059 ; los artículos 107 y 113 del DFLNº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; las resoluciones N 39, de 1992 y N 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la solicitud de prohibición de circulación de vehículos de fecha 2 de octubre de 2024, y antecedentes presentados por don Víctor Manuel Rodríguez Hidalgo; la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable. Considerando: 1.
Que, a través de formulario de solicitud de prohibición de circulación de vehículos, ingresado a esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, mediante correo electrónico de fecha 2 de octubre de 2024, don Víctor Manuel Rodríguez Hidalgo, en representación de la empresa Constructora de Pavimentos Asfálticos Bitumix S.A., RUT 84.060.600-7, solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial, en el contexto de la ejecución del “Proyecto Conservación Vial Año 2023, Vallenar”, la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en todo horario, entre el 21 de octubre de 2024y el 28 de febrero de 2025, en vías y tramos de la comuna de Vallenar que se indican en planillas del resuelvo N 1.2.
Que, el solicitantefunda su requerimiento bajo la presentación de los siguientes antecedentes: - Decreto exento N 663, de 14 de febrero de 2024, de la Ilustre Municipalidad de Vallenar, que adjudica Propuesta Pública ID 2322-234-LR23 “Conservación Vial Año 2023, Vallenar” al proveedor: “Bitumix S.A.
”, RUT: 84.060.600-7. - Esquemas de Desvíos y Señalización del Proyecto de marzo de 2024 (PlanoSen-01 y Plano Formato A-3). - Certificado DTT-C00353-2024, de 30 de septiembre de 2024, del Director de Tránsito y Transporte Público de la comuna de Vallenar, que manifiesta, entre otros, no tener inconveniente para que se ejecuten las obras. 3.
Que, esta Secretaría Regional Ministerial, en el marco de sus facultades legales, debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para disminuir el impacto en el tránsito vehicular que significará la prohibición referida en el considerando primero. 4.
Que, el DFLN 1, de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos N 107 y N 113 inciso primero, respectivamente, que: “Los conductores tienen derecho a transitar en sus vehículos por las vías públicas, salvo las excepciones que establece esta ley y las medidas que, en contrario y en casos especiales, adopte la autoridad competente. ” Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567554 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.995 Lunes 11 de Noviembre de 2024 Página 2 de 3 “El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas. Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda. ” 5.
Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFLNº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer las medidas que se establecen en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Resuelvo: 1. Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, en vías y tramos de la comuna de Vallenar, en los términos que se indican en las siguientes planillas: 1.1.1.2.2. En los tramos señalados, podrán circular excepcionalmente los vehículos de emergencia y aquellos vehículos que requieran ingresar o egresar desde su lugar de residencia o estacionamiento habitual ubicado en dicho tramo. 3.
El resto de los vehículos motorizados, que en su trayecto tengan como vías de circulación las señaladas en el Resuelvo Nº 1, deberán adoptar vías alternativas para el tránsito por el sector, mientras que los servicios de transporte público de pasajeros deberán utilizar las alternativas que se indican en el resuelvo N 1.2. anterior. 4.
El responsable a cargo de las obrasdeberá respetar estrictamente el periodo de cierre de las calles en los tramos indicados en la presente resolución y señalizará debidamente el sector de los trabajos de acuerdo al Manual de Señalización de Tránsito “Señalización Transitoria y Medidas de Seguridad para Trabajos en la Vía”, Capítulo 5 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (www.conaset.cl), debiendo adoptar todas las medidas necesarias que permitan el normal desarrollo de las obras. 5.
Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567554 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.995 Lunes 11 de Noviembre de 2024 Página 3 de 3 precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFLNº 1, de 2007, citado en visto. 6. La presente resolución exenta entrará en vigencia a contar de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Makarena Isabel Arias Vargas, Secretaria Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Atacama (S). Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567554 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl