Autor: N. BIRCHMEIER
Dirección del Trabajo raya la cancha con dictámenes para jornada laboral de 40 horas
Dirección del Trabajo raya la cancha con dictámenes para jornada laboral de 40 horas La Dirección del Trabajo (DT) entregó definiciones clave en la implementación de la jornada laboral de 40 horas en el país.
A través de dos dictámenes, firmados ayer por David Oddó, director nacional del Trabajo, se pronunció sobre dos materias relacionadas con el beneficio: la implementación de la rebaja laboral de 44 a 42 horas y la exclusión de la limitación de jornada para trabajadores, prevista en el artículo 22 inciso 2 del Código del Trabajo. Especialistas afirman que estos pronunciamientos apuntan a “rayar la cancha” en esta materia. La DT planteó en sus dictámenes 252/20 y 253/21 que “resulta necesario” corregir algunos criterios asociados a la interpretación de esta ley. Rebaja a 42 horas A partir del 26 de abril la jornada semanal de trabajo tendrá una nueva reducción, adecuando las actuales 44, para pasar a 42 horas. Lo anterior, como parte de la normativa que en régimen disminuirá el horario trabajado a la semana a 40 horas en 2028. La legislación establece que la implementación de la rebaja debe realizarse de mutuo acuerdo entre las partes, quedando por escrito y ajustándose a los márgenes legales. También indica que este convenio puede efectuarse a través de organizaciones sindicales en representación de sus afiliados.
Mediante un dictamen reciente, la DT reforzó que la “ley privilegia el acuerdo entre las partes y con las organizaciones sindicales como mecanismo principal para implementar la rebaja de jornada”. En caso de que no exista acuerdo, la DT definió que “el legislador no ha establecido requisitos específicos sobre la forma de configurarlo o acreditarlo, no correspondiendo a la autoridad administrativa introducir exigencias adicionales no previstas en la ley (... ). Sin perjuicio de ello, corresponderá al empleador acreditar mediante antecedentes razonables que han existido instancias reales de interacción y tratativas con los trabajadores o sus organizaciones sindicales sin que se haya logrado alcanzar un acuerdo formal, pudiendo dicha acreditación efectuarse por cualquier medio idóneo”. Excepción del límite de jornada La DT también entregó un criterio más flexible para la excepción del límite de jornada a los trabajadores que están sujetos al artículo 22.
El pronunciamiento indica que “la autonomía efectiva no opera como una causal autónoma de exclusión, sino como un elemento indiciario que debe examinarse junto con la naturaleza concreta de las funciones y el modo real en que se ejerce la supervisión sobre su desempeño”. Plantea que “la subordinación y dependencia, como elemento esencial del contrato de trabajo, no debe confundirse con la fiscalización superior inmediata”. En este sentido, señala que esta “distinción es de la mayor relevancia práctica”, dado que “un trabajador puede encontrarse plenamente sujeto al vínculo de subordinación y dependencia y, a la vez, quedar excluido de la limitación de jornada, si la naturaleza de sus funciones no conlleva un control directo y funcional sobre la forma y oportunidad en que desarrolla sus labores”. TD Por otra parte, indicó que la existencia de mecanismos de registro (herramientas tecnológicas, sistemas de reporte, trazabilidad o coordinación de labores) “no configura, por sí sola, fiscalización superior inmediata, cuando dichos mecanismos no implican un control directo y funcional sobre la forma y oportunidad de la prestación de los servicios”. Reacciones En una declaración pública, la Central Unitaria de Trabajadores y Trabajadoras de Chile (CUT), rechazó los dictámenes de la DT, señalando que esta medida “profundamente grave: es ilegal y le quita certezas a las trabajadoras y trabajadores”. “Se pretende eliminar, por vía administrativa, los elementos que establece el Código del Trabajo en su artículo 42 a) para presumir que un trabajador tiene derecho a una jornada de trabajo. El efecto que provoca, es claro: reducir el universo de trabajadores que puedan acceder a las 42 horas en la actualidad”, indicó el escrito firmado por Karen González, encargada Ramal del Comercio de la CUT. “Esta interpretación busca burlar la ley, para que existan más personas trabajando sin límite de jornada”, añadió. También cuestionaron el rol de la DT. “Debilita el rol administrativo protector que le corresponde al autolimitar sus facultades en materia de interpretación.
Por su parte, José Pakomio, presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), señaló que “valoramos que los nuevos dictámenes de la Dirección del Trabajo retomen un principio esencial en la interpretación administrativa: el respeto estricto a la ley, sin incorporar exigencias o criterios que no se encuentran previstos en ella”. En este sentido, Pakomio afirmó que “es una señal positiva que la autoridad haya recogido las dificultades prácticas que generaron interpretaciones anteriores y hoy busque adecuar su criterio tanto al tenor de la normativa como a la realidad operativa de las empresas”. Valoramos que los nuevos dictámenes de la Dirección del Trabajo retomen un principio esencial en la interpretación administrativa: el respeto estricto a la ley, sin incorporar exigencias o criterios que no se encuentran previstos en ella”.. ............................................................... JOSÉ PAKOMIO PRESIDENTE DE LA CNC Nos preocupa seriamente que, a un mes de asumido el nuevo Gobierno, se emitan dictámenes que abiertamente infringen la ley y pretendan, por vía administrativa, retroceder en los derechos que tanto tiempo nos ha costado conquistar”.. ............................................................. KAREN GONZÁLEZ ENCARGADA RAMAL DEL COMERCIO DE LA CUT Autor: N. BIRCHMEIER.
En el comercio destacan que estas disposiciones se adecuaron “a la realidad operativa de las empresas”. En cambio, desde la CUT se declaran en “alerta” ante la aprobación de resoluciones que, según consideran, estarían infringiendo la ley.
Abordó rebaja a 42 horas y trabajadores excluidos del control de jornada: ‘‘Valoramos que los nuevos dictámenes de la Dirección del Trabajo retomen un principio esencial en la interpretación administrativa: el respeto estricto a la ley, sin incorporar exigencias o criterios que no se encuentran previstos en ella”.. ............................................................... JOSÉ PAKOMIO PRESIDENTE DE LA CNC ‘‘Nos preocupa seriamente que, a un mes de asumido el nuevo Gobierno, se emitan dictámenes que abiertamente infringen la ley y pretendan, por vía administrativa, retroceder en los derechos que tanto tiempo nos ha costado conquistar”.. ............................................................. KAREN GONZÁLEZ ENCARGADA RAMAL DEL COMERCIO DE LA CUT David Oddó, director nacional del Trabajo.