EL TRATADO DE ALTA MAR
EL TRATADO DE ALTA MAR aw&L. r b El 11 de enero recién pasado entró en vigor eL Acuerdo sobre la Conservación y el Uso _Sostenible de la Diversidad Biológica Marina de las Zonas Situadas Fuera de la Jurisdic“ Jurisdic“ ción Nacional (BBNJ, por sus siglas en inglés), también conocido como “Tratado de Alta Mar”, señalando un hito histórico para la protección de los océanos a nivel mundial, en base a la cooperación multilateral. ,. Chile fue uno de Los primeros países en ratificar este Acuerdo, cuyos aspectos claves son: Áreas marinas protegidas: Establece un marco para crear reservas ecológicas en alta mar, fundamentales para conservar La biodiversidad en zonas sin control nacional. Evaluaciones de impacto ambiental: Obliga a evaluar, prevenir y gestionar los impactos impactos negativos de actividades humanas, como la pesca o el transporte, en el ecosiste ma marino. Recursos genéticos marinos: Busca garantizar una distribución justa y equitativa de los beneficios económicos y científicos derivados de la biodiversidad marina.
Objetivo 30x30: Se considera fundamental para cumplir el compromiso adoptado en el Marco Mundial de Biodiversidad Kunming-Montreal, para proteger al menos el 30% de las áreas terrestres, marinas y costeras del planeta para el año 2030. Transferencia de tecnología y capacidades: Promueve la cooperación con países en desarrollo para reducir brechas técnicas y de investigación.
Gestión basada en la ciencia: Las decisiones se basan en evidencia científica para asegurar la sostenibilidad y la resiliencia oceánica frente al cambio climático. 0 1 1, & 4 -. :;. ,--___L. , 4-. -. 4---.-.-. : L., ¼. atado de 1. 1 e.. .