Resolución exenta número 2.570, de 2024.- Aprueba publicación de documento Modificaciones al Inventario Público de Glaciares 2022, S.D.T. N° 483, de 2024
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.952 Lunes 16 de Septiembre de 2024 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2544579 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Dirección General de Aguas PUBLICA EL DOCUMENTO “MODIFICACIONES AL INVENTARIO PÚBLICO DE GLACIARES 2022, S.D.T. N 483, DE JULIO 2024”, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AGUAS (Resolución) Núm. 2.570 exenta. - Santiago, 30 de agosto de 2024. Vistos: 1. La resolución DGA(exenta) Nº 1.135, de 16 de mayo de 2022, que publicó inventario público de glaciares 2022 (IPG2022) de la Dirección General de Aguas; 2. El documento denominado “Modificaciones al Inventario Público de Glaciares 2022, S.D.T. N 483, de julio de 2024”, del Ministerio de Obras Públicas, Dirección General de Aguas, División de Hidrología, Subdivisión de Glaciología y Nieves; 3.
El decreto supremo N 1.220, de 30 de diciembre de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que Aprueba el Reglamento del Catastro Público de Aguas, modificado por el decreto supremo N 365, de 30 de mayo de 2008, del citado Ministerio; 4. La resolución DGA(exenta) N 3.824, de 28 de diciembre de 2022; 5. La resolución DGA(exenta) N 759, de 15 de abril de 2022; 6.
La resolución Difrol (exenta) N 13, de 19 de enero de 2022, que autorizó, con fines de publicación y difusión, el Inventario Público de Glaciares 2022, en cuanto a lo relacionado con los límites y fronteras actuales de Chile; 7. La Minuta Técnica MOP-DGA-UGN N 7, de 2022, Serie Documentos Técnicos S.D.T. N 447, mayo 2022, que versa sobre la metodología del Inventario Público de Glaciares 2022; 8. El decreto N 40, del Ministerio del Medio Ambiente, de 30 de octubre de 2012, que Aprueba Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental; 9.
Lo dispuesto en el artículo 48 de la ley N 19.880, de 22 de mayo de 2003, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; 10. La atribución que me confiere el artículo 300 literal c) del Código de Aguas, y Considerando: 1.
Que, mediante la resolución DGA(exenta) N 3.824, de 28 de diciembre de 2022, que deja sin efecto la resolución DGA(exenta) N 1.043, de 30 de abril de 2008, que creó la Unidad de Glaciología y Nieves (UGN) de la Dirección General de Aguas y establece que sus funciones quedan radicadas en la División de Hidrología, estableciéndose entre ellas la de mantener y operar la red de monitoreo e inventario de glaciares y nieves, la cual incluye tanto mediciones de volumen y acumulación, como sus características, ubicación, y debiendo proporcionar y publicar la información correspondiente, conforme al reglamento dictado al efecto; 2.
Que, el decreto supremo N 1.220, de 30 de diciembre de 1997, del Ministerio de Obras Públicas, que aprobó el Reglamento del Catastro Público de Aguas, establece en su artículo N 5, que dicho Catastro estará constituido, entre otros archivos e inventarios, por el Inventario Público de Glaciares; 3.
Que, el decreto supremo N 365, de 30 de mayo de 2008, del Ministerio de Obras Públicas, modificó el decreto supremo N 1.220, de 30 de diciembre de 1997, del referido Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2544579 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.952 Lunes 16 de Septiembre de 2024 Página 2 de 3 Ministerio, modificación a raíz de la cual la Dirección General de Aguas debe realizar un "Inventario Público de Glaciares", cuyos contenidos deben ser definidos mediante resolución. 4.
Que, el año 2009, el Consejo Directivo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (Conama) aprobó la "Política Pública para la Protección y Conservación de Glaciares", la cual expresa que el registro oficial de los glaciares estará a cargo de la Dirección General de Aguas. 5.
Que, el decreto N 40, de 30 de octubre de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, establece en su artículo N 3, letra a), que: "Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes: (... ) los glaciares que se encuentren incorporados como tales en un Inventario Público a cargo de la Dirección General de Aguas". 6. Que, los glaciares constituyen reservas estratégicas de agua dulce, poseen valor paisajístico e integran el patrimonio ambiental de la humanidad, lo que justifica su preservación y/o conservación. 7. Que, para conocer la respuesta futura de los glaciares al calentamiento global, es fundamental determinar el número y la superficie de glaciares existentes en el territorio nacional. 8. Que, se estima que dicha información debe ser incorporada a un inventario público único, exclusivo y autónomo. 9.
Que, el primer Inventario Público de Glaciares de Chile fue realizado por la Dirección General de Aguas entre los años 2008 y 2014, y fue puesto a disposición para consulta pública el año 2014, conocido como Inventario Público de Glaciares 2014 (IPG2014). 10. Que, el año 2009, la DGApublicó la Estrategia Nacional de Glaciares, que recomienda actualizar el Inventario Público de Glaciares cada 10 años.
En relación a lo anterior, se promulgó, el 22 de junio de 2009, la resolución DGA(exenta) N 1.851, que establece Información Relativa al Inventario Público de Glaciares de la DGA, la cual fue dejada sin efecto mediante la resolución DGA(exenta) N 1.731, de 3 de agosto de 2021, por medio de la cual se aprobó, entre otras cosas, un formato primario del citado inventario. 11.
Que, el Servicio actualizó el Inventario Público de Glaciares 2014 entre los años 2019 y 2021, generando el Inventario Público de Glaciares 2022 (IPG2022). Por lo tanto, considerando la experiencia obtenida con la publicación y el manejo del IPG2014, y poniendo énfasis en los actuales requerimientos de información a entregar por el IPG2022, se dictó la resolución DGA(exenta) N 239, de 9 de febrero de 2022, que dejó sin efecto la resolución DGA (exenta) N 1.731, de agosto de 2021, y estableció nuevo formato de información relativa al Inventario Público de Glaciares de la DGA, acto administrativo que también fue dejado sin efecto mediante la resolución DGA(exenta) N 759, de 15 de abril de 2024, que establece la codificación y los campos de información relativa al inventario público de glaciares de la DGA. 12.
Que, mediante la resolución Difrol (exenta) N 13, de 19 de enero de 2022, se autorizó, con fines de publicación y difusión, el Inventario Público de Glaciares 2022, en cuanto a lo relacionado con los límites y fronteras actuales de Chile. 13. Que, la Minuta Técnica MOP-DGA-UGN N 7 de 2022, Serie Documentos Técnicos S.D.T. N 447, mayo 2022, versan sobre la metodología del Inventario Público de Glaciares 2022.14. Que, mediante la resolución DGA(exenta) Nº 1.135, de 16 de mayo de 2022, se publicó inventario público de glaciares 2022 (IPG2022) de la Dirección General de Aguas. 15. Que, mediante el documento denominado “Modificaciones al Inventario Público de Glaciares 2022, S.D.T.
N 483, de julio 2024”, Ministerio de Obras Públicas, Dirección General de Aguas, División de Hidrología, Subdivisión de Glaciología y Nieves, se rectifican ciertos errores y omisiones del inventario público de glaciares 2022 (IPG2022) de la Dirección General de Aguas. 16.
Que, por los argumentos expuestos en los considerandos del presente acto administrativo, y en atención a las atribuciones conferidas en el artículo 300, letra c), del Código de Aguas, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 48 de la ley N 19.880, de 22 de mayo de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado, Resuelvo: 1. Apruébase la publicación y difusión de las modificaciones al Inventario Público de Glaciares 2022, S.D.T. N 483, de julio 2024, Ministerio de Obras Públicas, Dirección General de Aguas, División de Hidrología, Subdivisión de Glaciología y Nieves. 2.
Establécese que cualquier persona natural o entidad que tenga antecedentes técnicos completos y suficientes que permitan actualizar el Inventario Público de Glaciares, podrá Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2544579 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.952 Lunes 16 de Septiembre de 2024 Página 3 de 3 presentar una solicitud de actualización dirigida al Director General de Aguas e ingresada por Oficina de Partes de la DGA, ya sea en forma presencial o vía correo electrónico a dga.partesnc@mop.gov.cl.
Todas las solicitudes debidamente recepcionadas entre la publicación del presente acto administrativo y hasta el 30 de junio del año 2025, serán evaluadas en su mérito por funcionarios de la DGA, quienes darán respuesta hasta el 31 de marzo del año 2026. En años sucesivos aplicarán las mismas fechas para efectos de solicitudes posteriores. 3.
Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 de la ley N 19.880, de 22 de mayo de 2003, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. 4. Déjase constancia que las modificaciones al Inventario Público de Glaciares 2022, S.D.T.
N 483, de julio 2024, Ministerio de Obras Públicas, Dirección General de Aguas, División de Hidrología, Subdivisión de Glaciología y Nieves, se encontrarán a disposición del público, en la página web del Servicio, en el siguiente link: https://snia.mop.gob.cl/PIA/handle/20.500.13000 /126802.5.
Comuníquese la presente resolución a la Subdivisión de Glaciología y Nieves División de Hidrología Dirección General de Aguas; a la División Legal; al Departamento de Conservación y Protección de Recursos Hídricos; y a las demás oficinas de la Dirección General de Aguas que corresponda. Anótese, publíquese y comuníquese. - Rodrigo Alejandro Sanhueza Bravo, Director General de Aguas. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2544579 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl