CLARO 1 1 AL 60 / Minera Meridian Limitada
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 44.163 Lunes 2 de Junio de 2025 Página 1 de 2 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2653210 FOJAS 858 N 512 REGISTRO DESCUBRIMIENTOS AÑO 2025 MANIFESTACION CLARO 1 1 AL 60 MINERA MERIDIAN LIMITADA REPERTORIO: 733 ANTOFAGASTA, quince de Mayo de dos mil veinticinco. - Inscribo la siguiente Manifestación: “Procedimiento: Voluntario Código: M01 Materia: Minera Manifestación Demandante (Peticionario): Minera Meridian Limitada RUT: 96.508.670-6 Representante: Valentina Osorio Ulloa CNI: 17.675.994-1. - EN LO PRINCIPAL: Manifestación Minera en el uso del derecho que indica; PRIMER OTROSÍ: Acompaña documentos; SEGUNDO OTROSÍ: Se tenga como fecha de presentación de la manifestación, la que indica; TERCERO OTROSÍ: Acredita Personería; CUARTO OTROSÍ: Patrocinio y poder. - S.J.L. - Valentina Osorio Ulloa, chilena, soltera, ingeniera, RUT 17.675.994-1, medio de notificación por correo electrónico valentina.osorio@cl.panamericansilver.com en representación de Minera Meridian Limitada, Sociedad chilena de giro minero, RUT N 96.508.670-6, ambos domiciliados en Cerro Colorado 5240, Torre del Parque II, Piso 9, Oficina A, Las Condes, Santiago, Chile, a S.S. respetuosamente digo: Mi representada desea constituir concesión minera de explotación de sustancias minerales concesibles, en terrenos ubicados en la comuna de Antofagasta, provincia de Antofagasta, Región de Antofagasta, sobre una superficie de 300 hectáreas, la que denominaré “CLARO 1 1 AL 60”, compuesta por 60 pertenencias de 5 hectáreas cada una. - El Punto de Interés de la cara superior del terreno manifestado, queda determinado por las siguientes coordenadas UTM, Norte: 7.329.500 ,00 metros, Este: 452.500 ,00 metros, referidas al Datum Provisorio Sudamericano LA CANOA Elipsoide Internacional Referencia 1924 - Huso 19 Sur. - El terreno manifestado es el comprendido dentro de un Rectángulo trazado imaginariamente en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el Punto de Interés ya indicado y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas manifestadas.
Dos de los lados de la configuración estarán orientados Norte-Sur UTM y medirán 3.000 metros cada uno y los otros dos estarán orientados Este-Oeste UTM y medirán 1.000 metros cada uno encerrando un total de 300 hectáreas. - Hago presente a US. que esta manifestación es efectuada en ejercicio del derecho que otorga a Minera Meridian Limitada la concesión de exploración “CLARO II 1” actualmente vigente, y cuya Sentencia Constitutiva fue dictada el 11/11/2022 por el 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta bajo el Rol N V-368-2022, que su extracto se publicó el día 01/02/2023, en el Boletín Oficial de Minería de ANTOFAGASTA y se inscribió el 21/02/2023 a fojas 930 N 541 del Registro de Descubrimientos del Conservador de ANTOFAGASTA correspondiente al año 2023. - POR TANTO, en mérito de lo expuesto y en conformidad a lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, PIDO A S.S., se sirva tener por presentada la presente manifestación, que se efectúa en ejercicio del derecho preferente de la citada concesión de exploración, admitirla a tramitación, ordenar su inscripción y publicación, y disponiendo para estos efectos, se conceda a mi representada la copia autorizada de este escrito y de su proveído. - PRIMER OTROSÍ: Sírvase a S.S. tener por acompañada copia autorizada de la inscripción de la sentencia por la que se constituyó la concesión de exploración que invocara en el cuerpo principal y en virtud de la cual se ha formulado la manifestación de dicho acápite. - SEGUNDO OTROSÍ: Sírvase S.S. tener presente que de acuerdo a lo establecido en el artículo 41, inciso segundo del Código de Minería, para todos los efectos legales esta manifestación debe tenerse por presentada el día 15/06/2022, fecha de presentación del pedimento CLARO II 1. - TERCERO OTROSÍ: Sírvase S.S. tener por acompañada copia autorizada de la escritura pública otorgada con fecha 06 de febrero de 2023, ante Luis Manquehual Mery, Abogado, Notaria Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, en donde consta mi personería para representar a Minera Meridian Limitada. - CUARTO OTROSÍ: Que en este acto vengo en designar abogado patrocinante y en conferir mandato y poder a Javiera Guzmán Bidegain, Cédula Nacional de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2653210 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.163 Lunes 2 de Junio de 2025 Página 2 de 2 Identidad N 17.085.638-4, abogado(a), de mí mismo domicilio, forma de notificación por correo electrónico a javiera.guzman@cl.panamericansilver.com, quien firma en señal de aceptación. - NOMENCLATURA: 1. [4690]Ordena Inscribir y Publicar JUZGADO: 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL: V-227-2025 CARATULADO: MINERA MERIDIAN LTDA. (EL PEÑON)/. - Antofagasta, trece de mayo de dos mil veinticinco. - A lo principal y segundo otrosí: Téngase por presentada la Manifestación Minera, la que debe tenerse como fecha de presentación el día 15 de junio de 2022, que corresponde a la fecha de presentación del pedimento Minero que dio origen a la concesión de exploración “CLARO II 1 “del Primer Juzgado de Letras de Antofagasta. Inscríbase y Publíquese. Certifíquese. - Obténgase por el interesado copias autorizadas, directamente de la Oficina Judicial Virtual, según lo dispuesto en el Auto Acordado N 71-2016 de fecha 17 de junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema, en relación con la ley 20.886, artículo 4. Al primer otrosí: Téngase por acompañado el documento. Al tercer otrosí: Téngase presente y por acompañada la Escritura Pública.
Al cuarto otrosí: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Código de Procedimiento Civil en relación con el artículo 7 de la ley 20.886, para proveer, constitúyase mandato judicial y/o poder en forma legal, dentro de tercero día, para lo cual deberá presentarse el poderdante ante la secretaria del Tribunal, cualquier día de la semana entre las 12:00 y 13:00 horas, bajo apercibimiento del artículo 2 inciso 4 de la ley 18.120, de tener por no presentado el escrito. - Para el caso que dicha actuación desee realizarse por medios remotos, el interesado deberá conectarse al link https://zoom.us/j/9033796701, previa coordinación con la secretaria (S) del Tribunal al correo electrónico jaraya@pjud.cl más tardar a las 11:00 horas del mismo día. - Antofagasta, trece de mayo de dos mil veinticinco, notifique por el estado diario la resolución que antecede. - Alex René Samuel Ayala Pajarito Juez PJUD.
Trece de mayo de dos mil veinticinco 14:28 UTC-4. - Código: UCQKXUMCSRM. - Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl.- NOMENCLATURA: 1. [4729]Certificado ingreso solicitud JUZGADO: 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL: V-227-2025 CARATULADO: MINERA MERIDIAN LTDA. (EL PEÑON)/. - CERTIFICO: Que en cuanto al día y la hora de presentación de esta solicitud, me remito a la hora de ingreso de ésta al Portal, esto es, el 09 de mayo de 2025, a las 08:42 horas, y se le asignó el N 188-2025, en el Registro de Manifestaciones y Pedimento Mineros de este Tribunal. Antofagasta, trece de mayo de dos mil veinticinco. - John Freddy Araya Olivares Secretario PJUD.
Catorce de mayo de dos mil veinticinco 08:24 UTC-4. - Código: LVQGXUNPVRM. - Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl”.- Conforme con la copia autorizada del original que se archiva bajo el número quinientos diez. Requiere la presente inscripción doña Valentina Osorio Ulloa. - MANIFESTACION CLARO 1 1 AL 60 NOTARIO DE ANTOFAGASTA. El Notario y Conservador de Minas de Antofagasta certifica que la inscripción de fojas 858 número 512 correspondiente al Registro de Descubrimientos del año 2025, adjunta al presente documento, está conforme con su original.
Julio Abasolo Aravena, Notario Público y Conservador de Minas. - Washington 2653. - Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas Fojas 858 número 512, año 2025. - Antofagasta, 23 de Mayo de 2025. - Firmado digitalmente por: JULIO ABASOLO ARAVENA Fecha: 23.05.2025 16:00 Razón: Notario Público Ubicación: Antofagasta. Certificado N 123457009928. - Verifique validez en http://www.fojas.cl. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2653210 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl