MINIMARKET & BOTILLERIA EL TRECE SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.198 Lunes 14 de Julio de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2671760 EXTRACTO VALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos ochenta y site, comuna de Santiago, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 07 de julio de 2025, Repertorio N6.100-2025, ante mí; don GABRIEL ANDRES ARENAS MUÑOZ, quien declara ser chileno, soltero, comerciante, cédula de identidad número veinte millones quinientos treinta y tres mil cuatro guion seis, domiciliado en avenida Central cinc o mil ochocientos setenta y cinco, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Región Metropolitana. El compareciente mayor de edad, quien constituye una sociedad por acciones.
Razón social: “MINIMARKET & BOTILLERIA EL TRECE SpA”, con nombre de fantasía de “EL TRECE SpA”; Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago sin perjuicio de poder establecer agencias y sucursales en otros lugares del país o del extranjero; Duración: Indefinida; Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la actividad comercial en sus formas más amplias y, en especial, la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, productos, alimentos, equipos, equipamientos, vestuarios, maquinarias, accesorios, manufacturas, accesorios, insumos, partes, piezas y repuestos, por cuenta propia o ajena, la representación de empresas nacionales y extranjeras; b) todo lo relacionado, en la actualidad o en el futuro la compra y comercialización de productos, tal como expendio de bebidas alcohólicas y analcohólicas, helados, cigarrillos y comidas, la presentación de espectáculos y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; c) la fabricación, producción, industrialización, distribución, envasado, compraventa, importación, exportación y distribución de toda clase de panes, queques, galletas, sándwiches, pasteles, dulces, tortas, bombones, empanadas y toda suerte de masas, dulces o saladas; helados, jugos de frutas y otros, bebidas analcohólicas y alcohólicas, té, café, chocolate, alimentos fríos o calientes y toda clase de alimentos actuales o que existan en el futuro, para las personas; y d) cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden; Capital: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 5.000 acciones nominativas, sin valor nominal, de la misma clase y serie, se suscriben íntegramente en este acto, en la siguiente forma: don GABRIEL ANDRES ARENAS MUÑOZ suscribe la cantidad de cinco mil acciones, correspondiente al cien por ciento del capital social, y serán pagadas a más tardar en el plazo de tres años a contar de esta fecha; Administración: La sociedad será administrada por un Administrador, cargo que será asumido por don GABRIEL ANDRES ARENAS MUÑOZ, en forma indefinida, hasta que la Junta de accionistas decida revocar la designación y o establecer otro tipo de administración. El Administrador podrá ser o no accionista de la sociedad.
El Administrador tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad en todo lo que respecta al cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, y en toda clase de actos y negocios con las más amplias facultades y atribuciones, sin limitación ni exclusión alguna, con las facultades enunciadas en el pacto social. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de julio de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2671760 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl