Decreto número 37, de 2024.- Declara Monumento Nacional, en la Categoría de Monumento Histórico, el Palacio Espínola Pereira, ubicado en la comuna de Santiago, Región Metropolitana ???????
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.019 Lunes 9 de Diciembre de 2024 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2580714 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría del Patrimonio Cultural DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL PALACIO ESPÍNOLA PEREIRA, UBICADO EN LA COMUNA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA Núm. 37.- Santiago, 11 de octubre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3º N 25 de la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; la ley N 17.288 que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes N 16.617 y N 16.719, deroga el decreto ley Nº 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo N 11, de2018, que modifica el decreto supremo N 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en las actas de sesiones ordinarias de fechas 10 de noviembre de 2021 y 7 de diciembre de 2022 del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria. Considerando: 1. Que, la solicitud de declaración fue presentada en el año 2010, por parte de la Sra. Teresa Pereira, historiadora y, posteriormente, por el Sr. Miguel Saavedra Sáenz, en ese entonces Director de Obras Municipales de la ilustre Municipalidad de Santiago. Si bien durante el mismo año se solicitó al Ministro de Educación la dictación del decreto correspondiente, ello no prosperó, por lo que el año 2020 se reactivaron las gestiones para su declaratoria. 2. Que, el Palacio Espínola Pereira se encuentra ubicado en la Av. Libertador Bernardo O'Higgins N 1346, comuna de Santiago, Región Metropolitana y actualmente es sede de la Central Unitaria de Trabajadores de Chile (CUT). 3.
Que, como antecedente histórico cabe señalar que a fines del siglo XIX en el marco del desarrollo urbano de Santiago tuvo lugar el cambio de la fisonomía del centro de la ciudad, que hacia comienzos del siglo XX presentaba rasgos que evocaban una ciudad europea, constatándose una renovación de las manzanas alrededor de la Plaza de Armas y a lo largo de la Alameda de las Delicias, con presencia de palacios de vivienda y mansiones para la élite. Entre ellos se encuentra el Palacio Espínola Pereira, obra encargada por Ricardo Solano Astaburuaga, quien prácticamente no lo habitó y lo vendió a Belisario Espínola. En los años veinte el palacio pasó a ser propiedad de Julio Pereira Íñiguez, siendo remodelado por el arquitecto Alberto Cruz Montt.
Durante las décadas siguientes el contexto urbano del Palacio tuvo considerables transformaciones, entre ellas la formación del Barrio Cívico entre 1937 y 1950, y la construcción de la Línea 1 del Metro de Santiago, entre 1969 y 1975.
El Palacio fue uno de los pocos inmuebles de la época que no fue demolido y a la fecha es el único edificio de carácter Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2580714 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.019 Lunes 9 de Diciembre de 2024 Página 2 de 3 residencial que aún se mantiene en el costado sur de la Alameda, desde calle Baquedano a calle Lord Cochrane. En el año 1971 el inmueble fue vendido al Ministerio de Educación para instalar un museo pedagógico, sin embargo, se utilizó como jardín infantil. En 1985 sufrió daños estructurales debido al terremoto, siendo inhabilitado hasta 1990. En 1991, por mandato del Presidente Patricio Aylwin, el Palacio fue arrendado a la CUT, siendo trasferido gratuitamente por el fisco a dicha entidad en el año 2005. El terremoto del año 2010 nuevamente generó daños en el inmueble. 4. Que, el Palacio está inspirado en el movimiento neoclásicofrancés. La remodelación del arquitecto chileno Alberto Cruz Montt creó un hall central y un comedor en boiserie, salones con revestimiento textil en muros, pisos de madera e incorporó parte del mobiliario.
En la actualidad presenta un volumen de 10 m de altura, con dos pisos de 600 m² y un piso zócalo de 150 m², incluyendo un balcón que da hacia la antigua Alameda de las Delicias y una galería de ventanas con arco de medio punto. Sus espacios interiores se organizan en torno a un hall revestido en madera, donde se encuentra la escalera principal que conduce al segundo piso. Entre sus elementos destaca el parquet machihembrado con diversos diseños y cielos con yesería, algunos de los cuales conservan el decorado original. El Palacio se caracteriza por sus espacios altos y amplios, con muros interiores y fachadas ornamentadas con molduras propias de la época. Hacia el interior del predio el edificio se abre a un patio con terrazas y jardines, una añosa araucaria y palmeras. Se identifica también un pabellón con salas y un auditorio, ambos construidos posteriormente. En cuanto a las modificaciones del inmueble original, en el año 1913 fue habilitado por el Sr. Belisario Espínola y posteriormente por el Sr. Julio Pereira Íñiguez y su familia. En el año 1972 el inmueble se utiliza como jardín infantil y se construye un volumen de salas. En 1994, tras ser arrendado a la CUT, se construye un auditorio. En el año 2019 se realizó la restauración de la fachada principal y refuerzos estructurales tras los daños sufridos por los sismos de los años 1985 y 2010.5.
Que, como valores que sustentan la solicitud de declaración como Monumento Histórico, el Consejo de Monumentos Nacionales reconocen específicamente los siguientes: El Palacio Espínola Pereira es actualmente el único inmueble de carácter residencial existente al costado sur de la Avenida Alameda, entre Plaza Baquedano y calle Lord Cochrane. El edificio de 1913 se inspiró en la arquitectura del movimiento neoclásico francés, destacando su fachada con balcón cerrado y una galería de ventanas de medio punto. El inmueble fue adaptado a solicitud de Julio Pereira Íñiguez por el destacado arquitecto chileno Alberto Cruz Montt. El inmueble es un testimonio de la arquitectura de principios del siglo XX, época en que la principal avenida de Santiago renovó su arquitectura, conservando el uso característico de épocas anteriores. Es representativo de una forma de habitar, hoy inexistente en esta área de la cuidad. Actualmente el inmueble acoge la sede de la Central Unitaria de Trabajadores de Chile, que es la principal organización de sindicatos del país. El uso actual consolida al palacio como un lugar de interés social. 6. Que, los atributos que presenta el bien y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, son los siguientes: Composición de fachada asimétrica con jerarquía en el volumen lateral izquierdo. Predominio en fachada de lleno por sobre el vacío y presencia de estuco con cantería. Galería de ventanas arco de medio punto en primer piso, con claves en el punto más alto del arco. Ventanas de morfología rectangular con tímpanos, ménsulas y ornamento de guirnaldas, en segundo piso. Balcones en segundo piso hacia la Alameda, proyectados desde el plano de la fachada con balaustras. Ménsula con hoja de acanto rematada en voluta bajo balcón izquierdo. Balaustrada que corona la fachada del inmueble. Óculo en fachada sobre el acceso principal. Puerta exterior con herraje original y puertas interiores de madera. Muros de albañilería de ladrillo con cemento y estuco. Hall central revestido con madera en muros y parquet machihembrado con diseño en piso. Muros y cielos interiores, ornamentados con molduras de yeso originales. Patio de luz. Terraza con acceso escalonado hacia el jardín posterior. Araucaria y palmera de la data original del edificio. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2580714 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, en sesión ordinaria de fecha 10 de noviembre de 2021, enmendada en sesión ordinaria de fecha 7 de diciembre de 2022, el Consejo de Monumentos Nacionales, con 12 votos a favor y una abstención, acordó aprobar la solicitud de declaración y pedir a la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio la dictación del decreto que declare Monumento Nacional, en la Categoría de Monumento Histórico, el Palacio Espínola Pereira, ubicado en la comuna de Santiago, Región Metropolitana, incorporando a dicho decreto el plano de límites oficial Nº 14-2021.
Decreto: Artículo primero: Declárase Monumento Nacional en la Categoría de Monumento Histórico, el Palacio Espínola Pereira, ubicado en la comuna de Santiago, Región Metropolitana, individualizado y graficado según plano de límites oficial Nº 14-2021, el cual se adjunta, estableciendo un área protegida de 1.850 m², en los siguientes términos: Artículo segundo: Archívese oficialmente el plano N 14-2021 de límites del Palacio Espínola Pereira, ubicado en la comuna de Santiago, Región Metropolitana, con el fin de dejar constancia indubitada de su contenido y ajustarse al principio de transparencia y publicidad que debe imperar en los procedimientos administrativos de los órganos de la Administración del Estado.
Artículo tercero: Incorpórase el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3 N 30 de la ley N 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo cuarto: Incorpórese por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente declaración de Monumento Nacional, en la Categoría de Monumento Histórico, el Palacio Espínola Pereira, ubicado en la comuna de Santiago, Región Metropolitana, en el Registro de Monumentos Nacionales a que se refiere el N 4 del artículo 30 de la ley N 21.045. Anótese, tómese razón y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Carolina Pérez Dattari, Subsecretaria del Patrimonio Cultural. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2580714 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl