Autor: LEONARDO CÁRDENAS
Corte de Apelaciones rechaza recurso contra Codelco y avala su participación en el litio
Corte de Apelaciones rechaza recurso contra Codelco y avala su participación en el litio "El Estado, por medio de su empresa Codelco, se encuentra autorizado, por ley de quórum calificado, para desarrollar y participar en actividades para la exploración, explotación y comercialización de litio", dice el fallo que rechazó recurso de amparo económico.
LEONARDO CÁRDENAS --La Corte de Apelaciones de Santiago desestimó el recurso de amparo económico contra Codelco y Corfo presentado por el abogado Juan Francisco Sánchez Silva, quien cuestionó la legalidad de la creación de Salares de Chile SpA y Minera Tarar SpA, filiales de la minera estatal destinadas a laexplotación del litio. Según el recurso, estas entidades fueron constituidas "sin que una ley de quórum calificado lo autorice", lo que vulneraría las disposiciones constitucionales sobre las actividades empresariales del Estado.
El abogado también denunció que, mediante estas filiales, se asignaron derechos mineros en el Salar de Atacama sin licitación pública, en contravención al artículo 9 de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado. Asimismo, cuestionó el acuerdo entre Codelco y SQM de mayo de 2024, acusando que esta operación se estructuró de forma contraria a la normativa vigente y sin el consentimiento de los accionistas minoritarios de SQM.
Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó este 20 enero de 2025 el recurso de amparo económico al concluir que la normativa vigente sí autoriza a Codelco a participar en la exploración y explotación delitio. "El Estado, por mediodesu empresa Codelco, seencuentra autorizado, por ley de quórum calificado, para desarrollar y participar en actividades para la exploración, explotación y comercialización de litio", consignó el laudo. El dictamen de 20 páginas fue dictado por la Octava Sala de la Corte de Apelaciones, presidida por el ministro Hernán Crisosto, en forma unánime.
El tribunal fundamentó su decisión en el Decreto Ley N' 1350 de 1976, que define el objeto de Codelco e incluye expresamente la explotación de minerales no ferrosos comoel litio. "El legislador quiso dotar a Codelco de un objeto amplio relativo a la minería, con el solo límite de la exploración y explotación de metales ferrosos", señala el documento. Además, la Corte determinó que el recurso era extemporáneo, ya que se presentó fuera del plazo legal de seis meses establecido en la Ley N' 18.971.
Aunque el recurso fue rechazado por razones procesales, el tribunal de alzada capitalino decidió emitir un pronunciamiento de fondo dada la relevancia del caso. "Si algo queda claro es que el legislador otorgó a Codelco amplias facultades para ejercer actividades relacionadas con minerales no ferrosos", concluyó el tribunal. La resolución también indicó quelas filiales Salares de Chile y Minera Tarar no constituyen la anunciada Empresa Nacional del Litio, sino que responden a una estrategia estatal distinta. El caso tiene implicancias significativas en el debate sobre el papel del Estado en laindustria del litio, especialmente en el marcodela Estrategia Nacional del Litio impulsada porel gobierno de Gabriel Boric. Según esa estrategia, Codelco y otras entidades públicasjugarían un rol centralenla explotación de este recurso estratégico, en asociación con empresas privadas como SQM. El abogado Sánchez Silva adelantó a Pulso que recurrirá a la Corte Suprema para zanjar el conflicto.Q.