SERVICIOS SANITARIOS Y ELÉCTRICOS RG LIMITADA 76.197.612-5
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.049 Miércoles 15 de Enero de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2596992 EXTRACTO ALEJANDRO GÓMEZ CORTÉS, Abogado y Notario Público Titular de la Primera Notaría de esta ciudad, con oficio en calle Ortiz de Rozas número ochocientos treinta y seis, certifico: Que por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2024, ante mí, REP.
N2149: don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO, chileno, casado, instalador sanitario, de cuarenta y nueve años, cédula nacional de identidad número doce millones setecientos setenta y cuatro mil novecientos cuarenta y seis guion nueve, domiciliado en Emilio Núñez doscientos cuarenta y uno, Población Estadio, La Laguna, comuna de Zapallar, región de Valparaíso y don JORGE DANIEL RAMÍREZ GAJARDO, chileno, electricista, soltero, cuarenta y cuatro años, cédula de identidad número catorce millones quinientos cuarenta y seis mil novecientos setenta y tres guion dos; domiciliado en Emilio Núñez doscientos cuarenta y uno, La Laguna, comuna de Zapallar, región de Valparaíso, transformaron y modificaron la Sociedad, en el siguiente sentido: 1. - El cedente, don JORGE DANIEL RAMÍREZ GAJARDO, vendió, cedió y transfirió la totalidad de sus derechos o acciones adquiridos sobre la referida sociedad, equivalentes en total al 1% del interés social al cesionario don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO, quien compró, aceptó y adquirió para sí, la totalidad de los derechos. b) En consecuencia, don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO, pasa a ser el único socio en la respectiva sociedad. c) Quedando modificada la participación social de la siguiente manera: don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO con el 100% de los derechos sociales. 2.- Don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO, en la calidad que inviste de único socio, modificó la sociedad denominada “SERVICIOS SANITARIOS Y ELÉCTRICOS RG LIMITADA o RG LTDA. ", transformándola de sociedad de responsabilidad limitada a una sociedad por acciones. NOMBRE DE LA SPA: “SERVICIOS SANITARIOS Y ELÉCTRICOS RG S.p.A. o RG S.p.A. ”. ADMINISTRACION Y REPRESENTACION DE LA SOCIEDAD: Corresponderá a don RODRIGO ANDRÉS RAMÍREZ GAJARDO, con amplias facultades.
OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La construcción de obras sanitarias, de gas u otros como reparaciones, remodelaciones y construcción de casas e instalaciones eléctricas, tableros, cableados de distribución eléctrica u otros trabajos dentro del rubro eléctrico, por cuenta propia o ajena, para casas habitación, edificios de propiedad horizontal, plantas industriales, puentes, caminos, obras hidráulicas y toda otra clase de obras de ingeniería y/o arquitectura, en cualquier punto del país, tanto para entes públicos o privados. b) La ejecución de locaciones de obre o de servicios necesarios para obras eléctricas, sanitarias y de gas. c) La prestación de servicios de asesoría técnica en materia eléctrica sanitaria. d) La compra, venta, distribución, fabricación, arriendo, importación, exportación, comercialización, reparación o modificación de materiales y/o artículos relacionados con la industria de la construcción, industria de gas, sanitaria y/o eléctrica. 1.- Producir y distribuir agua potable, recolectar, tratar, descontaminar y disponer de aguas servidas, y desarrollar otras prestaciones relacionadas con estas actividades. Servicios de alcantarillado.
Pudiendo realizar todas las demás prestaciones relacionadas con dicha actividad, en los términos de la Ley General de Servicios Sanitarios y demás disposiciones complementarias. 2.- Generación, transmisión y distribución de energía eléctrica. distribución de energía eléctrica, sin perjuicio de poder desarrollar todas aquellas actividades complementarias a la distribución de energía eléctrica autorizadas por ley, por reglamento o por disposiciones de autoridades.
En consecuencia, dentro del objeto social están comprendidas todas aquellas actividades económicas imprescindibles, destinadas o bien, que contribuyan a prestar el servicio público o privado eléctrico de distribución, en conformidad con las exigencias que establezca la ley y la normativa vigente y en especial las siguientes actividades: a) El transporte de energía eléctrica por redes de distribución con el objeto de suministrar electricidad a usuarios finales ubicados en las correspondientes zonas de concesión de sociedad, o bien a usuarios finales ubicados fuera de dichas zonas, que se conecten a las instalaciones de la sociedad mediante líneas propias o de terceros; b) La compra y venta de energía y potencia que debe efectuar la Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2596992 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.049 Miércoles 15 de Enero de 2025 Página 2 de 2 sociedad para aquellos usuarios finales que sean suministrados por ésta, en conformidad a la ley; c) El uso de instalaciones que conformen la red de distribución que permita la inyección, retiro o la gestión de energía eléctrica; d) La prestación de todos los servicios que por ley deben proporcionar las empresas concesionarias de servicio público eléctrico de distribución, incluyendo servicios y productos que estén asociados a la distribución de energía eléctrica que por razones de seguridad o su propia naturaleza puedan ser prestados únicamente por la empresa concesionaria de distribución o a través de un tercero por cuenta de ella; y e) Los servicios que provean las concesionarias utilizando infraestructura o recursos que sean esencialmente necesarios para la prestación de los demás servicios prestados por las empresas concesionarias de distribución de electricidad, cuya utilización compartida con otros servicios sea imprescindible o eficiente.
Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar, en general, todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios para la consecución del fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio a la inversión de sus fondos disponibles; y en general, la sociedad podrá efectuar cualquier actividad que la Junta de Accionistas acuerde, en sesión extraordinaria, especialmente convocada al efecto. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2596992 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl