Autor: Pedro Escobar
Seremi del Trabajo entregó información relevante para tener en cuenta en los días de elecciones
Seremi del Trabajo entregó información relevante para tener en cuenta en los días de elecciones Este fin de semanaPÁGINA WEBLa seremi del Trabajo, Doris Sandoval, entregó información importante acerca del feriado irrenunciable decretado para los trabajadores del comercio; así como de los permisos laborales a los que tienen derecho quienes sufraguen, las personas que trabajen esos días y quienes hayan sido designados como vocales de mesa.
Feriado irrenunciableCon respecto del primer punto, “cabe recordar que el único día que rige como feriado obligatorio e irrenunciable para quienes laboren en el rubro del comercio es el domingo 27 de octubre, en cuyo caso, como es habitual, los mall, strip center y otros centros comerciales que estén administrados por una misma razón social de-berán estar cerrados durante esa jornada y, eventualmente, también el día 24 de noviembre establecido para la segunda vuelta”. Las personas de estos centros comerciales mencionados tienen derecho a este día de descanso obligatorio a partir de las 21:00 horas del sábado 26 y hasta las 6:00 horas del lunes 28 del presente mes. Como siempre, están exceptuados de la norma quienes laboran en supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. Asimismo, pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellos con turnos fijados por la autoridad sanitaria.
Permisos laborales“También es importante recalcar que a aquellos trabajadores que deban prestar servicios durante los días deelección, la ley les entrega el derecho a ausentarse de sus funciones por un lapso de tres horas para ejercer su derecho a voto, o bien, a excusarse, sin que esto derive en algún tipo de descuento en su remuneración. Recordar que este permiso es de carácter único, es decir, sólo se puede utilizar en uno de los dos días de elecciones, no en ambos”, subrayó la autoridad. Los trabajadores que deban laborar uno de los dos días de sufragio, pueden decidir, de manera autónoma a su empleador, la jornada en la que harán uso de su derecho cívico.
Vocales de mesaAsimismo, para aquellos trabajadores que no tengan descanso durante uno o los dos días de elecciones y hayan sido designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o como delegados de la JuntaElectoral, la ley ordena que los empleadores tienen la obligación de conceder los permisos que son necesarios para poder ejercer este deber cívico, sin descuentos remuneracionales.
FiscalizaciónSobre la labor fiscalizadora mandatada para estas jornadas, la seremi señaló que “la Dirección del Trabajo estará fiscalizando durante el domingo 27 de octubre las denuncias que se reciban durante ese día y también aquellas recibidas durante el sábado 26, ya sea por no otorgamiento del feriado irrenunciable para el comercio; también por no acceder al permiso laboral para vocales de mesa y por no otorgar el permiso laboral de tres horas para sufragar, para los cuales, las multas van desde las 30 a las 150 UTM, dependiendo de la infracción y el tamaño de la empresa”. Doris Sandoval entregó detalles que deben conocer los trabajadores para la jornada eleccionaria.
Según información de la Dirección del Trabajo, las denuncias serán recibidas a través del canal de Atención Telefónica600 450 4000 entre las 9:00 y las 15:00 horas del domingo 27 de octubre y en el sitio web www. dt. gob. cl.. La autoridad se refirió al feriado obligatorio e irrenunciable para trabajadores del comercio, así como al permiso de tres horas para quienes deban trabajar este sábado o domingo.