Decreto exento número 16, de 2026.- Modifica decreto Nº 3.705, de 1981, del Ministerio de Educación, que declara Monumentos Históricos los inmuebles Club de la Unión, Bolsa de Comercio y Banco de Santiago
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.385 Miércoles 25 de Febrero de 2026 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2770640 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría del Patrimonio Cultural MODIFICA DECRETO SUPREMO Nº 3.705, DE 1981, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, DECLARA MONUMENTOS HISTÓRICOS LOS INMUEBLES QUE SEÑALA: CLUB DE LA UNIÓN, BOLSA DE COMERCIO Y BANCO DE SANTIAGO Núm. 16 exento. - Santiago, 12 de febrero de 2026.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3º Nº 25 de la Ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley Nº 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes Nº 16.617 y Nº 16.719, deroga el decreto ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo Nº 11, de2018, que modifica el decreto supremo Nº 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto supremo Nº 3.705, de 1981, del Ministerio de Educación, que declara Monumentos Históricos los inmuebles que señala: Club de la Unión, Bolsa de Comercio y Banco de Santiago; en el acta de sesión ordinaria de fecha 9 de abril de 2025 del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y en los antecedentes que obran en el expediente de modificación de la declaratoria. Considerando: 1.
Que, en virtud del decreto supremo Nº 3.705, del 30 de junio de 1981, del Ministerio de Educación, se declaró Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Edificio del Banco de Santiago (ex Hotel Mundial), ubicado en calle Moneda Nº 1096, comuna de Santiago, Región Metropolitana. En dicho decreto no se contemplaba un polígono de protección ni el desarrollo de valores y atributos. 2.
Que, la rectificación y fijación de límites del Monumento Histórico del Edificio del Banco de Santiago (ex Hotel Mundial), se propone en el contexto de una solicitud de revisión de la Contraloría General de la República de 2025. La modificación de decreto de la Zona Típica calle Nueva York, aprobada en julio de 2024, se realizó para corregir un error de graficación en el plano de límites emitido en 2013.
La revisión de la Contraloría detectó una incongruencia respecto a la descripción del Monumento Histórico Iglesia de las Agustinas, contenido en la Zona Típica, y que, al no tener plano de límites, su delimitación no estaba clara. Para resolver esta incongruencia, se requería fijar los límites del Monumento Histórico Iglesia de las Agustinas y del Monumento Histórico Ex Hotel Mundial. Lo anterior para poder rectificar la graficación del plano de límites de la Zona Típica calle Nueva York. 3.
Que, como valores que sustentan la modificación del decreto supremo Nº 3.705, de1981, del Ministerio de Educación, el Consejo de Monumentos Nacionales reconoce específicamente los siguientes: El edificio ex-Hotel Mundial, ubicado en la intersección de las calles Bandera, La Bolsa y Moneda, fue construido entre 1920 y 1923 para ser la sede de la compañía de seguros La Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2770640 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.385 Miércoles 25 de Febrero de 2026 Página 2 de 3 Mundial. El lugar elegido fue uno de los terrenos resultantes de la urbanización de los terrenos del antiguo convento de las monjas Agustinas, una de las primeras urbanizaciones que rompieron la rigidez del damero hispano. El proyecto fue el resultado de un concurso privado convocado por la Compañía de Seguros La Mundial entre arquitectos chilenos, en contraste con otros concursos públicos que se realizaron en la época. Resultaron ganadores dos de los arquitectos más destacados del periodo, Rodulfo Oyarzún Philippi y Alberto Schade. El edificio es representativo de la arquitectura del Centenario en Santiago de Chile, con un estilo neoclásico ecléctico, correspondiente con el academicismo francés.
Su incorporación al barrio contribuyó a mantener la armonía de un sector recientemente consolidado de la ciudad, ya que posee elementos arquitectónicos similares a los de los edificios vecinos, y una altura homogénea con respecto a las preexistencias.
Su tipología es una adaptación del modelo de "edificio haussmaniano" que proliferó en París desde mediados del siglo XIX, cuya flexibilidad y adaptabilidad le ha permitido tener un uso continuado y diverso por más de un siglo, funcionando como edificio de oficinas, hotel y con espacios de uso comercial.
Es uno de los edificios que aportaron grandes innovaciones tecnológicas y constructivas durante el periodo, mediante el uso de estructuras de acero y hormigón armado, así como la incorporación de instalaciones modernas, como calefacción y agua caliente. 4. Que, los atributos que presenta el bien y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, son los siguientes: Morfología atípica debido a su planta triangular. Sistema constructivo de hormigón armado en 6 niveles, un zócalo y dos subterráneos. El volumen cilíndrico de la esquina, motivo principal del edificio. Columnas jónicas de orden gigante, en el volumen cilíndrico. Una cúpula semi esférica con óculos y linterna, en el volumen cilíndrico. La configuración del edificio en tres cuerpos diferenciados: zócalo, cuerpo principal y entablamento. El revestimiento de estuco con textura de almohadillado horizontal. Vanos con arcos de medio punto y arcos rebajados en niveles bajos, algunos remates en clave. Vanos rectos en pisos superiores. Portones de reja ornamental y paneles de vidrio. Marquesinas de acero en puertas del primer piso. Balcón corrido en el tercer nivel, con balaustradas entre machones y sostenido por ménsulas decoradas. Pilastras dóricas adosadas a los muros de las fachadas laterales. Balcones individuales planos y curvos de reja de acero. Entablamento doble con dos niveles de cornisa. Hall de acceso de doble altura, con escalera de planta circular. 5.
Que, en sesión ordinaria de fecha 9 de abril de 2025, el Consejo de Monumentos Nacionales, de manera unánime, acordó aprobar la modificación del decreto Nº 3.705, de 1981, del Ministerio de Educación, que declara Monumentos Históricos los inmuebles que señala: Club de la Unión, Bolsa de Comercio y Banco de Santiago, en el sentido de fijar los límites del Edificio del Banco de Santiago (ex Hotel Mundial) ubicado en calle Moneda Nº 1096, comuna de Santiago, Región Metropolitana y, complementar sus valores y atributos.
Decreto: Artículo primero: Modifícase el decreto supremo Nº 3.705, de 1981, del Ministerio de Educación, que declara Monumentos Históricos los inmuebles que señala: Club de la Unión, Bolsa de Comercio y Banco de Santiago, en el sentido de fijar los límites del Edificio del Banco de Santiago (ex Hotel Mundial) ubicado en calle Moneda Nº 1096, comuna de Santiago, Región Metropolitana y complementar sus valores y atributos, fijando el polígono de protección establecido mediante el plano de límites oficial Nº 7-2025, quedando el decreto supremo Nº 3.705, de 1981, del Ministerio de Educación, inalterado en sus demás partes.
El plano de límites oficial Nº 7-2025, el cual se adjunta, establece para el Edificio del Banco de Santiago (ex Hotel Mundial) un área protegida de 335 m², en los siguientes términos: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2770640 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.385 Miércoles 25 de Febrero de 2026 Página 3 de 3 DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE PROTECCIÓN Tramo Descripción Límite norte, línea por línea de A - B edificación de calle Moneda. Límite oriente, línea por deslinde de B - C predio. Límite surponiente, línea por línea de C - D edificación de calle La Bolsa. Límite norponiente, línea por línea de D - A edificación curva de calle La Bolsa y Moneda.
POLÍGONO DE PROTECCIÓN Coordenadas SIRGAS-CHILE / UTM 19 Sur Punto Este (x) Norte (y) A 346.468 6.298.488 B 346.481 6.298.489 C 346.485 6.298.458 D 346.465 6.298.480 Artículo segundo: En todo lo no modificado por el presente decreto, mantiene plena vigencia el decreto supremo Nº 3.705, de 1981, del Ministerio de Educación.
Artículo tercero: Incorpórase el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3º Nº 30 de la Ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo cuarto: Incorpórese por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente modificación del decreto supremo Nº 3.705, de 1981, que declara Monumentos Históricos los inmuebles que señala: Club de la Unión, Bolsa de Comercio y Banco de Santiago, en el Registro de Monumentos Nacionales a que se refiere el Nº 4 del artículo 30 de la ley Nº 21.045. Anótese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Carolina Pérez Dattari, Subsecretaria del Patrimonio Cultural. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2770640 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl