Resolución exenta número 404, de 2025.- Establece nómina actualizada de sujetos pasivos para efectos de la ley Nº 20.730 que regula el lobby y las gestiones que representen intereses ante las autoridades y funcionarios, y deja sin efecto resolución exenta que indica
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.217 Martes 5 de Agosto de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2674618 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Servicio Nacional del Consumidor ESTABLECE NÓMINA ACTUALIZADA DE SUJETOS PASIVOS PARA EFECTOS DE LA LEY Nº 20.730 QUE REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS, Y DEJA SIN EFECTO LA RESOLUCIÓN EXENTA QUE INDICA (Resolución) Núm. 404 exenta. - Santiago, 16 de junio de 2025.
Vistos: Lo dispuesto el Título VI del DFL Nº 3, de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 19.496, que Establece Normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores; el DFL Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; lo dispuesto en el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 20.730, de 2014 que Regula el Lobby y las Gestiones que Representen Intereses Particulares ante las Autoridades y Funcionarios, y su Reglamento contenido en el decreto supremo Nº 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la resolución exenta Nº 134, de 2024, del Servicio Nacional del Consumidor, que establece nómina actualizada de sujetos pasivos para efectos de la ley Nº 20.730 y la resolución exenta Nº 414, de 2024, que rectifica la resolución exenta Nº 134, de 2024, de Sernac; el Instructivo Nº E444887/2024, de la Contraloría General de la República; el decreto exento Nº 91, de 2022, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que nombra a don Andrés Herrera Troncoso como Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor; la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y Considerando: 1.
Que, la ley Nº 20.730, que regula la publicidad de la actividad de lobby y demás gestiones que representen intereses particulares ante autoridades y funcionarios, con el objeto de fortalecer la transparencia y probidad en las relaciones con los órganos del Estado. 2.
Que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3º de la ley Nº 20.730, tienen la calidad de sujetos pasivos y se encuentran sometidos al cumplimiento de esta ley, las autoridades que en dicha norma se indican, y las personas que, en razón de su función o cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones, y reciban por ello regularmente una remuneración. En el caso del Servicio Nacional del Consumidor (en adelante, “Sernac” o “Servicio”), corresponden al Director Nacional, Jefe de Gabinete y Directores Regionales. 3.
Que, el inciso segundo del ya mencionado artículo 3º, en concordancia con el artículo 5º del Reglamento que regula el lobby, cuyo texto fue fijado por decreto supremo Nº 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, faculta al Jefe Superior del Servicio respectivo, para que anualmente, mediante resolución actualice la nómina e individualice las personas que se encuentren en dicha calidad. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2674618 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.217 Martes 5 de Agosto de 2025 Página 2 de 3 4.
Que, se considera también, loseñalado por la Contraloría General de la República, mediante Instructivo E444887, de 29 de enero de 2024, en que imparte instrucciones sobre aspectos vinculado a la ley Nº 20.730, precitada, específicamente en relación a incluir dentro de la lista de sujetos pasivos de los respectivos Servicios a las Jefaturas de División, Departamento, Oficina y/o Unidad, por las razones que indica, en relación al artículo 5 de la ley Nº 20.730, así como a los funcionarios, trabajadores, agentes y servidores públicos, cualquiera sea su forma de contratación que administren fondos públicos que perciban por leyes permanentes a título de subvención o aporte del Estado para una finalidad específica y/o determinada, y que en razón de su cargo, tengan atribuciones decisorias relevantes, acorde a las razones que señala. 5.
Que, sumado a lo anterior, en virtud de la resolución exenta Nº 273, de 21 de abril de 2025, se modificó la resolución exenta Nº 357 de 2023, del Sernac, a través de la cual se realiza una restructuración de la organización interna de este Servicio Nacional del Consumidor, incorporándose la Subdirección Nacional, la División de Estrategia y Servicios a la Ciudadanía entre otras adecuaciones. 6.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la normativa legal, reglamentaria y resolución antes citada, este Servicio Nacional del Consumidor ha estimado necesario actualizar y ampliar la nómina de funcionarios/as de esta Entidad Pública que serán considerados sujetos pasivos de Lobby o Gestión de interés particulares en razón de la función o cargo que desempeñan. 7. Las facultades que la Ley confiere a este Director Nacional. Resuelvo: 1. Desígnese, en calidad de sujetos pasivos para efectos de la Ley de Lobby, debido a su cargo y responsabilidad, a quienes se desempeñen en los siguientes cargos: De Auditoría Interna Jefe(a) de Auditoría Interna. Del Departamento de Comunicaciones Estratégicas e Imagen Jefe(a) del Departamento de Comunicaciones Estratégicas en Imagen. De la Subdirección Nacional Subdirector(a) Nacional. De Fiscalía Administrativa Jefe(a) de Fiscalía Administrativa. De la Subdirección Jurídica Subdirector(a) Jurídico. Jefe(a) de la Unidad de Investigación de Casos Colectivos. Jefe(a) del Departamento de Investigación Económica Jefe(a) del Departamento de Interpretación y Análisis Jurídico. Jefe(a) del Departamento de Juicios Colectivos. Jefe(a) del Departamento de Protección Regional. Jefe(a) de la Unidad Judicial Regional. Jefe(a) de la Unidad Judicial Metropolitana. De la Subdirección de Fiscalización Subdirector(a) de Fiscalización. Jefe(a) del Departamento de Fiscalización Operativa. Jefe(a) de la Unidad de Planificación de Fiscalización. Jefe(a) de la Unidad de Análisis Jurídico de Fiscalización. Jefe(a) de la Unidad de Fiscalización de Prácticas Comerciales y Digitales. De la Subdirección de Procedimientos Extrajudiciales de Resolución de Conflictos Colectivos Subdirector(a) de Procedimientos Extrajudiciales de Resolución de Conflictos Colectivos. De la Subdirección de Consumo Financiero. Subdirector(a) de Consumo Financiero. Jefe(a) del Departamento de Protección al Consumidor Financiero y Supervisión de Mercado. Jefe(a) del Departamento de Investigaciones Colectivas Financieras. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2674618 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.217 Martes 5 de Agosto de 2025 Página 3 de 3 De la División de Estrategia y Servicios a la Ciudadanía Jefe(a) de la División de Estrategia y Servicios a la Ciudadanía. Jefe(a) Unidad de Control de Gestión y Mejora de Procesos. Jefe(a) de la Unidad de Planificación y Coordinación Estratégica. Jefe(a) del Departamento de Educación para el Consumo Sostenible. Jefe(a) del Departamento de Participación Ciudadana. Jefe(a) del Departamento de Atención Usuaria y Despliegue Territorial. Jefe(a) de Unidad de Gestión de Servicios a Usuarios. Jefe(a) del Departamento de Diseño de Servicios, Proyectos e Innovación. Jefe(a) del Departamento de Estudios e Inteligencia. Jefe(a) de Unidad de Inteligencia de Mercados. Jefe(a) de Unidad Seguridad y Sustentabilidad en el Consumo. De la División de Gestión y Desarrollo Institucional Jefe(a) de la División de Gestión y Desarrollo Institucional. Jefe(a) del Departamento de Administración y Finanzas. Jefe(a) de la Unidad de Compras y Abastecimiento. Jefe(a) de la Unidad de Finanzas, Contabilidad y Presupuesto. Jefe(a) de la Unidad de Servicios Generales e Infraestructura. Jefe(a) de Oficina de Partes y Gestión Documental. Jefe(a) del Departamento de Personas. Jefe(a) de la Unidad de Gestión de Personas. Jefe(a) de la Unidad de Desarrollo Organizacional. Jefe(a) del Departamento de Tecnología e Informática. Jefe(a) de la Unidad de Desarrollo TI. Jefe(a) de la Unidad Continuidad Operativa TI. Jefe(a) de la Unidad de Gobierno de Datos e Inteligencia de Negocios.
Funcionarios/as habilitados como titulares o suplentes para recibir un revolvente por concepto de fondos mensuales a rendir Funcionarios/as habilitados como titulares y/o suplentes acordes a la resolución exenta Nº 61, de 24 de enero de 2025, del Sernac o aquella que la reemplace. 2. Establécese que las obligaciones y deberes de la ley Nº 20.730, recaerá en los funcionarios antes señalados, así como también sobre quienes subroguen o suplan dicha función. 3. Déjese sin efecto las resoluciones exentas Nº 134 y Nº 414, ambas de 2024, del Servicio Nacional del Consumidor. 4.
Notifíquese la presente resolución exenta, a través de la Oficina de Partes y Gestión Documental, a los/las funcionarios/as que ejerzan los cargos indicados en el resuelvo primero, mediante el envió de un correo electrónico institucional. 5.
Regístrese a contar de la fecha de publicación de esta resolución en el Diario Oficial, en los registros de Agenda Pública, señalados en la Ley del Lobby, la información pertinente a los sujetos pasivos establecidos a través de la presente resolución. 6.
Publíquese el presente acto en el Diario Oficial de la República, en conformidad a artículo 48, letra b), de la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 7. Publíquese en el Portal de Transparencia Activa del Servicio Nacional del Consumidor. Anótese, comuníquese y publíquese. - Andrés Herrera Troncoso, Director Nacional, Servicio Nacional del Consumidor. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2674618 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl