Extracto de resolución exenta número 202406001164, de 2024.- Inicia proceso de participación ciudadana en Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Energética Solar Quinta
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.930 Miércoles 21 de Agosto de 2024 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2534133 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Servicio de Evaluación Ambiental / Región del Libertador General Bernardo OHiggins NOTIFICA RESOLUCIÓN N 202406001164/2024 EXENTA DA INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL “ENERGÉTICA SOLAR QUINTA” (Extracto) De conformidad con lo dispuesto en al artículo 94 del DSN 40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se notifica que mediante la resolución exenta N 202406001164, de fecha 14 de agosto de 2024, de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo OHiggins, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles, de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la Ley N 19.300, en el marco del procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Energética Solar Quinta” (en adelante, “Proyecto”), presentada por Juan Pablo Sebastián Cárcamo Mundaca, en representación de Energética Solar Quinta SpA(en adelante, el “Proponente”), formalizada en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “SEIA”) con fecha 16 de mayo de 2024. El Proyecto se ubicará en la comuna de Quinta de Tilcoco, perteneciente a la provincia de Cachapoal, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
El proyecto ha ingresado al SEIA, por configurar tipología establecida por el legislador en el artículo 3 literal c), de la ley N 19.300 y sus modificaciones posteriores, y por consiguiente en el artículo 3 literal c) del DSN 40, de2012, y sus modificaciones posteriores del MMA, correspondiente al Reglamento del SEIA, el cual señala que: los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental deben someterse a dicho sistema, tratándose, en este caso, Centrales Generadoras de Energía Mayores a 3 MW, lo anterior, debido a que el Proyecto “Energética Solar Quinta”, busca ejecutar la construcción, operación y cierre de una central generadora de energía eléctrica del tipo central solar fotovoltaica (CSF), con una potencia nominal de 9 MW ac, sistemas de almacenamiento de energía en baterías (BESS, por sus siglas en inglés) y una línea de tendido eléctrico de 15 kV de tensión, que se conectará a la red de distribución eléctrica existente. La conexión al SEN se logrará mediante la construcción de un punto de conexión hasta el alimentador Argomedo el cual a su vez se conecta a la subestación Quinta de Tilcoco.
Cualquier persona natural o jurídica podrá realizar observaciones al proyecto según lo dispuesto en al artículo 95 del DSN 40/2012, el cual, señala que: “() las personas que intervengan tendrán los derechos y obligaciones establecidos en los artículos 90 y 91” (Derecho a formular observaciones), y tendrá un plazo legal para efectuarlas ante el Servicio de Evaluación Ambiental de 20 días hábiles (señalado en el artículo 94 inciso tercero del DSN 40/2012), contados a partir del día siguiente de esta publicación del presente extracto.
El texto íntegro de la resolución que resuelve iniciar un proceso de participación ciudadana puede ser conocido en la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental, ubicada en calle Campos N 241, piso 7, ciudad de Rancagua, o en el siguiente link: https://seia.sea.gob.cl/expediente/ficha/fichaPrincipal.php?modo=normal&id_expediente =2161991422 Pedro Pablo Miranda Acevedo, Director Regional, Servicio de Evaluación AmbientalRegión del Libertador Gral. Bernardo OHiggins. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2534133 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl