Resolución exenta número 3.944, de 2025.- Aprueba autorización de ciclovía existente Av. Reina Norte, comuna de Colina
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.198 Lunes 14 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2670047 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana APRUEBA AUTORIZACIÓN DE CICLOVÍA EXISTENTE AV. REINA NORTE, COMUNA DE COLINA (Resolución) Núm. 3.944 exenta. - Santiago, 23 de junio de 2025.
Visto: Lo dispuesto en DFL N 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en la ley N 21.088, que modificó la Ley de Tránsito para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte; en el decreto supremo N 102, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamentó las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías y las especificaciones técnicas de los elementos de seguridad para los ocupantes de los ciclos y derogó el decreto supremo N 116 de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el DFL N 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que determinó la organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el DFL N 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que reestructuró la Subsecretaría de Transportes; en el decreto ley N 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que creó el Ministerio de Transportes; en la ley N 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; resolución exenta N 4.202, de 28 de agosto de 2024, de Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana, Carta de asesor urbanista Municipalidad de Colina, ingresada con N E153530, de 10 de septiembre de 2024; la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y en la demás normativa aplicable. Considerando: 1Que, mediante ingreso N E68689 de 24 de abril de 2024, de SECPLAN de la I.
Municipalidad de Colina, se solicitó la autorización de operación de ciclovía existente en calle avenida Reina Norte, la que fuera rechazada mediante resolución exenta N 4.202, de 28 de agosto de 2024, de esta Secretaría Regional. 2Que, por su parte, el artículo 18 del DS N 102, de 2019, citado en el Visto, dispone que, en caso de rechazo de la operación de una ciclovía existente, se debe ingresar nuevamente una solicitud de autorización. 3Que, en cumplimiento de lo anterior, mediante carta de septiembre de 2024, ingresada a esta Secretaría Regional Ministerial con expediente N E153530, de 10 de septiembre de 2024, Álvaro Quilodrán Lettich, asesor urbano de la Ilustre Municipalidad de Colina, realiza una nueva solicitud a esta Secretaría Regional para revisar conforme a DS N 102/2019, citado en vistos, el referido proyecto de ciclovía, autorizando a la oficina de ingeniería Raúl de la Maza y Asociados SpA, para desarrollar dicha tramitación. 4Que, la solicitud presentada ha sido desarrollada por la I.
Municipalidad de Colina, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 15 del decreto supremo N 102, de 2019, citado en los vistos. 5Que, cabe tener presente que, con fecha 10 de julio de 2021, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo N 102, de 2019, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, el cual dispone que, en un plazo de tres años, a partir de la referida Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2670047 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.198 Lunes 14 de Julio de 2025 Página 2 de 2 publicación, las ciclovías existentes deberán adecuarse a las condiciones de gestión y seguridad de tránsito establecidas en dicho cuerpo reglamentario. 6Que, en la solicitud de operación de la ciclovía existente en Av.
Reina Norte, se acompaña memoria explicativa que describe adecuada y detalladamente todos los aspectos señalados en el artículo 15 del decreto supremo N 102, de 2019, de lo cual da cuenta el anexo N 1 del presente acto.
Además, adjunta los respectivos planos del diseño operativo, donde consta la señalizacióny demarcación respectiva. 7Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del decreto supremo N 102 y, habiéndose revisado y analizado el diseño definitivo de la ciclovía, se concluye que aquella cumple con todos los aspectos descritos en el referido artículo, así como también los numerales 1 al 5 del artículo 9. Además, las medidas de gestión y adecuación, planteadas en la memoria y detalladas en el Anexo N 2, resultan suficientes para hacerse cargo de los problemas detectados. Resuelvo: 1. Apruébase la operación de ciclovía existente denominada “Av. Reina Norte”, cuyo interesado es la I. Municipalidad de Colina, emplazada en costado sur de calzada sur de Av.
Reina Norte, comuna de Colina, en el tramo, sentido de tránsito y perfil que se indica en el siguiente cuadro: VÍA DESDE HASTA SENTIDO PERFIL Límite Poniente Loteo 2,4 metros de ancho con Camino Reina Norte Límite Oriente Loteo Lote Bidireccional segregación de 0,5 Lote RN1-A metros RN1-A 2.
Para la correcta operación del proyecto de ciclovía señalada, se deberán adoptar previamente las medidas de gestión y obras de adecuación que se detallan en el anexo N 2, que se entiende formando parte de la presente resolución exenta. 3.Se entenderán incorporados y formando parte también de la presente resolución, como anexo N 1 de la misma, la memoria explicativa y los planos respectivos. 4. La I. Municipalidad de Colina, una vez implementadas las medidas de adecuación de la ciclovía, estará a cargo de realizar las labores de mantención de todos sus componentes. 5.
En contra de la presente resolución, conforme al artículo 59 de la ley N 19.880, se podrá interponer el recurso de reposición y/o jerárquico, conforme a derecho, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la presente resolución. Lo anterior, sin perjuicio del ejercicio de otros recursos administrativos y acciones jurisdiccionales que estime convenientes. 6. La presente resolución se publicará en el Diario Oficial, mientras que los anexos N 1 y N 2 serán publicados íntegramente en el sitio web www.mtt.gob.cl. Anótese y publíquese en la forma señalada. - Rodrigo Ignacio de la Paz Valladares Marchant, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2670047 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl